Diario Oficial NO TIENE VALIDEZ LEGAL DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA ORGANO LEGISLATIVO ORGANO JUDICIAL ORGANO EJECUTIVO INSTITUCIONES AUTONOMAS

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1 DIARIO REPUBLICA OFICIAL. - DE San EL SALVADOR Salvador, EN 28 LA de AMERICA Noviembre CENTRAL de Diario Oficial DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López TOMO Nº 381 SAN SALVADOR, VIERNes 28 DE NOVIEMBRE de 2008 NUMERO La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). ORGANO LEGISLATIVO Decreto No Declárase al Instituto Hermanas Somascas, Distinguida Institución Educativa y Humanitaria.. Decreto No Declárase Noble Amiga de El Salvador, a la religiosa, Madre Gesuina Melzi... Decreto No Reformas al Código Electoral... II Adenda al Memorando de Entendimiento, relativa a los presupuestos 2009 y 2010 para el Apoyo Presupuestario Sectorial a la Política Nacional de Reducción de Pobreza Programa Red Solidaria -; Acuerdo Ejecutivo No. 1747, del Ramo de Relaciones Exteriores, aprobándolo y Decreto Legislativo No. 750, ratificándolo... ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMIA Ramo de Economía Acuerdo No Se otorgan beneficios a favor de la Asociación Cooperativa de Producción Agropecuaria San Francisco Suchitoto de Responsabilidad Limitada... S U M A R I O Pág MINISTERIO DE EDUCACION Ramo de Educación Acuerdo No Ampliación de servicios en el Colegio Margarita Alas, ubicado en el municipio de San Martín... Acuerdos Nos , y Equivalencia y reconocimiento de estudios académicos... MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL Decreto No Reforma al Reglamento de la Ley de Prevención y Control de la Infección Provocada por el Virus de Inmunodeficiencia Humana... ORGANO JUDICIAL Corte Suprema de Justicia Acuerdos Nos D, 914-D, 1876-D, 2018-D, 2029-D, 2049-D, 2055-D, 2058-D, 2081-D, 2096-D, 2104-D, 2107-D y 2108-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas... INSTITUCIONES AUTONOMAS Pág Acuerdo No Se sustituye el numeral 1º del Acuerdo Ejecutivo No. 761, de fecha 5 de septiembre de 2008, por medio del cual se estableció la fórmula para determinar el precio de referencia al público en estaciones de servicio Tribunal Supremo Electoral Certificaciones de los Reglamentos para la Retribución de Trabajo Extraordinario y General para la Observación Electoral en El Salvador Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: Página Web: Correo: diariooficial@imprentanacional.gob.sv

2 2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 Pág. Pág. Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones de SEGUNDa publicacion Certificación del Acuerdo No. 253-E-2008, de fecha 19 de noviembre de 2008, emitido por la Superintendencia de Electricidad y Telecomunicaciones, que contiene la metodología para el cálculo del cargo de operación del sistema de transmisión y mercado mayorista Alcaldías Municipales de TERCERA publicacion Decretos Nos. 53, 59 y 60.- Increméntase y reclasifícase presupuestos Especial del Instituto Municipal de Deportes y Recreación, Centro de Promoción Cultural y Recreativa Municipal y Especial de Mercados, del municipio de San Salvador Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal para la Administración de Agua de los Caseríos Matara y San José y Acuerdo No. 19, emitido por la Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de Declaratoria de Herencia persona jurídica Carteles Nos. C026310, C026320, C026322, C026324, F034116, F034120, F034122, F034129, F034138, F034140, seccion carteles oficiales de PRIMERa publicacion Declaratoria de Herencia Cartel No Josefa Hernández de Hernández y otros. (1 vez) Cartel No Julia Elizabeth Martínez Chinchilla y otro (1 vez) Cartel No Jesús Antonio Alvarenga Trejo y René Walberto Alvarenga Trejo (1 vez)... Aceptación de Herencia Cartel No Hernán Palacios (3 alt.)... Cartel No Gilberto Vásquez Méndez y otros. (3 alt.)... Cartel No Francisca Miriam Pineda de Mejía (3 alt.)... Cartel No María Alberta Alas viuda de Sibrián... Edicto de Emplazamiento Cartel No Juan José Jaime Portal (1 vez)... Aceptación de Herencia Cartel No José Luis Mendoza Tejada y Oscar Armando Mendoza Tejada. (3 alt.)... Cartel No Adela Hernández Rodezno y otros. (3 alt.)... Aceptación de Herencia Cartel No Amelia Hernández y otro (3 alt.)... seccion carteles pagados de PRIMERa publicacion F034144, F034178, F034180, F034181, F034182, F034188, F034226, F034235, F034277, F Aceptación de Herencia Carteles Nos. C026317, C026323, C026329, F034113, F034114, F034132, F034134, F034148, F034175, F034184, 11438, F034128, F034177, F034194, F034196, F Título de Propiedad Carteles Nos. F034186, F034220, F Título Supletorio Carteles Nos. C026311, F034126, F034274, F034275, 66 C026318, F Título de Dominio Cartel No. F Sentencia de Nacionalidad Carteles Nos. C026326, F

3 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de Pág. 3 Pág. Juicio de Ausencia Aviso de Cobro Carteles Nos. F034240, F034245, F Cartel No. F Renovación de Marcas Carteles Nos. F034217, F034244, F034250, F034252, F034253, F034255, F034257, F034259, F034260, F034261, F034262, F034263, F034264, F034265, F034266, F Marca de Fábrica Carteles Nos. C026280, C026281, C026282, C026283, C026284, C026285, C026286, C026288, C026290, C026291, C026292, C026293, C026294, C026295, C026296, C026297, C026300, C026301, C026303, C026304, C026305, C026307, C026312, C026315, C026325, F034130, F034153, F034199, F034200, F034209, F034213, F034215, F034218, F034219, F034222, F034223, F034224, F034225, F034227, F034232, F Nombre Comercial Subasta Pública Carteles Nos. C026319, C026321, F034183, F034236, F034238, F034243, F Reposición de Certificados F034191, F034193, F034195, F F034201, F034202, F034203, F034205, F034206, F034208, F Carteles Nos. C026314, F034204, F Aceptación de Herencia Señal de Publicidad Comercial Carteles Nos. C026237, C026241, C026243, C026253, Cartel No. C Matrícula de Comercio Carteles Nos. C026308, C Carteles Nos. F034150, F034151, F034154, F034155, F034158, F034159, F034160, F034161, F034162, F034163, F034165, F034166, F034167, F034168, F034169, F034190, Patente de Invención Cartel No. C Marca Industrial Cartel No. F Emblemas Cartel No. C Marca de Servicios Carteles Nos. C026298, C026302, C026313, F034198, de SEGUNDa publicacion F033856, F033866, F033889, F033894, F033919, F033921, F033936, F033949, F033963, F Herencia Yacente Cartel No. F Título de Propiedad Cartel No. F Título Supletorio Carteles Nos. C026250, F Título de Dominio Cartel No. F Aumento de Capital Cartel No. C Disolución de Sociedades Carteles Nos. C026375, F Marca de Fábrica Carteles Nos. C026213, C026214, C026215, C026216, C026217, C026218, C026219, C026220, C026221, C026222, C026223, C026224, C026225, C026226, C026227, C026233, C026234, C026235, C026239, C026240, F033932, F

4 4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 Pág. Pág. Nombre Comercial Carteles Nos. C026238, C026252, F Título de Dominio Cartel No. F Matrícula de Comercio Cartel No. F Convocatorias Carteles Nos. C026251, F Subasta Pública Carteles Nos. F033865, F033872, F033873, Reposición de Certificados Cartel No. F Balances de Liquidación Cartel No. C Utilidad y Necesidad Cartel No. F Marca de Servicios Carteles Nos. C026228, C026229, C026230, C026231, C026232, C026236, C026257, C Reposición de Póliza de Seguro Cartel No. F de TERCERA publicacion Aceptación de Herencia Carteles Nos. C026152, C026156, F033445, F033446, F033479, F033486, F033500, F033507, F033527, F033530, F033539, F033558, F033575, F Título de Propiedad Carteles Nos. F033522, F Renovación de Marcas Carteles Nos. F033469, F033471, F Marca de Fábrica Carteles Nos. C026147, C026148, C026165, C026167, F033518, F033519, F Nombre Comercial Carteles Nos. C026143, C026151, C026153, F Matrícula de Comercio Carteles Nos. C026144, C026145, C Subasta Pública Carteles Nos. C026150, C026154, C026158, F033470, F033526, F033568, F033570, F033571, F033576, F033885, F033886, F Reposición de Certificados Cartel No. F Aviso de Cobro Carteles Nos. F033010, F Administrador de Condominio Cartel No. F Marca de Servicios Carteles Nos. C026162, C026163, C026164, C026166, F SECCION DOCUMENTOS OFICIALES Ministerio de Educación Título Supletorio Cartel No. F Resoluciones Nos. 892, 896, 897, 899, 900, 901, 902, 904, 905, 907, 908, 910, 911, 913, 914, 915, 917, 918, 919, 920, 921, 922 y Reposiciones de títulos

5 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de ORGANO LEGISLATIVO 5 DECRETO No LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que de conformidad con el Artículo 131, ordinal 22 de la Constitución de la República, es facultad de este Órgano del Estado, conceder a personas o poblaciones, títulos, distinciones honoríficas y gratificaciones compatibles con la forma de gobierno establecida, por servicios relevantes prestados a la patria. II. Que, asimismo, el Artículo 6, literal b), en relación con el Art. 2, inciso primero, ambos de la Ley de Distinciones Honoríficas, Gratificaciones y Títulos, establecen que la nominación de Distinguido será otorgada cuando los servicios o aportes que se hayan brindado a la patria, estén relacionados con la difusión y el aprovechamiento de la ciencia, el arte, la cultura, la educación o cualquiera otra forma de servicio altruista o colectivo; de un modo tal que represente un innegable beneficio para el Estado salvadoreño o sus habitantes. III. Que el Instituto "Hermanas Somascas" ha llevado a cabo en nuestro país, a lo largo de los años, una invaluable labor en la educación de miles de niños y jóvenes salvadoreños, formándoles académicamente e inculcándoles valores morales y cristianos, que les permitan el desarrollo íntegro de su personalidad y les vuelva ciudadanos útiles para la sociedad salvadoreña. POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Roberto José d'aubuisson Munguía y José Mauricio Quinteros Cubías. DECRETA: Art. 1. Declárase al Instituto "Hermanas Somascas", "DISTINGUIDA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Y HUMANITARIA", por sus trascendentales aportes en la formación académica y moral de la niñez y juventud salvadoreñas. Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil ocho. Rubén Orellana Presidente Rolando Alvarenga Argueta Vicepresidente Francisco Roberto Lorenzana Durán Vicepresidente

6 6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 José Rafael Machuca Zelaya Vicepresidente Rodolfo Antonio Parker Soto Vicepresidente Enrique Alberto Luis Valdés Soto Secretario Manuel Orlando Quinteros Aguilar Secretario José Antonio Almendáriz Rivas Secretario Roberto José d Aubuisson Munguía Secretario Zoila Beatriz Quijada Solís Secretaria CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil ocho. PUBLIQUESE, ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ, Presidente de la República. JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES, Ministro de Gobernación. DECRETO No. 748 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que de conformidad con el Artículo 131, ordinal 22, de la Constitución de la República, es facultad de este Órgano del Estado, conceder a personas o poblaciones, títulos, distinciones honoríficas y gratificaciones compatibles con la forma de gobierno establecida, por servicios relevantes prestados a la patria. II. Que, asimismo, el Artículo 6, literal a) inciso segundo de la Ley de Distinciones Honoríficas, Gratificaciones y Títulos, establece que se otorgará el galardón de "Noble Amigo de El Salvador", cuando tratándose de personas extranjeras, los hechos que se pretendan galardonar constituyan un significativo beneficio para el Estado de El Salvador o para la población en general. III. Que la religiosa madre Gesuina Melzi, de 82 años de edad, ha entregado su vida para servir a los demás, conduciendo el Instituto Hermanas Somascas, siendo un verdadero ejemplo de entrega y amor por la niñez y juventud salvadoreñas, a quienes con su esfuerzo cotidiano ha formado en la academia y los valores morales, por lo que su loable labor constituye un trascendental aporte a la Patria, siendo procedente declararla "Noble Amiga de El Salvador",

7 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Roberto José d'aubuisson Munguía y José Mauricio Quinteros Cubías. DECRETA: Art. 1. Declárase "NOBLE AMIGA DE EL SALVADOR" a la religiosa, madre Gesuina Melzi, por sus aportes en la formación académica y moral de la niñez y juventud salvadoreñas. Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil ocho. Rolando Alvarenga Argueta Vicepresidente José Rafael Machuca Zelaya Vicepresidente Enrique Alberto Luis Valdés Soto Secretario José Antonio Almendáriz Rivas Secretario Rubén Orellana Presidente Zoila Beatriz Quijada Solís Secretaria Francisco Roberto Lorenzana Durán Vicepresidente Rodolfo Antonio Parker Soto Vicepresidente Manuel Orlando Quinteros Aguilar Secretario Roberto José d Aubuisson Munguía Secretario CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil ocho. PUBLIQUESE, ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ, Presidente de la República. JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES, Ministro de Gobernación.

8 8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 DECRETO No. 749 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que por Decreto Legislativo No. 417, de fecha 14 de diciembre de 1992, publicado en el Diario Oficial No. 16, Tomo 318, de fecha 25 de enero de 1993, se emitió el Código Electoral. II. Que dicho cuerpo legal del artículo 245, en adelante, ordena que las papeletas de votación deberán ser contadas, revisadas, firmadas y selladas por el secretario de la Junta Receptora de Votos respectiva. III. Que el establecimiento del requisito de la firma del secretario y del sello de la Junta Receptora de Votos, para la validez de la papeleta de votación, se instauró como un mecanismo de garantía que asegurara la autenticidad del voto el cual representa la voluntad popular, por lo que es pertinente conservar esta exigencia buscando los medios para que sea cumplida eficazmente. POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados José Antonio Almendáriz Rivas, Orlando Arévalo Pineda, Rodolfo Parker Soto, Héctor Guzmán, Walter Durán Martínez, Jorge Alberto Jiménez y Luis Arturo Fernández Peña. DECRETA las siguientes: REFORMAS AL CÓDIGO ELECTORAL Art. 1.- Refórmase el inciso segundo del artículo 249, de la siguiente manera: Cumplidos los anteriores requisitos, el secretario deberá firmar y sellar la papeleta de votación. Efectuado ésto, mostrará el reverso a los demás miembros de la junta, a los vigilantes de los partidos políticos o coaliciones y al ciudadano a quien le será entregada, con el fin de verificar que ha sido debidamente firmada y sellada; luego procederá a retirar la esquina desprendible y entregar la papeleta al ciudadano, de todo lo cual deberán cerciorarse los demás miembros y vigilantes que asistan. Mientras no se cumplan con las formalidades establecidas en este inciso, no será procedente el ejercicio del voto. Art. 2.- Adiciónase el artículo 253-E de la siguiente manera: Art. 253-E.- Cuando en la papeleta no apareciere el sello de la Junta Receptora de Votos o la firma del secretario, los miembros de dicha junta con la presencia de los vigilantes de los partidos políticos o coaliciones contendientes en la fase de escrutinio, procederán a verificar en la papeleta: a. El tipo de elección de que se trate; b. Que lleven impresos el sello del Tribunal y el escudo de la República en el reverso; c. Que el número correlativo de orden por papeleta, coincida con el registro de papeletas entregadas; y d. Que el número de papeleta coincida, con el de la Junta Receptora de Votos a que corresponde.

9 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de Demostrada la autenticidad de la papeleta, mediante la comprobación del cumplimiento de todos los requisitos arriba mencionados, éste se tomará como voto válido, caso contrario será anulado. Art 3.- Créase el Art. 277-A, en los términos siguientes: Art. 277-A. Se impondrá el máximo de la multa señalada en el artículo anterior al secretario de Junta Receptora de Votos, que no firme y selle la papeleta de votación. Art. 4.- El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los cinco días del mes de noviembre de dos mil ocho. ROLANDO ALVARENGA ARGUETA, VICEPRESIDENTE. JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA, VICEPRESIDENTE. ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO, JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS, RUBÉN ORELLANA, PRESIDENTE. ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS, SECRETARIA. FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN, VICEPRESIDENTE. RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO, VICEPRESIDENTE. MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR, ROBERTO JOSÉ d'aubuisson MUNGUÍA, CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil ocho. PUBLÍQUESE, ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA, MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA.

10 10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 Considerando: II ADENDA AL MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA SECRETARÍA TÉCNICA DE PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, EL FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL DE EL SALVADOR Y LA AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO (AECID) RELATIVA A LOS PRESUPUESTOS 2009 y 2010 PARA EL APOYO PRESUPUESTARIO SECTORIAL A LA POLÍTICA NACIONAL DE REDUCCIÓN DE POBREZA - PROGRAMA RED SOLIDARIA Que la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) reitera su compromiso con la cooperación para la reducción de la pobreza en El Salvador y con los principios y procedimientos establecidos en este Memorando de Entendimiento, alineándose con la política nacional de reducción de pobreza de El Salvador y armonizando su aporte con otros socios de cooperación. Que en el marco presupuestario relativo a nuevos instrumentos de cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) se ha previsto la continuidad para el año 2009 del apoyo presupuestario sectorial iniciado en sus dos primeros periodos conforme lo establece el punto VIII de este Memorando y la Adenda al mismo firmada el 27 de marzo de 2007, que ha sumado hasta la fecha un aporte de la AECID por esta vía de diez millones de euros que fueron desembolsados entre los ejercicios presupuestarios españoles de 2006, 2007 y Que la Secretaría Técnica de Presidencia y el FISDL reiteran su compromiso para desarrollar la política nacional de reducción de pobreza desarrollando el programa Red Solidaria conforme a los procedimientos reconocidos en este Memorando de Entendimiento. Punto único de entendimiento: La AECID financiará complementariamente a lo establecido en el punto VIII de este Memorando a lo establecido en la Adenda firmada el 27 de marzo de 2007, un total de ocho (8) millones de euros en su equivalente en dólares en el momento de las transferencias, con cargo a los presupuestos de la AECID y siempre en la medida en que las disponibilidades presupuestarias lo permitan. Este monto complementario se desembolsará en dos tramos correspondientes a los ejercicios presupuestarios de 2009 y 2010 de cuatro (4) millones de euros cada uno. Se confirman todos los demás puntos del Memorando relativos a objetivos, principios y procedimientos de gestión, justificación y evaluación. En San Salvador, El Salvador, a 11 de agosto de 2008.

11 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de ACUERDO No. 1747/2008 Antiguo Cuscatlán, 23 de septiembre de 2008 Vista la II Adenda al Memorando de Entendimiento entre la Secretaría Técnica de la Presidencia de la República de El Salvador, el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local de El Salvador y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) relativa a los Presupuestos 2009 y 2010 para el Apoyo Presupuestario Sectorial a la Política Nacional de Reducción de Pobreza-Programa Red Solidaria-, la cual consta de Un Considerando y Un Punto Único de Entendimiento, suscrito el 11 de agosto de 2008, en nombre y representación del Gobierno de la República de El Salvador, por la Señora Ministra de Relaciones Exteriores, Embajadora Marisol Argueta de Barillas, y en nombre y representación del Gobierno del Reino de España, por la Secretaria de Estado de Cooperación Internacional, Señora Soraya Rodríguez; el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, ACUERDA: a) Aprobarla en todas sus partes; y b) Someterla a consideración de la Honorable Asamblea Legislativa para que si lo tiene a bien se sirva otorgarle su ratificación. COMUNÍQUESE. La Viceministra de Relaciones Exteriores para los Salvadoreños en el Exterior Encargada del Despacho Escobar. DECRETO No. 750 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I.- Que el 11 de agosto de 2008, fue suscrita la II Adenda al Memorando de Entendimiento entre la Secretaría Técnica de la Presidencia de la República de El Salvador, el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local de El Salvador y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), relativa a los presupuestos 2009 y 2010 para el Apoyo Presupuestario Sectorial a la Política Nacional de Reducción de Pobreza-Programa Red Solidaria-. II.- Que el Instrumento antes mencionado ha sido aprobado por el Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo No. 1747/2008, del 23 de septiembre de 2008, y sometido a ratificación de esta Asamblea Legislativa, para su inclusión en el ordenamiento jurídico salvadoreño, vigente y positivo. III.- Que la Adenda a la que se refieren los Considerandos anteriores, no contienen ninguna disposición contraria a la Constitución, siendo procedente su ratificación. POR TANTO, En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio de la entonces Viceministra de Relaciones Exteriores para los Salvadoreños en el Exterior, Encargada del Despacho, y de conformidad al Art. 131 ordinal 7 de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4 de la misma, DECRETA: Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes la II Adenda al Memorando de Entendimiento entre la Secretaría Técnica de la Presidencia de la República de El Salvador, el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local de El Salvador y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), relativa a los presupuestos 2009 y 2010 para el Apoyo Presupuestario Sectorial a la Política Nacional de Reducción de Pobreza - Programa Red Solidaria-, la cual consta de Un Considerando y Un Punto Único de Entendimiento, suscrito el 11 de agosto de 2008, en nombre y

12 12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 representación del Gobierno de la República de El Salvador, por la Señora Ministra de Relaciones Exteriores, Embajadora Marisol Argueta de Barillas, y en nombre y representación del Gobierno del Reino de España, por la Secretaria de Estado de Cooperación Internacional, Sra. Soraya Rodríguez; aprobada por el Órgano Ejecutivo mediante Acuerdo No. 1747/2008, del 23 de septiembre de Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil ocho. RUBÉN ORELLANA, PRESIDENTE. ROLANDO ALVARENGA ARGUETA, VICEPRESIDENTE. JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA, VICEPRESIDENTE. ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO, JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS, ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS, SECRETARIA. FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN, VICEPRESIDENTE. RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO, VICEPRESIDENTE. GERSON MARTÍNEZ, ROBERTO JOSÉ d AUBUISSON MUNGUÍA, CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil ocho. PUBLÍQUESE, ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ, Presidente de la República. LUIS ERNESTO MONTES BRITO, Viceministro de Relaciones Exteriores para los Salvadoreños en el Exterior, Encargado del Despacho.

13 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de ORGANO EJECUTIVO Ministerio de Economía ramo de economia 13 ACUERDO No EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, San Salvador, 10 de noviembre de 2008 Vista la solicitud y documentos presentados el día doce de marzo del corriente año, por el señor SANTOS ARTEAGA GUZMAN, actuando en su calidad de Representante Legal de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA SAN FRANCISCO SUCHITOTO, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia "ACOPASFS DE R. L."; del domicilio de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán; referidas a que se le concedan a su representada por un nuevo periodo de CINCO AÑOS, los beneficios establecidos en los literales "a)" y "c)" del Art. 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas. CONSIDERANDO: I. Que por medio del Acuerdo número 450 de fecha diecinueve de mayo de dos mil tres, publicado en el Diario Oficial número 147, Tomo 360, del trece de agosto del mismo año, a la Asociación mencionada se le concedieron por un plazo de CINCO AÑOS los beneficios antes citados, los que le vencieron el día veintiuno de marzo de dos mil ocho. II. III. POR TANTO: Que por medio de la Resolución número 406 de fecha veinte de agosto de dos mil ocho, se resolvió procedente concederle a la mencionada Asociación por un nuevo periodo de CINCO AÑOS, los beneficios solicitados. Que el Representante Legal de la referida Asociación Cooperativa, señor SANTOS ARTEAGA GUZMAN, por medio de escrito presentado el día doce de septiembre del corriente año, manifestó aceptar en nombre de su representada los términos vertidos en dicha Resolución. En base a lo anteriormente expuesto, y con fundamento en el Art. 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y Art. 151 de su Reglamento, este Ministerio, ACUERDA: 1 ) OTORGAR a la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA SAN FRANCISCO SUCHITOTO, DE RES- PONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia "ACOPASFS DE R. L."; del domicilio de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán; por un nuevo periodo de CINCO AÑOS, contados a partir del día veintidós de marzo del dos mil ocho, los beneficios establecidos en el Art. 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, siguientes: a) Exención del pago del Impuesto sobre la Renta, cualquiera que sea su naturaleza, el capital con que se forme, e intereses que se generen, a partir del ejercicio fiscal durante el cual se presentó la solicitud. c) Exención de Impuestos Municipales. 2 ) Las exenciones que se otorgan por medio del presente Acuerdo, no comprenden los Impuestos a que se refiere la Ley del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, y la Ley del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Raíces. 3 ) La mencionada Asociación queda obligada a comprobar, cuando el Ministerio de Hacienda lo requiera, el buen uso de los privilegios otorgados. 4 ) Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. RICARDO ESMAHAN, MINISTRO. (Registro No. C026328)

14 14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 ACUERDO No San Salvador, 28 de noviembre de 2008 EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA: CONSIDERANDO: I. Que por medio del Acuerdo Ejecutivo No. 761 del 5 de septiembre del 2008, publicado en el Diario Oficial No. 166, Tomo 380, de la II. misma fecha, se estableció la fórmula para determinar el precio de referencia al público en estaciones de servicio. Que después de realizar una revisión técnica de los diferentes términos que integran la fórmula antes mencionada, se ha llegado a la conclusión que es necesario incluir en la misma, ajustes de valor agregado a los tres tipos de producto y mermas por evaporación en gasolinas, los que no habían sido considerados y que aplican en el punto de venta o Estación de Servicio, con el fin de dar transparencia a los costos del mercado de los combustibles. III. Que es de importancia introducir los ajustes antes indicados para estimular la adecuada competitividad de uno de los eslabones de la cadena de distribución del mercado nacional, como son las Estaciones de Servicio, lo que redundará en beneficios al consumidor, por lo que es necesario modificar el Acuerdo anterior. POR TANTO: En uso de las facultades que confiere la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo ACUERDA: 1º. Sustitúyese el numeral 1º del Acuerdo 761 del 5 de septiembre del 2008, publicado en el Diario Oficial No. 166, Tomo 380, de la misma fecha, por el siguiente: 1º. Establécese como fórmula para determinar el precio de referencia al público de las gasolinas y diesel, en el mercado de estaciones de servicio, la siguiente: PRP = PCIF + CN + FL + MM + CFPV + MEG + T En donde: PRP PCIFt CN : Precio de Referencia al Público de la semana en curso, : Precio CIF de la semana en curso : Costos de Internación, FL MM CFPV MEG T : Flete Local : Margen del Mayorista y Minorista : Costo Financiero en Punto de Venta : Merma por Evaporación de Gasolinas : Tributos Todos los cálculos se efectuarán en dólares de los Estados Unidos de América por galón, utilizando seis decimales y los precios finales por galón se expresarán utilizándose tres decimales y aproximando el último dígito.

15 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de PRECIO CIF Se define como Precio CIF el siguiente: PCIF = PFOB + AC + FM + SM + PT En donde: PFOB: AC: Precio FOB del producto de la semana en curso, Ajuste de calidad del mes en curso, FM: SM: PT: Flete marítimo del mes en curso, Seguro marítimo de la semana en curso, Pérdidas en tránsito de la semana en curso, Precio FOB del producto. El precio FOB de las gasolinas y diesel será el promedio simple de los promedios diarios efectivamente publicados, correspondientes a las 3 semanas anteriores a la fecha del cálculo del precio de referencia. Los precios FOB diarios de las gasolinas y diesel corresponden a los publicados por el PLATT'S GLOBAL ALERT, para la Costa del Golfo de los Estados Unidos de América, bajo el título "PLATT'S GULF COAST SPOT ASSESSMENTS-Waterborne". Para el caso de la gasolina especial, el precio de referencia del mercado internacional es el UNL-93 con el RVP más cercano a 10, para el caso de la gasolina regular, es el UNL- 87con el RVP más cercano a 10, y para el caso del Diesel, es el DO No. 2. En caso que no exista publicación de uno o más datos para calcular el promedio simple, se compensará tomando los últimos datos del período anterior. Ajuste de Calidad. El ajuste de calidad considera un ajuste por presión de vapor más otro por octanaje. Se calculará de la siguiente forma: AC = ajuste por presión de vapor + ajuste por octanaje Para el caso de la gasolina especial, el ajuste en cada mes es el siguiente: AC = (0.02*(Precio Platt's UNL-87 - precio Platt's butano)) + (2*(Precio Platt's UNL-87 - Precio Platt's UNL-93)/6) Para cada mes se tomará el valor de la aplicación de la fórmula resultante de los últimos 6 meses. Siendo Precio Platt's butano el publicado por el PLATT'S GLOBAL ALERT bajo el título PLATT'S LPG ASSESSMENTS: US NON TET Mt. BELVIEU. Para el caso de la gasolina regular, se realizará el siguiente ajuste de calidad en cada mes: AC = (0.02*(Precio Platt's UNL-87 - precio Platt's butano)) + ((Precio Platt's UNL-87 - Precio Platt's UNL-93)/6) Para cada mes se tomará el valor de la aplicación de la fórmula resultante de los últimos 6 meses. Flete marítimo: el flete marítimo vigente, en U.S.$ por galón para el diesel y las gasolinas en cada mes corresponde al promedio de los valores mensuales de flete de los seis meses anteriores. Para estimar el valor del flete mensual para el diesel se aplicará la siguiente fórmula: FM = ((Flats * (WS + 0.4))/(7.4*42))/0.9 Para el caso de las gasolinas, el flete mensual se calculará de la siguiente manera: Siendo: FM = ((Flats * (WS + 0.4))/(8.39*42))/0.9 Flats: es la tarifa anual Worldscale Flats publicada por la Worldscale Association para la ruta USGC-Acajutla(ELS) - San Jose(GUA) - San Lorenzo (HON) para un buque de 38,000 toneladas métricas. WS: promedio de los últimos seis meses del Valor Worldscale publicado en la Worldscale Association para la ruta USGC-Caribbean Seguro Marítimo: el seguro marítimo para las gasolinas y el diesel resulta de aplicar la tasa de % a la sumatoria del precio FOB del producto y el flete marítimo. Pérdidas en Tránsito: las pérdidas en tránsito para las gasolinas y el diesel resulta de aplicar la tasa de 0.13% a la sumatoria del precio FOB del producto, el flete marítimo y el seguro marítimo.

16 16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 COSTOS DE INTERNACIÓN Costos de Internación. Se tomará como costo de internación el valor de $0.03 por galón de diesel y gasolinas. Los costos de internación incluyen: FLETE LOCAL - Costo por descarga del buque-tanque, - Costo de regulación y control, y - Gastos aduaneros. - Otros costos y gastos en los que se incurra por la importación. Flete Local: Se reconocen fletes diferenciados según la zona del país, los valores son los siguientes: Para la Zona Central: flete de la ruta Acajutla - San Salvador Para la Zona Occidental: flete de la ruta Acajutla - Santa Ana Para la Zona Oriental: flete de la ruta Acajutla - San Miguel Los valores a partir de la vigencia del presente acuerdo son: Acajutla-San Salvador: $ por galón; Acajutla-Santa Ana: $ por galón, Acajutla-San Miguel: $ Estos valores se revisarán cada seis meses para reflejar las condiciones reales del mercado nacional de fletes. MARGEN MAYORISTA- MINORISTA Margen mayorista-minorista: se reconocen como margen mayorista - minorista a partir de la vigencia del presente decreto: diesel: $0.235, gasolina regular: $0.345, gasolina especial: $ COSTO FINANCIERO EN PUNTO DE VENTA Costo Financiero en Punto de Venta: Un valor agregado en la venta de combustible es la facilidad a los clientes de pago con tarjeta de crédito, cuya eficiencia de costo no depende de la cadena de distribución sino del sistema financiero. Este costo ponderado se genera en el punto de venta o Estación de Servicio. El valor a partir de la vigencia del presente acuerdo es: $0.020 por galón en diesel y gasolinas. Estos valores se revisarán cada cuatro meses para reflejar las condiciones reales del mercado financiero. MERMA POR EVAPORACION DE GASOLINAS Merma por Evaporación de Gasolinas: La evaporación de las gasolinas provoca pérdidas de inventario en las Estaciones de Servicio, cuyo valor será reconocido por el distribuidor mayorista. Este valor se estima en $0.023 por galón para cada una de las gasolinas, ya que el diesel no tiene evaporación. TRIBUTOS A los precios resultantes de la aplicación del presente Acuerdo, se les deberá adicionar los tributos vigentes de conformidad con la Ley. 2. El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del día 1 de diciembre de Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. RICARDO ESMAHAN, MINISTRO.

17 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de Ministerio de Educación ramo de educacion ACUERDO No San Salvador, 15 de octubre de 2008 El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que en virtud a lo dispuesto en los artículos 79 y 80 de la Ley General de Educación y los numerales 8) y 27) del artículo 38 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, los Centros Educativos funcionan por Acuerdo Ejecutivo emitido en el Ramo de Educación y compete al Ministerio de Educación controlar y supervisar los centros oficiales y privados de educación, regular y supervisar la creación, funcionamiento y nominación de Centros Educativos; II) Que en virtud del Acuerdo Ejecutivo N de fecha 23 de enero de 2008, emitido por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, de creación, nominación y funcionamiento del Centro Educativo Privado COLEGIO "MARGARITA SALAS", con el Código de Infraestructura N 21511, ubicado en Urbanización Altavista, Calle "A" Norte, Polígono 56, Casas Nos. 26, 27 y 28, Municipio de San Martín, Departamento de San Salvador, para ofrecer sus servicios educativos en el Nivel de Educación Parvularia, jornada diurna; III) Que se ha recibido en la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional solicitud de la señora Yesenia Patricia Chacón, con DUI N , en su calidad de propietaria del Centro Educativo Privado COLEGIO "MARGARITA SALAS", para la Ampliación de los Servicios Educativos, para poder ofrecer en el Nivel de Educación Básica el Primer Ciclo, jornada diurna; VI) Que el día 2 de octubre de 2008, se realizó una inspección por parte de la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional de este Ministerio en las instalaciones del citado Centro Educativo Privado, comprobando que cuenta con una organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y financieros necesarios, el personal docente calificado para poder proporcionar los servicios educativos y que su infraestructura física cuenta con las condiciones necesarias para poder proporcionar servicios educativos. POR TANTO ACUERDA: 1) AUTORIZAR a partir del 5 de enero de 2009, al Centro Educativo Privado COLEGIO "MARGARITA SALAS", con el Código de Infraestructura N 21511, para ofrecer servicios educativos en el Nivel de Educación Básica el Primer Ciclo, jornada diurna; 2) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. PUBLIQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION. (Registro No. F034185) ACUERDO No San Salvador, 27 de Octubre de 2008 El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional se ha presentado JOSÉ ROGELIO TERÁN BUENO, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Tercer Grado de Educación Secundaria, realizados en el "Instituto Torres Quintero A.C.", de los Estados Unidos Mexicanos en el año 2008, con los de Noveno Grado de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Art. 62 de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias, Pruebas de Suficiencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media. Dar como Equivalentes los Estudios de Tercer Grado de Educación Secundaria, realizados por JOSÉ ROGELIO TERÁN BUENO en los Estados Unidos Mexicanos con los de Noveno Grado de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Primer Año de Bachillerato General. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION. (Registro No. F034174)

18 18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 ACUERDO No San Salvador, 27 de Octubre de 2008 El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional se ha presentado JOSÉ ALBERTO TERÁN BUENO, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Tercer Grado de Educación Primaria, realizados en el "Instituto Torres Quintero A. C." de los Estados Unidos Mexicanos en el año 2008, con los de Tercer Grado de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Art. 62 de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias, Pruebas de Suficiencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media. Dar como Equivalentes los Estudios de Tercer Grado de Educación Primaria, realizados por JOSÉ ALBERTO TERÁN BUENO en los Estados Unidos Mexicanos con los de Tercer Grado de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Cuarto Grado. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION. (Registro No. F034173) ACUERDO No San Salvador, 3 de Noviembre de 2008 El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional se ha presentado NELSON ELIAS SALINAS BUSTILLO, solicitando de conformidad a lo establecido en el Art. 60 de la Ley General de Educación INCORPORACION de su Título de Bachiller en Ciencias y Letras, extendido por la Secretaría de Educación de la República de Honduras en el año Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Art. 78 del Convenio Centroamericano sobre Unificación Básica de la Educación, publicado en el D. O. N 184, Tomo N 201, de fecha 2 de octubre de Reconocer los estudios de Bachiller en Ciencias y Letras realizados por NELSON ELIAS SALINAS BUSTILLO en la República de Honduras, e Incorporarlo a nuestro Sistema Educativo con el grado de Bachillerato General. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION. DECRETO No (Registro No. F034239) Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que mediante Decreto Legislativo No. 588, de fecha 24 de octubre de 2001, publicado en el Diario Oficial No. 222, Tomo No. 353, del 23 de noviembre de ese mismo año, se emitió la Ley de Prevención y Control de la Infección provocada por el Virus de Inmunodeficiencia Humana;

19 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de II. Que mediante Decreto Ejecutivo No. 40, de fecha 28 de abril de 2004, publicado en el Diario Oficial No. 81, Tomo No. 363, del 4 de mayo de ese mismo año, se emitió el Reglamento de la Ley de Prevención y Control de la Infección provocada por el Virus de Inmunodeficiencia Humana, con el propósito de facilitar y asegurar la aplicación de la Ley referida en el considerando anterior y regular la organización y funcionamiento de la Comisión Nacional contra el SIDA, CONASIDA; y; III. Que a este último efecto, es menester introducir una modificación al Reglamento referido en el considerando anterior, a fin de dejar establecido que los Representantes Propietarios o Suplentes ante el CONASIDA puedan ser nombrados o reelegidos para nuevos períodos, facilitándose de esta manera el que algunos miembros que en el seno de la CONASIDA han desarrollado una fructífera y meritoria labor, a fin que puedan desempeñarse nuevamente por nuevos períodos de funciones, sin que exista impedimento legal alguno en ese sentido; todo ello en beneficio de las acciones que CONASIDA lleva adelante en el cumplimiento de su misión. POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales, DECRETA la siguiente: REFORMA AL REGLAMENTO DE LA LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA INFECCIÓN PROVOCADA POR EL VIRUS DE INMUNODEFICIENCIA HUMANA Art. 1.- Refórmase en el Art. 31, el inciso segundo, de la siguiente manera: "El período de sus funciones será de dos años, podrán ser nombrados o reelegidos para nuevos períodos, pudiendo ser removidos o sustituidos a conveniencia del Ministerio, Institución, Asociación, Gremial o Sector que representan. En los casos de remoción o sustitución del representante, el procedimiento para su elección será el mismo por el que se eligió a su predecesor.". Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinticinco días del mes de noviembre de dos mil ocho. ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ, Presidente de la República. JOSE GUILLERMO MAZA BRIZUELA, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

20 20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 ORGANO JUDICIAL Corte Suprema de Justicia ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha doce de noviembre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada YESENIA YAMILETH CONDE CHAVARRIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR. (Registro No. F034271) ACUERDO No. 914-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de marzo de dos mil ocho. El Tribunal con fecha trece de diciembre de dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada OLGA PATRICIA TORRENTO MENDOZA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VALDIV.- P. J.- VELASCO.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- L. C. DE AYALA G.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.-e. DINORAH BONILLA DE AVELAR. (Registro No. F034171) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de septiembre del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha doce de agosto del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANABELLA ELIZABETH RAMIREZ MORALES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F034137) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha doce de septiembre del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada DORYS STEFANY RASCON CALLES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- V. DE AVILÉS.- M. CLARÁ.- VELASCO.- VALDIV.- GUZMÁN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F034133)

21 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha cuatro de junio del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JUAN RAMÓN CHÁVEZ MARTÍNEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMÁN U. D. C.- M. TREJO.- M. POSADA.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F034118) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha diecisiete de julio del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ADÁN ANTONIO FLORES RIVAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMÁN U. D. C.- M. TREJO.- M. POSADA.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F034248) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha diez de julio del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado CARLOS ALBERTO RAMOS MARROQUÍN, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMÁN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F034242) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha quince de octubre del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ERICK AMILCAR SOSA CARTAGENA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.--- A.G.CALDERON-- V.DE AVILES-- J.ENRIQUE ACOSTA-- GUZMAN U.D.C.-- R.M.FORTIN H.-- M.A.CARDOZA A.-- L.C.DE AYALA G.-- SONIA C.DE MADRIZ.-- R.E.RAMOS.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S.RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F035582) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha veintitrés de mayo del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSÉ MIGUEL RAMÍREZ VALLADARES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMÁN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F034124)

22 22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha cuatro de julio del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado NOE WILFREDO MEJÍA NAVARRO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- V. DE AVILÉS.- VELASCO.- P. J.- GUZMÁN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- S. DE MADRIZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F034131) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha treinta de junio del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado FREDY ORLANDO HERNÁNDEZ DÍAZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- V. DE AVILÉS.- VELASCO.- P. J.- GUZMÁN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- S. DE MADRIZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F034283) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha veintiséis de junio del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada IXSOLINI DEL CARMEN POLANCO FERMAN, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- P. J.- GUZMÁN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- S. DE MADRIZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F034187) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha veintinueve de septiembre del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ERIKA MARISOL NAVAS ANDRADE, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- V. DE AVILÉS.- M. CLARÁ.- VELASCO.- P. J.- GUZMÁN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F034111)

23 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de INSTITUCIONES AUTONOMAS 23 Tribunal Supremo Electoral El Infrascrito Secretario General del Tribunal Supremo Electoral, CERTIFICA: QUE EN EL ACTA NUMERO TRES- CIENTOS VEINTIUNO, EL ORGANISMO COLEGIADO ACORDO APROBAR EL REGLAMENTO DE HORAS EXTRAORDINARIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL, QUE LITERALMENTE DICE: EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL, CONSIDERANDO: I- Que por Decreto Legislativo No. 417, de fecha 14 de diciembre de 1992, publicado en el Diario Oficial No. 16, Tomo 318 del 25 de enero de 1993, se emitió el Código Electoral. II- III- IV- Que el artículo 38 numeral 6º de la Constitución de la República expresa que las horas extraordinarias y el trabajo nocturno serán remunerados con recargo. Que el artículo 330 inciso 3º del Código Electoral, establece que los empleados que presten servicio fuera de la hora de audiencia, tendrán derecho a remuneración extraordinaria, de conformidad a lo que establece el Código de Trabajo. Que por razones propias de actividades que desarrolla el Tribunal Supremo Electoral se realizan tareas fuera de las jornadas ordinarias. V- Que a efecto de regular y establecer procedimientos especiales y para el buen manejo de los fondos públicos, es necesario reglamentar el pago de jornadas extraordinarias. POR TANTO, En uso de las Facultades Constitucionales, ACUERDA, el siguiente, REGLAMENTO PARA RETRIBUCION DE TRABAJO EXTRAORDINARIO Art. 1.- El presente reglamento tiene por objeto regular una remuneración económica extraordinaria al trabajo verificado fuera de horas de audiencia por Funcionarios y Empleados del Tribunal Supremo Electoral. El Tribunal Supremo Electoral en el transcurso del presente reglamento se denominará El Tribunal. Art. 2.- Este reglamento es aplicable a todo el personal que tiene una relación laboral con el Tribunal, sin menoscabo de la forma de pago y fuente de financiamiento de la cual provenga; salvo los montos máximos de remuneración de trabajo extraordinario establecidos por decreto para el caso de presupuestos especiales. Art. 3.- El trabajo en horas extraordinarias podrá realizarse sólo en forma ocasional, cuando surjan circunstancias no previstas, especiales o necesarias y que para cumplir con su desarrollo sea necesario laborar fuera de horas de audiencia. Los procesos electorales y todas las actividades relacionadas con el mismo se consideran circunstancias especiales.

24 24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 Art. 4.- Cuando un empleado a quien se le haya encomendado una misión oficial y hubiere devengado viático en ese concepto, continuare con la autorización respectiva, laborando en su sede oficial después de concluida la jornada ordinaria, tendrá derecho a la remuneración del trabajo extraordinario desempeñado. Para estos efectos el empleado deberá registrar su hora de regreso a la sede oficial en los controles establecidos. Art. 5.- De conformidad con el inciso 3º del Art. 330 del Código Electoral, todo trabajo realizado fuera de horas de audiencia será remunerado de la manera siguiente: a) De las 16:01 a las 19:00 horas será remunerado con el cien por ciento del salario básico por hora. b) De las 19:01 a las 24:00 horas será remunerado con el cien por ciento del salario básico por hora más un veinticinco por ciento de recargo sobre el salario establecido para igual trabajo en horas diurnas. c) El trabajo realizado en jornada ordinaria en día de descanso será remunerado con el salario básico correspondiente a ese día, más una remuneración del cincuenta por ciento como mínimo, por las horas que trabajen y a un día de descanso compensatorio remunerado. Si se trabaja en horas extraordinarias, el tiempo laborado se remunerará tomando como base para el cálculo el salario extraordinario antes mencionado más el cien por ciento, más el correspondiente recargo por nocturnidad, en su caso. d) El trabajo realizado en día de asueto tendrá derecho a un salario extraordinario integrado por el salario ordinario más un recargo del cien por ciento de éste. Si se trabaja en horas extraordinarias, el cálculo para el pago de los recargos se hará en base al salario extraordinario establecido en el inciso anterior más el cien por ciento, más correspondiente recargo por nocturnidad, en su caso. Art. 6.- Los Jefes de Unidades Organizativas, en cumplimiento de lo establecido por el artículo cinco del Reglamento Interno de Trabajo, son responsables de que el personal a su cargo desempeñe sus labores dentro de la jornada ordinaria de trabajo, con los máximos niveles de productividad, eficiencia y eficacia; en consecuencia el trabajo extraordinario sólo será autorizado bajo las circunstancias referidas en el artículo tres de este Reglamento y atendiendo criterios de urgencia y de inminente necesidad de los servicios. La promoción y el aval de la programación y/o ejecución de trabajo extraordinario, que no reúna los requisitos establecidos en el párrafo anterior, acarreará responsabilidad administrativa y/o patrimonial para los efectos de fiscalización, y disciplinaria para el jefe de unidad organizativa involucrado, de conformidad al régimen disciplinario del Reglamento Interno de Trabajo. En aquellas circunstancias urgentes y excepcionales, y como tales no previstas en la programación, el Director Ejecutivo, a petición del jefe de la Unidad Organizativa correspondiente, podrá aprobar y autorizar el desempeño de labores en tiempo extraordinario, previa delegación de esas funciones específicas de parte del Organismo Colegiado. Art. 7.- El Tribunal establecerá el instructivo respectivo para el proceso de programación, autorización y pago del tiempo trabajado extraordinariamente. Art. 8.- El Tribunal reconocerá como tiempo extraordinario hasta el límite de tiempo legal vigente. Art. 9.- Únicamente podrá autorizarse laborar tiempo de trabajo extraordinario al personal que cumpla con su jornada ordinaria de trabajo. Quedan exceptuados de esta regla el personal con permiso de estudio autorizado por el Organismo Colegiado. Art El presente reglamento entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial. ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL FUE DEBIDAMENTE CONFRONTADO, Y PARA SER PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL, EXPIDO, FIRMO Y SELLO LA PRESENTE EN EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL. SAN SALVADOR, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO. DR. JOSE HERIBERTO ALVAYERO, SECRETARIO GENERAL. (Registro No. F035055)

25 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de EL INFRASCRITO SECRETARIO GENERAL DEL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL, CERTIFICA QUE EN EL ACTA NUMERO TRES- CIENTOS VEINTISEIS, EL ORGANISMO COLEGIADO ACORDO APROBAR EL REGLAMENTO GENERAL PARA OBSERVACION ELECTORAL EN EL SALVADOR DEL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL, QUE LITERALMENTE DICE: EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL: CONSIDERANDO: 1.- Que por disposición del artículo 208 de la Constitución y artículo 55 del Código Electoral, el Tribunal Supremo Electoral, es la autoridad máxima en esta materia; 2.- Que el artículo 80 literal a) número 9 del Código Electoral, reconoce al Tribunal Supremo Electoral, la potestad reglamentaria para la promulgación de la normativa necesaria que facilite la aplicación de dicho Código; 3.- Que de conformidad al artículo 79 número 2 del Código Electoral, es obligación del Tribunal Supremo Electoral, como Organismo Colegiado, convocar, organizar, dirigir y vigilar los procesos electorales; 4.- Que la experiencia de la participación de observadores en nuestros procesos electorales, ha sido favorable para el fortalecimiento de la democracia, y con la finalidad de mejorar dicha observación, se hace necesario dictar las normas y regular los procedimientos emanados del organismo rector de las elecciones, con el fin de que hayan pautas claras y precisas que coadyuven a la transparencia de la observación electoral. POR TANTO, en uso de sus facultades legales y constitucionales, DECRETA el siguiente: REGLAMENTO GENERAL PARA LA OBSERVACIÓN ELECTORAL EN EL SALVADOR. CAPITULO I OBJETIVO Y DEFINICIONES Art. 1.- El presente reglamento tiene por objeto regular el procedimiento para la realización de la observación electoral en El Salvador. Asimismo, determina los derechos y obligaciones que tienen los acreditados como observadores electorales. Es también objeto de este reglamento, determinar cuáles son los requisitos y procedimientos que deben de cumplirse para obtener las correspondientes acreditaciones como observadores electorales. Art. 2.- Para los efectos de este reglamento, se entenderá por Observación Electoral la recopilación intencionada de informaciones relativas a un proceso electoral, con el propósito de la formular juicios fundados acerca de la conducción de ese proceso, a partir de datos reunidos por personas que no están autorizadas a intervenir en el proceso, y cuya participación no debe alterar las responsabilidades principales en materia de observación. La Observación Electoral podrá dar inicio a partir de la comunicación de la acreditación como observador, y concluirá oficialmente con la finalización de la evaluación del proceso electoral observado. CAPITULO II PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA OBSERVACIÓN ELECTORAL Art. 3.- Para la realización de los propósitos consignados en este reglamento, la observación electoral debe estar basada en los principios siguientes:

26 26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 a) Reconocimiento y respeto por parte de los observadores de la soberanía del Estado de El Salvador, sus valores y principios democráticos. b) La no injerencia de los observadores, en el cumplimiento de sus funciones, en los asuntos que de conformidad con la Constitución, la ley, los reglamentos y demás disposiciones, son de competencia exclusiva del Tribunal Supremo Electoral, en adelante TSE, o de sus Organismos Electorales. c) La imparcialidad de los observadores en la emisión de su juicio sobre el proceso electoral. d) La neutralidad de los observadores en su comportamiento durante el proceso electoral. e) Objetividad, rigor y discreción en el tratamiento, análisis y evaluación de la información recopilada. CAPITULO III DE LA CLASIFICACIÓN DE LOS OBSERVADORES ELECTORALES. Art. 4.- Los observadores electorales, quienes en el presente reglamento podrán denominarse los observadores, se clasifican de la siguiente manera: a) Observadores Internacionales; y b) Observadores Nacionales; Art. 5.- Para los efectos del presente reglamento, los Observadores Internacionales, se clasifican en las siguientes categorías: 1. Observadores Internacionales Oficiales. Tendrán esta calidad aquellas personas o entidades que hayan sido invitadas por el TSE o por el Gobierno de El Salvador para observar el proceso electoral. 2. Observadores Internacionales Visitantes. Se entiende por tales a todas aquellas personas o entidades que ostenten una nacionalidad distinta a la salvadoreña, y que en el ejercicio de sus funciones soliciten al TSE, o sean invitados por éste expresamente bajo esta categoría, a observar el proceso electoral. 3. Observadores Internacionales Invitados por Partidos Políticos. Se entiende por tales a todos aquellos ciudadanos que ostenten una nacionalidad distinta a la salvadoreña y que en el ejercicio de sus funciones sean invitados por los Partidos Políticos o Coaliciones contendientes. Art. 6.- Para los efectos del presente reglamento, se entiende por Observadores Nacionales, a todos los ciudadanos salvadoreños, radicados o no en el país, que a propuesta de instituciones educativas, personas jurídicas o instituciones con experiencia en materia electoral, acrediten que tienen capacidad para dar seguimiento, análisis y evaluación de la jornada electoral desde la instalación de la Junta Receptora de Votos hasta el Cierre y Escrutinio de las mismas; y siempre que se solicite la observación con fines académicos, científicos o de investigación. CAPITULO IV DE LA ACREDITACIÓN Art. 7.- Para poder ostentar la calidad de Observador Electoral en cualquier proceso electoral y gozar de los derechos y facilidades que dicha calidad otorga, es indispensables estar debidamente acreditado en ese sentido. Art. 8.- La solicitud de acreditación se hará por escrito, a través de documento oficial emitido por la institución, organismo o entidad a la que pertenece el observador que se pretenda acreditar, y deberá dirigirse oportunamente al Organismo Colegiado del Tribunal Supremo Electoral. Art. 9.- La solicitud de acreditación deberá contener, como información básica la siguiente: a) El objeto y las razones que la motivan; b) El plan por medio del cual se desarrollará la observación solicitada; c) La acreditación de la fuente de financiamiento de la observación;

27 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de d) La declaración por medio de la cual se exprese el compromiso de respeto y sujeción a este reglamento y todas las leyes vigentes de la República; e) La nómina de las personas cuya acreditación se solicita. A la solicitud deberá anexarse el formulario de inscripción, que será proporcionado por el TSE, debidamente completado por cada una de las personas que aparezcan en la referida nómina; así como los documentos que acrediten la calidad de representante o delegado de la institución, persona jurídica u organismo que suscribe la solicitud. Art El Tribunal Supremo Electoral, después de haber evaluado la solicitud antes mencionada y los documentos anexos, pronunciará resolución o acuerdo autorizando o denegando la acreditación, la cual será notificada al solicitante. El TSE al autorizar la solicitud, determinará la categoría, el número de observadores a quienes se autoriza la acreditación, y se ordenará que se emita la credencial respectiva. Art La credencial que emita el TSE a cada observador, contendrá los datos siguientes: a) Nombre y apellido del observador; b) Institución u organismo al que representa o pertenece; c) País de procedencia; d) Número y clase de documento personal de identidad; e) Foto del portador; f) Categoría del observador; g) Firma y sello de la Presidencia del TSE; Cada observador deberá exhibir en un lugar visible y en todo momento, durante sus actividades, la credencial que le fuere emitida. Estas credenciales son de carácter personal, para uso exclusivo del observador al que le fue emitida, y por lo tanto, son intransmisibles y sólo amparan a su legítimo tenedor. Art Solamente hasta que hayan obtenido su respectiva acreditación, los observadores tendrán derecho a que se les reconozca esta calidad, en la categoría correspondiente que este reglamento reconoce, y podrán gozar de las facilidades, derechos y prerrogativas establecidas en el presente reglamento. Art No podrán obtener la acreditación de observadores, los ciudadanos salvadoreños que no se encuentren en el pleno goce de sus derechos civiles y políticos, o que sean militantes activos de algún Partido Político o Coalición Contendiente. Art Los extranjeros que soliciten su acreditación como observadores, deberán cumplir previamente con los requisitos y trámites migratorios exigidos por las leyes de la República de El Salvador; caso contrario no serán acreditados. CAPITULO V DE LOS DERECHOS, FACILIDADES Y DEBERES DE LOS OBSERVADORES ELECTORALES E INVITADOS. SECCION A DE LOS DERECHOS Y FACILIDADES. Art Los Observadores Internacionales Oficiales invitados por el TSE, sin perjuicio de los derechos y facilidades establecidos en el artículo siguiente, tendrán el derecho de acceso a todas las instalaciones, dependencias y organismos electorales, relacionadas a la organización y ejecución del proceso electoral, tales como:

28 28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 a) Dirección de Organización Electoral; b) Centro Nacional de Procesamientos de Resultados Electorales; c) Dirección del Registro Electoral; d) Escrutinio Final. Art Los Observadores Electorales, tendrán los siguientes derechos y facilidades: a) Les será asignada una credencial, que les acredite como observador; b) Observación de las distintas fases de los procesos electorales, según el caso de que se trate; c) Acceso de comunicación con todos los Partidos Políticos o Coaliciones contendientes; d) Acceso a la información de los resultados de las elecciones emanada del Tribunal Supremo Electoral, en los términos que fija la ley, en las instalaciones del Centro de Divulgación de Resultados Electorales; e) Acceso a los Centros de Votación y a las Juntas Receptoras de Votos para observar la jornada electoral, desde la instalación de las mismas hasta el escrutinio practicado por éstas; f) Acceso a la información oficial emanada del Tribunal Supremo Electoral sobre el proceso electoral a observar; g) Recibir denuncias o quejas de cualquier ciudadano, entidad, partidos políticos o coaliciones contendientes; Art Los observadores nacionales al momento de emitir su voto, lo harán en el lugar que conforme a la ley les corresponde. Su condición de observador no lo hace acreedor de privilegio alguno como elector. SECCION B DE LOS DEBERES DE LOS OBSERVADORES ELECTORALES. Art Además de los deberes de imparcialidad, neutralidad y objetividad en el trato de la información que se espera de los observadores electorales, éstos deberán: a) Respetar la Constitución de la República y las leyes, así como los reglamentos, acuerdos y disposiciones emanadas del Tribunal Supremo Electoral. b) Portar en todo momento la credencial de identificación proporcionada por el TSE, la cual únicamente faculta para el ingreso a los Centros de Votación y observación del proceso, según el caso de que se trate. c) No hacer proselitismo de cualquier tipo, en favor de Partidos Políticos, Coaliciones contendientes o candidato alguno. d) No inducir el voto de los electores, haciendo manifestaciones, a favor o en contra de alguno de los Partidos Políticos o Coaliciones contendientes. e) Abstenerse de actuar en forma alguna que sea incompatible con su condición de observador, tales como: ofender, difamar o calumniar a las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos y/o candidatos. f) Presentar por escrito al Tribunal Supremo Electoral cualquier anomalía o queja que recibieren o detectaren durante la jornada electoral. g) No sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones, ni realizar actos que directa o indirectamente constituyan interferencia en el desarrollo de la jornada electoral. h) No declarar el triunfo de candidato o partido político alguno ni ofrecer resultados preliminares o definitivos, parciales o totales, o proyecciones sobre las votaciones, ni difundirlos públicamente antes de que el Tribunal Supremo Electoral haya decidido al respecto. i) Mantener su objetividad, ecuanimidad y profesionalismo en las manifestaciones de sus conclusiones y al formular sus recomendaciones. j) Abstenerse de la participación en situaciones de conflicto de intereses.

29 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de k) No intentar mediar, resolver, ordenar, opinar o discutir situaciones que pudiesen suscitarse en las Juntas Receptoras de Votos y/o Centros de Votación. l) No intervenir ni interrumpir la instalación, conformación y el trabajo de las Juntas Receptoras de Votos. m) Rendir un informe sobre el ejercicio de observación efectuado, el cual deberá presentarse al Organismo Colegiado del Tribunal Supremo Electoral. CAPITULO VI. DISPOSICIONES GENERALES. Art El TSE facilitará a los Observadores Electorales debidamente acreditados, el ejercicio de los derechos establecidos en el presente reglamento. Art El Tribunal Supremo Electoral cancelará la acreditación de los observadores electorales que hagan uso indebido de su acreditación o infrinjan alguna de sus obligaciones o prohibiciones establecidas en la Constitución, el Código Electoral y el presente reglamento, así como los acuerdos que emanen de Organismo Colegiado; previa resolución motivada que será notificada al observador, cuya acreditación se cancela y al organismo o institución a la que representa. Art Los diplomáticos acreditados en el país, en el ejercicio de sus funciones como observadores electorales, se regirán tanto por lo dispuesto en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, como por las disposiciones contempladas en el presente reglamento. Art Los observadores que representen a la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Unión Europea (UE), se regirán por los acuerdos suscritos entre el Estado de El Salvador y estos organismos en materia de privilegios e inmunidades, y lo establecido en las leyes de la República y el presente reglamento. Art Los Observadores Nacionales están sujetos, además del presente reglamento, al respeto de los acuerdos o convenios marco, en caso de que se hayan suscrito, con el TSE. Art El TSE suscribirá con la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos un convenio marco para facilitar, a esta última, el ejercicio de sus funciones constitucionales y legales durante las jornadas electorales. Art El presente Reglamento deroga expresamente cualquier otra disposición emitida sobre observación electoral. Art El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial. ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL FUE DEBIDAMENTE CONFRONTADO, Y PARA SER PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL, EXPIDO, FIRMO Y SELLO LA PRESENTE EN EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL: SAN SALVADOR, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO. DR. JOSE HERIBERTO ALVAYERO, SECRETARIO GENERAL. (Registro No. F035062)

30 30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 Su p e r i n t e n d e n c i a Ge n e r a l d e El e c t r i c i d a d y Te l e c o m u n i c a c i o n e s

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53 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de

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55 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de

56 56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

57 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de Alcaldías Municipales (Registro No. F034282)

58 58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 (Registro No. F034280)

59 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de

60 60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 (Registro No. F034279)

61 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO Artículo seis.- Objetivos específicos: COMUNAL PARA LA ADMINISTRACION DE AGUA EN LOS CASERIOS MATARA Y SAN JOSE, DEL CANTON RIO GRANDE. "ASOCIACIÓN DE AGUA DE LOS CASERIOS MATARA - SAN JOSE" CAPITULO PRIMERO Naturaleza, Denominación, Domicilio y Plazo. Artículo uno.- Constitúyese en los Caseríos Matara y San José, del Cantón Río Grande, Jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; la Asociación de Desarrollo Comunal para la Administración de Agua, de los Caseríos Matara y San José del Cantón Río Grande, que puede abreviarse "ASOCIACION DE AGUA DE LOS CASERIOS MATARA Y SAN JOSE" como una entidad apolítica, no gubernamental, no lucrativa, de utilidad pública, no religiosa y a la que en los presentes estatutos se denominará "La Asociación". Artículo dos.- La Asociación tendrá su domicilio legal en los Caseríos Matara y San José, del Cantón Río Grande, de la jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, y desarrollarán sus actividades en el mismo domicilio. Artículo tres.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido. Artículo cuatro.- La Asociación estará regida por la constitución de la República de El Salvador, Código Municipal, Estatutos, Leyes secundarias y Reglamento Interno. CAPITULO SEGUNDO FINES Y OBJETIVOS Artículo cinco.- Objetivos Generales: a) Manejar en forma eficiente y transparente el recurso hídrico de las aguas de las vertientes que abastecen las comunidades beneficiadas; otorgando a las personas asociadas el servicio de agua potable bajo las normas de calidad y sanidad establecidas y reconocidas por los estándares universales. b) Promover el manejo adecuado de las aguas residuales vertidas de los beneficiarios del agua mediante la realización de fosas de succión. c) Promover e implementar proyectos que beneficien y protejan los mantos acuíferos de la zona por medio de la reforestación de árboles maderables frutales propios de la zona. d) Promover capacitaciones educativas, culturales y técnicos con todos los beneficiarios del servicio del agua. a) Administrar, operar y mantener los recursos de la Asociación con honestidad, honradez y transparencia de forma eficiente y sostenible. b) Distribuir el servicio de agua potable a las personas asociadas, de acuerdo a la capacidad del sistema. c) Implementar en la comunidad que las aguas residuales vertidas y cuerpos receptores, sean infiltradas en el subsuelo, cumpliendo con las leyes de salud y medio ambiente. d) Gestionar financiamientos, donaciones ante las Instituciones cooperantes, organismos nacionales e internacionales y ONG, para las ampliaciones y mejoramientos para los recursos hídricos naturales y medio ambiente. e) Procurar la participación de la comunidades beneficiarias con el proyecto de agua potable en diferentes actividades, educativas, disciplinarias y concientización para beneficio en la comunidad f) Planificar y gestionar la adquisición de muebles e inmuebles, equipo, repuestos, accesorios, y materiales necesarios para reparaciones de la red y conectividad para el bien común. g) Gestionar y ejecutar toda clase de contratos y convenios que sean necesarios para el mejoramiento de los recursos hídricos naturales habientes en la zona. h) Implementar alianzas con otras organizaciones que operan los sistemas de agua potable a fin de fortalecer la capacidad. CAPITULO TERCERO DE LOS ASOCIADOS Artículo siete.- Requisitos para pertenecer a la Asociación: a) Firmar el acta de constitución de la Asociación. b) Las personas naturales que no firmaron el acta de constitución de la Asociación y que manifiesten su deseo de ser beneficiados del proyecto de agua potable, deberán presentar una solicitud a la junta directiva. c) Ser mayor de 18 años, de excelente reputación, honradez y estar gozando de sus derechos civiles como ciudadano. d) Estar de acuerdo en los contenidos de los Estatutos y reglamento interno, que la asamblea General y junta directiva los apruebe. Artículo ocho.- Los asociados podrán ser: fundadores, activos y honorarios. a) Asociados Fundadores son: todas las personas naturales que firmaran el Acta de Constitución y que han contribuido a la creación de la Asociación. b) Asociados Activos son: todas aquellas personas naturales que por su propia voluntad, presentan la solicitud del servicio de agua.

62 62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 c) Asociados Honorarios son: todas aquellas personas naturales o jurídicas, a quien la asamblea general a propuesta de la Junta Directiva les conceda tal distinción, por sus méritos, cualidades personales o por sus servicios prestados a la asociación para beneficio de las comunidades. b) Ser depurado por la Asamblea General por no asistir a las Asambleas Generales, por negligencia, e incumplimiento de acuerdos, violentar los estatutos y reglamento interno de la Asociación, perjudicar por cualquier medio el sistema de abastecimiento de agua. Artículo Nueve.- Son Derechos de los Asociados: a) Asistir a las Asambleas Generales, participar en forma activa con voz y voto y presentar propuestas en beneficio de todos los asociados. b) Elegir y ser electo para ocupar cargos directivos para la Asociación cumpliendo los requisitos que señalan los estatutos y reglamentos internos. c) Presentar mociones y denunciar ante la Junta Directiva en primera instancia, de cualquier anomalía en perjuicio de los asociados y posteriormente ante la asamblea general. d) Retirarse voluntariamente de la Asociación. e) Apelar ante la Junta Directiva a Asamblea General por decisiones de suspensión, expulsión no justificada. f) Solicitar en un mínimo no menos de una tercera parte de los Asociados legalmente inscritos para que se convoque a sesión de Asamblea General. g) El Asociado podrá ser representado por escrito por otro miembro de la Asociación. Artículo diez.- Son deberes de las personas asociadas: a) Asistir puntualmente a la hora y fecha indicada al lugar donde han sido convocados por la Junta Directiva para reuniones ordinarias y asambleas generales. b) Desempeñar eficientemente en los cargos al que fue electo. c) Ser puntual en los pagos por los servicios que le presta la Asociación. d) Cumplir y hacer cumplir los estatutos reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea general y Junta Directiva. e) Abstenerse de promover o divulgar propaganda política partidista, religiosa, racista o ser disociador dentro de la Asociación. f) Aceptar y cumplir los acuerdos tomados por la Asamblea General o Junta Directiva siempre y cuando no dañe intereses personales o colectivos. g) Participar en los proyectos o actividades que desarrolle la Asociación en beneficio de los recursos naturales y Medio Ambiente dando cumplimiento a las Leyes de la República. c) Obtener por medios fraudulentos beneficios en perjuicio de la Asociación, lucrarse con los fondos colectivos de la Asociación y no informar debidamente el manejo de los recursos de la Asociación. d) Por la pérdida de sus derechos civiles como ciudadano, por causa de muerte de la persona Asociada; en este caso podrá ser sustituida por otro miembro de la familia, quien presentará solicitud de ingreso a la Junta Directiva para su trámite respectivo e integrarse a la Asociación. CAPITULO CUARTO DE LA ASAMBLEA GENERAL Artículo doce.- La Asamblea General será la máxima autoridad de la Asociación. Y la Junta Directiva será la segunda instancia representativa de la Asociación. a) La junta directiva estará obligada a convocar a sus asociados en forma escrita y por medios publicitarios con 72 horas de anticipación, dando a conocer el lugar, la hora y fecha, donde se llevará a cabo la Asamblea General. b) El Quórum para celebrar Asamblea General será de dos terceras partes de los Asociados legalmente inscritos. Artículo trece.- La Asamblea General se reunirá en forma Ordinaria una vez al año y extraordinaria cuantas veces lo considere necesario. Artículo catorce.- Si por caso fortuito o fuerza mayor no se llevase a cabo Asamblea General en el día y hora señalada. Artículo quince.- Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir parcial o total a los miembros de la Junta Directiva por incumplimiento a los estatutos, acuerdos y Reglamentos Internos. b) La elección de la Junta Directiva se realizará con miembros presentes y representaciones, por el voto a mano alzada. c) Aprobar el plan de trabajo, proyectos y presupuesto anual en beneficio de la Asociación. d) Crear el reglamento interno de la Asociación. Artículo once.- Retiro de la calidad de asociados: a) Retiro voluntario manifestándolo por escrito a la Directiva o Asamblea General. e) La Asamblea General será la máxima autoridad para crear las cuotas para el mantenimiento sostenible del sistema del agua potable de acuerdo a los costos que ocasione, éstos pueden mantenerse o aumentarse.

63 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de f) Decidir sobre las ampliaciones o mejoras del sistema de agua potable. g) Aprobar o desaprobar el informe financiero de la Asociación. e) Gestionar financiamiento o donaciones a organismos financieros nacionales e internacionales con el fin de darle un buen mantenimiento de ampliación al sistema de agua potable. f) Adquirir bienes muebles e inmuebles necesarios para el funcionamiento eficiente del sistema. DE LA JUNTA DIRECTIVA Artículo dieciséis.- La Junta Directiva de la Asociación será la encargada de la administración, dirección e implementación de las actividades de la Asociación, estará integrada por diez personas Asociadas que desempeñarán los siguientes cargos: un presidente, un vicepresidente, un tesorero, un pro-tesorero un secretario, un pro-secretario, un síndico y tres vocales. Artículo diecisiete.- La Junta Directiva sesionará una vez al mes en sesión ordinaria; y cuantas veces sea necesaria extraordinariamente. Artículo dieciocho.- El Quórum necesario para que la junta directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus integrantes. Artículo diecinueve.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un período de dos años a partir de la constitución de los estatutos, pudiendo ser reelectos. Artículo veinte.- Para ser miembro de la junta directiva es requisito: a) Ser asociado fundador o activo de la asociación y estar solvente con la asociación. b) Ser Salvadoreño. c) Ser mayor de 18 años. d) Saber leer y escribir. e) Gozar de los derechos ciudadanos y de reconocida solvencia moral. f) No desempeñar cargos de elección pública. Artículo veintiuno.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Velar por el buen funcionamiento, administración del sistema de agua potable ejecutando acciones necesarias, conservación y mantenimiento del sistema. b) Cumplir y hacer cumplir los estatutos, reglamento interno, acuerdos y disposiciones que emana la Asamblea General y Junta Directiva. c) Administrar los fondos recaudados proveniente de las cuotas, aportaciones de los miembros, donaciones y otros recursos financieros provenientes de instituciones o particulares. d) Autorizar la compra de materiales accesorios pagos de reparaciones del sistema. g) Manejar las cuentas bancarias a nombre de la asociación y autorizar al presidente, tesorero y síndico para que firmen los documentos de la cuenta bancaria para efectos de cobro y remesas de cheques y orden de retiros que fueran necesarios, se requieran de las tres firmas mancomunadas de los documentos mencionados. h) Gestionar proyectos forestales para proteger la microcuenca de abastecimientos de agua potable. i) Recibir las solicitudes presentadas por los miembros y particulares para la adquisición de agua potable y darle su resolución de acuerdo a la factibilidad y capacidad del sistema del agua potable. j) Sancionar a cualquier asociado que falte o viole los artículos de los estatutos. k) Convocar a la Asamblea General a la hora y fecha indicada. l) En caso de muerte, renuncia, ausencia permanente por dos o más asociados en los órganos de dirección se convocará a una asamblea general extraordinaria para llenar las vacantes. m) Revisar periódicamente los gastos de acuerdo a los ingresos por el mantenimiento del servicio del agua e informarlo a la asamblea general para el conocimiento de los asociados y así tomar decisiones para el buen mantenimiento sostenible. n) Informar a la asamblea general el estado de cuentas por miembro para tomar las decisiones pertinentes. Artículo veintidós.- Son atribuciones del presidente: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la asociación. b) Presidir las asambleas generales, ordinarias y extraordinarias de la asociación y las sesiones de la Junta directiva. c) Velar por el fiel cumplimiento de los estatutos, reglamento interno, acuerdo y resoluciones de la asamblea general y junta directiva. d) Firmar juntamente con el tesorero y síndico las erogaciones, cheques, desembolsos y ordenar de retiro letras de cambio y otros documentos en actividades económicas y financieras de la asociación. e) Presentar memoria de labores de la Asociación, una vez al año a la asamblea general de asociados. f) Firmar convenios, contratos y demás documentos que requieran la firma del representante legal previo a aprobación de la junta directiva o asamblea general. g) Responder con honestidad las investigaciones necesarias juntamente con el síndico en caso de corrupción o malversación de fondos de la asociación.

64 64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 h) Desempeñar con eficiencia los deberes correspondientes a su cargo y los que por acuerdo designe la asamblea general y junta directiva. c) Efectuar erogaciones, pagos ocasionados por el mantenimiento del sistema del agua potable y otros gastos en beneficio de la asociación, emitir cheques o pagos en efectivo amparados a recibos o facturas respaldando los gastos. Artículo veintitrés.- Son atribuciones del vicepresidente: a) Colaborar con el presidente en el desempeño de sus funciones. b) Sustituir al presidente en caso de impedimento parcial o permanente, ausencia temporal, muerte, renuncia o remoción, hasta concluir el período para el cual fueron electos. c) Desempeñar eficientemente los cargos y actividades que le designe la asamblea general y junta directiva. d) Las demás funciones que le competen de acuerdo a su posición dentro de la Junta directiva. Artículo veinticuatro.- Atribuciones del secretario: a) Llevar registradas las actas en los libros respectivos, asamblea general, la junta directiva, registro de asociados y demás documentos. b) Llevar el libro de la membresía de todos los asociados. c) Recibir y enviar la correspondencia. d) Hacer y enviar las convocatorias a los asociados para las sesiones de asamblea general y junta directiva. e) Extender certificaciones y credenciales que fuesen solicitadas y que corresponden a intereses de la asociación. f) El secretario será el organismo de comunicación de la asociación. g) Dar lecturas a las actas correspondientes en las sesiones de asamblea general y junta directiva además de correspondencia enviada y recibida y demás documentación legal de la asociación. Artículo veinticinco.- Son atribuciones del prosecretario: a) Sustituir al secretario en caso de impedimento, ausencia temporal, muerte, renuncia, hasta concluir el período que fueron electos. b) Apoyar al secretario en el desarrollo de sus funciones. c) Colaborar con las actividades que la junta directiva le asigne. d) Llevar en forma eficiente al día los libros de caja y banco debidamente autorizados y sellados por la Alcaldía Municipal para el control de ingresos y egresos de los recursos financieros de la Asociación. Artículo veintisiete.- Son atribuciones del protesorero: a) Sustituir al tesorero en caso de impedimento, ausencia, muerte, renuncia o expulsión. b) Asumir las mismas atribuciones del tesorero en su cargo. Artículo veintiocho.- Son atribuciones del síndico: a) En caso de ausencia definitiva del presidente o vicepresidente, representará temporalmente judicial y extrajudicial a la asociación. b) Velar por el cumplimiento de los estatutos y reglamentos internos de la asociación. c) Velar porque el patrimonio físico y monetario, que sea manejado en forma eficiente. d) Anotar periódicamente y revisar cada mes los libros de caja y banco y caja chica si hubiere, informes cada reunión y asamblea general. e) Registrar su firma en las instituciones financieras seleccionadas para manejar los fondos de la asociación, conjuntamente con el presidente y tesorero. f) Darle el cumplimiento de los acuerdos y disposiciones de la asamblea general y junta directiva. g) Vigilar porque la contabilidad que esté actualizada y se lleve con exactitud y puntualidad los controles tanto de caja y banco como también del inventario general del patrimonio, muebles e inmuebles de la asociación. h) Informar a la junta directiva y a la asamblea general de irregularidades que se presentaren en todos los órganos de dirección de la Asociación. i) Vigilar e informar todo lo que demanda el reglamento interno y atribuciones de la junta directiva y asamblea general. Artículo veintinueve.- Son atribuciones de los vocales: Artículo veintiséis.- Son atribuciones del tesorero: a) Custodiar los fondos recaudados en concepto del cobro por el servicio presentado en el sistema de agua potable, cuotas sociales, donaciones, u otras actividades desarrolladas por la asociación. b) Depositar en las cuentas bancarias los fondos recaudados de las actividades de la asociación. a) Sustituir a los miembros de la junta directiva, en caso de ausencia temporal o definitiva, impedimento, muerte o renuncia en el orden en que fueron elegidos primero, segundo y tercero. b) Desempeñar las actividades y comisiones que les asigne la asamblea general y junta directiva. c) Asistir puntualmente a las reuniones de junta directiva y asamblea general con voz y voto.

65 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de por: CAPITULO QUINTO DEL FONDO PATRIMONIAL DE LA ASOCIACION Artículo treinta.- El patrimonio de la Asociación estará constituido a) El fondo inicial de aportaciones de los miembros fundadores. b) Las cuotas ordinarias fijadas por la asamblea general para el mantenimiento de sistema de agua potable. c) Donaciones, compra del nacimiento del agua potable y otras contribuciones por los asociados. d) Los ingresos de otras actividades lícitas. e) El patrimonio será administrado por la junta directiva conforme a los lineamientos dados por la Asamblea General. f) Son también parte del patrimonio de la Asociación, las construcciones de los tanques de recolección del sistema del agua potable y los tanques de distribución para la red del sistema del agua potable. CAPITULO SEXTO DE LA DISOLUCION Artículo treinta y uno.- Sólo podrá disolverse la asociación por disposición de asamblea general con un número de votos que represente más de las tres cuartas partes de los Asociados. Artículo treinta y dos.- a) Podrá disolverse la asociación por resolución judicial. b) Por falta de responsabilidad en administrar, operar y mantener el sistema del agua potable por mal uso que perjudican los asociados; por infringir los estatutos, reglamento interno y en contra de lo intereses de la Asociación. c) Por quiebra técnica, por no aportar la cuota para el mantenimiento del sistema del agua todos por igual. d) Los usuarios que pertenecen a la Asociación serán informados de la causa que existieron para la enajenación de los bienes, disolución o liquidación de la asociación. Artículo treinta y cuatro.- El acuerdo de disolución tomado de asamblea general deberá ser comunicado de forma escrita a la Alcaldía Municipal que otorgó la personería jurídica y ésta resolverá a la junta directiva dentro de treinta días a partir de haber recibido la notificación. Artículo treinta y cuatro.- El síndico y dos asociados más tendrán la obligación de remitir una certificación del acta donde se acuerda la disolución de la asociación una vez cumplida la liquidación, la comisión liquidadora remitirá a la Alcaldía Municipal los documentos correspondientes pertinentes y un informe detallado de su gestión. CAPITULO SEPTIMO DISPOSICIONES GENERALES Artículo treinta y cinco.- La junta directiva presentará la creación o las reformas de los estatutos a asamblea general para su aprobación; si éstos fueran aprobados y ratificados, se presentarán a la Alcaldía Municipal en un plazo no mayor de quince días. Después de haber sido analizados y aprobados por el Concejo Municipal se publicarán en el Diario Oficial y entrarán en vigencia después de su publicación. En El Cantón Río Grande, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil ocho. ACUERDO NUMERO DIECINUEVE. El Concejo Municipal en uso de sus facultades legales y Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal para la Administración de Agua de los Caseríos Matara y San José del Cantón Río Grande de esta jurisdicción, que se abrevia "Asociación de Agua de los Caseríos Matara y San José", compuesta de 35 artículos y no encontrándose en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al orden público ni a las buenas costumbres, de conformidad a los Artículos 119 y 30 numeral 23 del Código Municipal vigente, ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes y conferirles el carácter de Personería Jurídica.- Publíquese. Dado en la Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil ocho.- Artículo treinta y tres.- En caso de acordarse la disolución de la asociación, se establecerá una junta de liquidación compuesta por tres personas asociadas, dos representantes de la Alcaldía Municipal, y estará encabezada por el síndico de la asociación y demás miembros que integran la comisión. Si se ejecutara la disolución la comisión encargada cancelará todos los compromisos económicos adquiridos por la asociación y los bienes muebles e inmuebles y todo el patrimonio incluyendo infraestructura se transferirán a otra organización que se comprueben honestidad, capacidad y transparencia en el manejo administrativo de los recursos hídricos naturales, ambientales y de beneficio común colectivo. ING. JESUS EDGAR BONILLA NAVARRETE, ALCALDE MUNICIPAL. ROSALINA CUELLAR ECHEVERRIA, SECRETARIA MUNICIPAL. (Registro No. F034170)

66 66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 DECLARATORIA DE HERENCIA SECCION CARTELES OFICIALES MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las diez horas y treinta minutos de este día, se han declarado herederos definitivos con beneficio de inventario en la herencia intestada que a su defunción dejó el causante OSCAR RENE HERNÁNDEZ LÓPEZ, ocurrida el día treinta de septiembre del año dos mil seis, en la ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán; siendo su último domicilio El Carmen, de este mismo Departamento; a los señores JOSEFA HERNÁNDEZ DE HERNÁNDEZ, conocida por JOSEFA HERNÁNDEZ CHÁVEZ, ésta por sí y en representación de sus menores hijos FÁTIMA YAMILETH, y OSCAR ALEXANDER, ambos de apellidos HERNÁNDEZ HER- NÁNDEZ; FLORENCIA LÓPEZ DE HERNÁNDEZ, y LORENZO HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, la primera en calidad de cónyuge sobreviviente y en representación de los menores antes mencionados y los dos últimos en calidad de padres del referido causante; Habiéndoseles conferido a los herederos declarados la administración y representación definitiva de la sucesión.- Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas y treinta y cinco minutos del día treinta y uno de octubre del año dos mil ocho.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSÉ ORLANDO BELTRAN MEJÍA, De Primera Publicación Of. 1 v. No LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO. HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y cuarenta minutos del día dos de julio de dos mil ocho, se han declarado definitivamente herederos con beneficio de inventario de la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejó la causante señora ISABEL RAMÍREZ o ISABEL RAMÍREZ DE ARGUETA, quien falleció en colonia Santa Lucía número Dos, pasaje dos casa número setenta y dos de esta ciudad, a las veinte horas del día seis de marzo de mil novecientos noventa y ocho, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de JU- LIA ELIZABETH MARTÍNEZ CHINCHILLA o JULIA ELIZABETH MARTÍNEZ DE ARGUETA ahora JULIA ELIZABETH MARTÍNEZ viuda DE ARGUETA y LUIS ANTONIO ARGUETA RAMÍREZ, la primera por derecho de transmisión de los derechos que le correspondían al señor José Luis Argueta como cónyuge de la causante y el segundo como hijo de la causante.-. Confiérese a los herederos declarados antes mencionados la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las diez horas del día dos de julio de dos mil ocho.- Lic. JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. LILIAN ESTELA HERNÁNDEZ AGUIRRE, SECRETARIA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día diecisiete de Octubre del corriente año, se han declarado herederos abintestato con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó la señora MARÍA ISABEL TREJO, conocida por MARÍA ISABEL TREJO TAMAYO, quien fue de cincuenta y tres años de edad, soltera, panificadora, salvadoreña, fallecida el día cinco de Julio del año dos mil, en el Hospital Pro-Familia de la ciudad de San Salvador, siendo la ciudad de San Vicente, de este Departamento, lugar de su último domicilio, a los señores JESÚS ANTONIO ALVARENGA TREJO y RENÉ WALBERTO ALVARENGA TREJO; en concepto de hijos de la causante, y se le ha conferido a los herederos declarados la administración y representación definitivas de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diecisiete días del mes de Octubre del año dos mil ocho. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, ACEPTACIÓN DE HERENCIA Of. 1 v. No EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO. HACE SABER: Al público para efectos de ley que por resolución de este Juzgado de las quince horas del día veintiuno de octubre de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor: HERNÁN PALACIOS, la herencia intestada dejada por el causante señor: LENIN VLADIMIR PALACIOS GÓMEZ, quien falleció el día veintinueve de octubre de dos mil siete, a los veintidós años de edad, soltero, quien falleció en esta ciudad siendo ésta su último domicilio, aceptación que hace el señor HERNÁN PALACIOS en su calidad de padre del referido causante. Y SE LE HA CONFERIDO al aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Salvador, a las doce horas del día veintisiete de octubre de dos mil ocho. Dr. SALVADOR CANO GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES DE ALAS, SECRETARIA. Of. 1 v. No Of. 3 v. alt. No

67 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este tribunal a las once horas veintiún minutos del día ocho de septiembre de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores GILBERTO VÁSQUEZ MÉNDEZ, ROSA ANABEL VÁSQUEZ, conocida por ROSA ANABEL VÁSQUEZ MÉNDEZ y ANA EDITH VÁSQUEZ MÉNDEZ, la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor ALBERTO MÉNDEZ, quien falleció el día veintiséis de diciembre de mil novecientos ochenta y uno, en el Cantón Los Palones, jurisdicción de Panchimalco, siendo esta ciudad su último domicilio; en concepto de hijos del de cujus; Confiéresele a los aceptantes la administración y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente. Y CITA: A los que se crean con derecho a la expresada herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera publicación de este edicto. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las doce horas cinco minutos del día ocho de septiembre de dos mil ocho. Dra. INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTERINA. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, Of. 3 v. alt. No LICENCIADA MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día diez de noviembre del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor VICENTE MEJÍA ARAGÓN, fallecido el día treinta de diciembre del año de dos mil seis, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de la señora FRANCISCA MIRIAM PINEDA DE MEJÍA, como cónyuge sobreviviente y se ha conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil ocho.- Licda. MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, sobreviviente del causante, y como cesionaria del derecho hereditario que correspondía a los señores María Delfina Sibrián de Delgado, Daysi del Carmen Sibrián Alas, José Adrián Sibrián Alas, María Ana Edyht Sibrián Alas, María Carmen Sibrián de Lemus conocida por María Carmen Sibrián y por María del Carmen Sibrián de Lemus y José Agustín Sibrián Alas, de la herencia intestada que a su defunción dejó José Adrián Sibrián Escobar conocido por José Adrián Sibrián y Adrián Sibrián, quien fue de cincuenta y ocho años de edad, casado, originario de Suchitoto, del domicilio de San Martín, hijo de Matilde Escobar y Froilán Sibrián, de nacionalidad salvadoreña, falleció el día dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y seis. Confiérese a la aceptante la representación y administración INTERINA de la herencia, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas del día veintidós de abril de dos mil ocho. Lic. CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA. EDICTO DE EMPLAZAMIENTO EDICTO DE EMPLAZAMIENTO Of. 3 v. alt. No Los infrascritos Jueces y Secretaria de Actuaciones de la Cámara Primera de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la Ley de esta Institución, EMPLAZAN a los presuntos herederos del señor Juan José Jaime Portal, para que dentro del término de cinco días hábiles posteriores a la publicación de este edicto comparezcan personalmente o por medio de su Representante a manifestar su derecho de defensa en el Juicio de Cuentas No. C. I , que se sigue en su contra en esta Cámara, por su actuación como Vice-Presidente del Consejo Directivo, en la Caja Mutual del Abogado de El Salvador, (CAMUDASAL), durante el período del uno de enero al treinta y uno de diciembre del dos mil seis. Dicho Juicio tiene como base legal el Pliego de Reparos No. C. I , por la cantidad de Siete mil quinientos sesenta y dos dólares de los Estados Unidos de América con cuarenta y dos centavos ($7,562.42), cantidad que corresponde al valor de la responsabilidad patrimonial. Y con responsabilidad Administrativa sujeta a una multa de conformidad al Art.107 de la Ley de la Corte de Cuentas de la República. Librado en la Cámara Primera de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, San Salvador, a las nueve horas cincuenta minutos del día dieciocho de noviembre del dos mil ocho.- Of. 3 v. alt. No CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día veintidós de abril de este año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora María Alberta Alas viuda de Sibrián conocida por María Berta Alas, en calidad de cónyuge Lic. FRANCISCO IGNACIO SÁNCHEZ, Licda. TERESA E. GUZMÁN DE CHÁVEZ, JUECES DE CÁMARA DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA. AMELIA IVETH SANDOVAL, SECRETARIA DE ACTUACIONES INTERINA. Of. 1 v. No. 1157

68 68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 De Segunda Publicación ACEPTACIÓN DE HERENCIA LICENCIADA AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.- EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado de las ocho horas cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada y con beneficio de inventario de parte de los señores JOSÉ LUIS MENDOZA TEJADA y OSCAR ARMANDO MENDOZA TEJADA, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por la señora FRANCISCA MARGARITA TEJADA ZEPEDA, fallecida en Ciudad Arce, departamento de La Libertad, el doce de Marzo del año dos mil cinco, siendo esta Ciudad su último domicilio, en calidad de hijos de la causante, por medio de su Agente Auxiliar Licenciado RAFAEL ANTONIO LÓPEZ DAVILA; confiriéndosele a los aceptantes en el concepto indicado la administración y representación interinas de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente, ordenándose a la vez se citen a las personas que se crean con derecho a la sucesión para que se presenten a deducirla dentro de los quince días subsiguientes a este edicto. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico, a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del día dieciséis de septiembre del año dos mil ocho. Lic. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, ACEPTACIÓN DE HERENCIA Of. 3 v. alt. No VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA.- HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las nueve horas y tres minutos del día diez de noviembre del presente año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor SANTOS AMADEO BENITEZ HERNÁNDEZ, quien fue de treinta y cuatro años de edad, Estudiante, Soltero, fallecido en San Salvador, el día veintisiete de octubre del año dos mil siete; siendo la ciudad de Apopa su último domicilio; de parte de la señora AMELIA HERNÁNDEZ conocida por AMELIA HERNÁNDEZ viuda DE BENITEZ y por AMELIA HERNÁNDEZ DE BENITEZ, de sesenta y cinco años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de Apopa; y del menor RODRIGO ALBERTO BENITEZ GARCÍA, de tres años de edad, de este domicilio; en calidad de Madre e hijo del Causante, respectivamente.- De Tercera Publicación HACE SABER: Que por resolución dictada en este tribunal, a las doce horas quince minutos del día doce de noviembre de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el señor JOSÉ MATIAS FUENTES o JOSÉ MATIAS FUENTES GARCÍA, quien fue de cincuenta y dos años de edad, empleado, casado, originario de Teotepeque y del domicilio de la ciudad de Quezaltepeque, siendo éste su último domicilio, fallecido el día veintiocho de junio de dos mil siete; de parte de los señores ADELA HERNÁNDEZ RODEZNO o ADELA HERNÁNDEZ DE FUENTES, YENY ROXANA FUENTES HERNÁNDEZ o YENY ROXANA FUENTES DE GONZÁLEZ, WILLSER ADALBERTO FUENTES HERNÁNDEZ y REINA STEFANI FUENTES HERNÁN- DEZ, en su concepto de esposa la primera, y los restantes en su concepto de hijos, a quienes se les ha conferido la administración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce horas cuarenta minutos del día doce de noviembre de dos mil ocho.- Licda. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL. Lic. JOSÉ ELEAZAR CARDONA GUEVARA, - Of. 3 v. Alt. No Y se les confirió a los aceptantes en el carácter indicado, la Administración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente; debiendo el menor RODRIGO ALBERTO BENITEZ GARCÍA, ejercer sus derechos a través de su Representante Legal, señora ROSA VILMA GARCÍA ASENCIO.- Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.- Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y diecisiete minutos del día diez de noviembre del año dos mil ocho.- Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSÉ DULEY CERNA FERNÁNDEZ, Of. 3 v. alt. No

69 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de SECCION CARTELES PAGADOS De Primera Publicación 69 DECLARATORIA DE HERENCIA herederos declarados, en el carácter antes indicado, la Administración y Representación Definitivas de la Sucesión. LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y cuarenta minutos del día veintiocho de julio de este año, se ha declarado a los menores CORDELIA EMPERATRIZ CORTES ORELLANA y LUIS FERNANDO CORTES ORELLANA, herederos beneficiarios e intestados de los bienes dejados por JOSE LUIS CORTES LOPEZ o JOSE LUIS CORTES, fallecido el diecinueve de mayo del dos mil siete, en la Lotificación San Rafael Obrajuelo, de la Jurisdicción de San Rafael Obrajuelo, su último domicilio, en concepto de hijos del causante. Confiérese a los herederos que se declaran, en el carácter anteriormente mencionado, la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión. JOSÉ GREGORIO PARADA HERNÁNDEZ, Notario, de este domicilio, JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, once de agosto de dos mil ocho. Enmendados-CORTES-Vale.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETA- RIO. HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, a las nueve horas del día cinco de octubre de dos mil ocho, se 1 v. No. C MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL. AVISA: Que por resolución de las nueve horas y quince minutos del día ocho de agosto del dos mil ocho, se han declarado herederos expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor GILBERTO JUAREZ GONZALEZ, quien falleció a las diecinueve horas cuarenta y ocho minutos del día veintiocho de mayo del dos mil siete, en la ciudad de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, a los señores ROBERTO ANTONIO LOPEZ, RUTH TERESA LOPEZ, MILAGRO ARGENTINA LOPEZ, FRANKLIN MARVIN JUAREZ AMAYA, SILVANA JASMIN JUAREZ AMAYA, conocida por SILVANA JASMIN AMAYA DE GUEVARA, JHUSY GILBERTO JUAREZ AMAYA, conocido por JUSI GILBERTO JUAREZ AMAYA, MILTON PUBLIO JUAREZ AMAYA, conocido por MILTON PULIO JUAREZ AMAYA en calidad de herederos Testamentarios del causante y se les ha conferido a los Ley. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas y dieciséis minutos del día ocho de agosto de dos mil ocho.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUN- DO DE LO CIVIL.- LICENCIADA MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA. 1 v. No. C con oficina ubicada en Sexta Calle Oriente y Segunda Avenida Norte, número dieciocho, Barrio San Carlos de esta ciudad. ha declarado HEREDERA DEFINITIVA a la señora VIRGINIA ES- PERANZA GARAY ARAUJO, de treinta y nueve años de edad, ama de casa, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero dos cuatro cinco cero cuatro cero uno- ocho; en su concepto de hija y cesionaria del causante JOSÉ FRANCISCO GARAY, quien falleció el día dieciocho de agosto de dos mil siete, en esta ciudad, siendo éste su último domicilio; habiéndole conferido la REPRESENTACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEFINITIVA de la referida Sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en la oficina del Notario JOSÉ GREGORIO PARADA HERNÁNDEZ, en la ciudad de El Tránsito, San Miguel, a las ocho horas del día seis del mes de octubre de dos mil ocho. LIC. JOSÉ GREGORIO PARADA HERNÁNDEZ, NOTARIO. 1 v. No. C026322

70 70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 JOSÉ GREGORIO PARADA HERNÁNDEZ, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Sexta Calle Oriente y Segunda Avenida Norte, número dieciocho, Barrio San Carlos de esta ciudad. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN- TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, a las diez horas del día tres de octubre de dos mil ocho, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA a la señora ELVIA ARGENTINA VASQUEZ LARREYNAGA, de treinta y un años de edad, Profesora, de este domicilio con Documento Único de Identidad Número cero uno cero nueve siete tres nueve tres-ocho; en su concepto de hija y cesionaria de la causante, en los bienes que a su defunción dejara la causante ANA PAULA LARREINAGA conocida por ANA PAULA LARREYNAGA y por ANA PAULA LAREINAGA DE PARADA, quien falleció el día siete de abril del año dos mil ocho, en esta ciudad, siendo éste su último domicilio, habiéndole conferido la REPRESENTACIÓN Y ADMINIS- TRACIÓN DEFINITIVA de la referida Sucesión. Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley. Librado en la oficina del Notario JOSÉ GREGORIO PARADA HERNÁNDEZ, en la ciudad de El Tránsito, San Miguel, a las quince horas del día seis de octubre de dos mil ocho. LIC. JOSÉ GREGORIO PARADA HERNÁNDEZ, NOTARIO. 1 v. No. C LICENCIADA AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las once horas del día dieciséis de octubre de dos mil ocho, se ha declarado heredero definitivo abintestato con beneficio de inventario de los bienes dejados a su defunción por el señor CARLOS ABDON CANJURA, quien fue de sesenta y cinco años de edad, soltero, Contador Público, originario de Apopa y del domicilio de Aguilares, siendo ese su último domicilio, fallecido el día veintitrés de febrero de mil novecientos noventa y seis; a la señora, CLAUDIA SUSANA URQUIA DE PERLA, en su concepto de hija del causante, a quien se le ha conferido la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las once horas y veinte minutos del día dieciséis de octubre de dos mil ocho.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. JOSÉ ELEAZAR CARDONA GUEVARA, 1 v. No. F AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las doce horas con treinta minutos de este día, se ha declarado heredero abintestato y con beneficio de inventario de la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día dieciséis de septiembre de mil novecientos cincuenta y cuatro, en el Cantón El Caracol, Jurisdicción de Ciudad Victoria, Departamento de Cabañas, siendo el Cantón Rojas, Jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, su último domicilio: dejó el señor SIMON MENDEZ, quien fue de setenta y cuatro años de edad, casado, agricultor, hijo de Nicolás Méndez y Jacinta Mejía, originario del Cantón El Caracol, Jurisdicción de Ciudad Victoria, Departamento de Cabañas; al señor AUGUSTO AUXEL MENDEZ MENDEZ, en calidad de hijo del causante representado por el Licenciado ORLANDO ANTONIO ORELLANA CORTEZ, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial. Habiéndosele conferido al heredero la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión. Lo que avisa al público para los demás efectos de Ley. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque a los veintidós días del mes de octubre de dos mil ocho.- LIC. JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, 1 v. No. F LUZ DE MARÍA CHICAS HERNÁNDEZ, Notario, de este domicilio, con oficina jurídica situada en Sexta Avenida Sur, entre Séptima y Novena Calle Poniente, casa número veinticuatro, del Barrio San Sebastián, de la ciudad de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, al público. HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las once horas del día veintisiete de octubre de dos mil ocho, se ha declarado al señor CARLOS ARMANDO RODRIGUEZ, HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes que a su defunción ocurrida en el Barrio San Antonio, de la ciudad de Santa Ana, el día veintisiete de noviembre de dos mil siete, siendo su último domicilio el Barrio San Antonio, de la ciudad de Santa Ana, dejara la señora JUANA HORTENSIA RAMOS DE MONROY, en su concepto de cesionario de los derechos hereditarios que en dicha mortual le correspondían a los señores FERNANDO y JOSÉ LUIS ambos de apellidos MONROY RAMOS, hijos sobrevivientes de la causante, habiéndole concedido la Representación y Administración Definitiva, de la referida Sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

71 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de Librado en la ciudad de Chalchuapa, el día veintisiete de octubre de dos mil ocho. LUZ DE MARÍA CHICAS HERNÁNDEZ, NOTARIO. PÉREZ LÓPEZ, quien fue de treinta y seis años de edad, soltera, hija de los señores JULIO CÉSAR PÉREZ o JULIO CÉSAR PÉREZ MARTÍ- NEZ y ROSARIO LÓPEZ, de nacionalidad salvadoreña, y cuyo último domicilio fue Soyapango, a los señores RAFAEL ERNESTO GIL PÉREZ y ALBA BEATRIZ HERNÁNDEZ PÉREZ, en su concepto de hijos de la causante, y a la señora ROSARIO LÓPEZ, representada legalmente por su Curador Especial señor RAFAEL ERNESTO GIL PÉREZ. 1 v. No. F DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas cincuenta y un minutos del día dieciséis de septiembre del año dos mil ocho, se ha declarado heredera definitiva, abintestato con beneficio de inventario a la señora FLORINDA MARGARITA GONZALEZ CORADO, en su calidad de hija del causante señor JUAN FRANCISCO GONZALEZ GOMEZ, fallecido a las veinte horas del día diecinueve de abril de dos mil siete, en el Caserío Cuesta El Gavilán, Cantón San Juan, del Municipio de Tacuba, su último domicilio. La Administración Definitiva de la Sucesión, se conferirá a la heredera declarada cuando rinda fianza suficiente para garantizar el derecho o cuota que en la Sucesión les corresponde a los señores ILDEFONZA GONZALEZ, CHIDA ESPERANZA, VICTORINA EUGENIA, NEL- VIA MARIZA, VIDIO FRANCISCO y JUAN FRANCISCO, todos de apellidos GONZALEZ CORADO, de conformidad al Art Inciso 3 del Código Civil. Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de Ley. JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas dieciocho minutos del día veinticuatro de octubre del año dos mil ocho.- DR. JU- LIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO CASTELLÓN, 1 v. No. F Confiérese a los herederos declarados la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión. Ley. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas cincuenta minutos del día veintinueve de septiembre de dos mil ocho.- DR. ROMEO EDGARD PINO MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTO.- LIC. MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA. 1 v. No. F LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO. HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y veinte minutos del día dos de octubre del presente año, se han declarado definitivamente herederos con beneficio de inventario de la herencia intestada de los bienes que dejó el causante señor WALTER ANTONIO BONILLA, quien falleció en Hospital Médico Quirúrgico, del Seguro Social de la ciudad de San Salvador, a las veintidós horas con veinte minutos del día ocho de junio de dos mil siete, siendo esta ciudad su último domicilio, a la señora JUDITH EDELIA RIVERA DE BONILLA conocida por JUDITH EDELIA RIVERA TORRES, y los menores DIEGO ANTONIO e IRMA SOFIA ambos de apellidos BONILLA RIVERA la primera como cónyuge sobreviviente y los menores como hijos del causante, debiendo ejercerla éstos últimos por medio de su Representante Legal señora JUDITH EDELIA RIVERA DE BONILLA conocida por JUDITH EDELIA RIVERA TORRES. DR. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las doce horas quince minutos de este día, se ha declarado HEREDEROS DEFI- NITIVOS y con beneficio de inventario de la HERENCIA INTESTADA de los bienes que a su defunción, acaecida el día cinco de febrero de mil novecientos noventa y siete, dejó la causante señora ALBA GLORIA Confiérase a los herederos declarados antes mencionados la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horas y treinta minutos del día dos de octubre de dos mil ocho.- LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNÁNDEZ, SECRETARIA. 1 v. No. F034140

72 72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 JUAN FRANCISCO HERNANDEZ MOLINA, Notario de este domicilio, con Oficina en 19 Calle Poniente 325 de esta ciudad, al público. HACE SABER: Que por acta de las trece horas del día quince de este mes; he declarado Heredero Definitivo con Beneficio de Inventario, de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el diecinueve de mayo de dos mil siete en esta ciudad, dejó MARIA ANA SANCHEZ, conocida por María Sánchez, con último domicilio en Soyapango; a BENIGNO ENRIQUE VELA SANCHEZ, como cesionario de los derechos que correspondían a Rosa Vilma Vela de Cruz, Lucía Guadalupe Vela de Villegas y Ana Luz Sánchez Vela, hijas de la de cujus; confiriéndole la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión. San Salvador, quince de noviembre de dos mil ocho. JUAN FRANCISCO HERNANDEZ MOLINA, NOTARIO. 1 v. No. F LIC. ANA MERCEDES PEREZ DE HENRIQUEZ, NOTARIA. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INS- TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. 1 v. No. F AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las doce horas treinta minutos de este día, se ha declarado heredera Definitiva y con Beneficio de Inventario a la señora ROSA EMILIA SEGURA BATRES, de la herencia intestada dejada a su defunción por el señor EULALIO ELÍAS RECINOS o EULALIO ELÍAS, de setenta y cinco años de edad, casado, Tractorista, quien falleció a las diecisiete horas veinte minutos del día veintidós de octubre de dos mil tres, en el Hospital San Rafael de la Ciudad de Santa Tecla, siendo Ciudad Arce su último domicilio, en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor, NELSON OSWALDO ELÍAS BATRES o NELSON a las diez horas del día treinta de Julio de dos mil ocho, se ha declarado OSWALDO BATRES ELÍAS, en calidad de hijo del causante. Confiérese a la declarada heredera en el concepto indicado la administración y representación definitivas de la indicada sucesión. Lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de noviembre de dos mil ocho.- LICDO. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, 1 v. No. F ANA MERCEDES PEREZ DE HENRIQUEZ, Notaria, de este domicilio, con oficina ubicada en Avenida Rotterdam, número cien-a, Reparto Miralvalle, de esta ciudad, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas del día cinco de noviembre del año dos mil ocho, se ha declarado heredera definitiva abintestato, con beneficio de inventario, a la señora Rhina América Alvarez Coto, conocida por Rhina América Alvarez de Martínez, en la herencia dejada a su defunción por el señor Manuel Enrique Alvarez Guzmán, conocido por Manuel Enrique Alvarez y Manuel Enrique Albarez Guzmán, quien fuera de ochenta y siete años de edad, carpintero, originario de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, ocurrida el día diecisiete de agosto del año dos mil, en esta ciudad, su último domicilio, en concepto de hija del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios, que correspondían a los señores Luisa Hena Coto de Alvarez, conocida por Luisa Ena Coto de Alvarez y Luisa Ena Coto; y Manuel Reynaldo Alvarez. En consecuencia se ha concedido a dicha heredera la representación y administración definitivas de la sucesión. San Salvador, veintitrés de noviembre del año dos mil ocho. ISMAEL ALONSO MORAN ASCENCIO, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Primera Avenida Sur y Tercera Calle Oriente, local número cinco, de esta ciudad, HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a la señora ANGELA DE JESUS RAMIREZ DE ZALDAÑA, heredera definitiva con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción en esta ciudad, su último domicilio, el día cinco de Diciembre de dos mil cuatro, a las once horas cincuenta minutos en el Hospital San Juan de Dios, de esta ciudad, dejara la señora CANDELARIA CUELLAR DE RAMIREZ, en su concepto de hija sobreviviente de la causante y como cesionaria de los derechos que le corresponderían a su padre JOSE INES RAMIREZ FLORES conocido por JOSE INES RAMIREZ y a sus hermanos TERESA FRANCISCA RAMIREZ CUELLAR, JOSE BENITO RAMIREZ CUELLAR, y GLADYS A. LÓPEZ; habiéndosele concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión.

73 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de Por lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en Santa Ana, a los veinte días del mes de Agosto de dos mil ocho. ISMAEL ALONSO MORAN ASCENCIO, NOTARIO. 1 v. No. F ISMAEL ALONSO MORAN ASCENCIO, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Primera Avenida Sur y Tercera Calle Oriente, local número cinco, de esta ciudad, HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las siete horas del día veintiuno de Noviembre de dos mil ocho, se ha declarado a la señora CARMEN LEMUS DE RIVERA, heredera definitiva con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción en esta ciudad, su último domicilio, el día nueve de Mayo de dos mil seis, a las siete horas cincuenta y cinco minutos en el Hospital San Juan de Dios, de esta ciudad, dejara la señora JADELINA FLORES MARTINEZ conocida por FADELINA FLORES, FIDELINA FLORES y JADE- ALBERTO RODRIGUEZ, LINA FLORES, en su concepto de hija sobreviviente de la causante; habiéndosele concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión. 1 v. No. F Por lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en Santa Ana, a los veintidós días del mes de Noviembre de dos mil ocho. LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO. ISMAEL ALONSO MORAN ASCENCIO, NOTARIO. BARAHONA SANCHEZ o ERNESTINA BARAHONA, MARIA VICTORIA BARAHONA DE MENA conocida por MARIA VICTORIA SANCHEZ, ROSA DILMA BARAHONA SANCHEZ o ROSA DILMA BARAHONA, ISMAEL BARAHONA SANCHEZ, JOSE VALENTIN BARAHONA SANCHEZ o JOSE VALENTIN BARAHONA, JAIME BARAHONA SANCHEZ o JAIME BARAHONA y EVA MARIA BARAHONA SANCHEZ o EVA MARIA BARAHONA, herederos beneficiarios e intestados en la sucesión del causante señor ISMAEL BARAHONA o ISMAEL BARAHONA ALDANA, quien falleció el día catorce de agosto de mil novecientos noventa y siete, en el Barrio El Centro de la jurisdicción de Mercedes La Ceiba, su último domicilio; en concepto de hijos del causante. Los herederos declarados tienen la administración y representación definitivas de la sucesión, juntamente con MARIA DEL CARMEN SANCHEZ DE BARAHONA y MARIA ESPERANZA MOLINA, quienes fueron declaradas como tales, la primera por resolución del Notario José Aníbal Jiménez, de fecha veintidós de abril de mil novecientos noventa y nueve, según consta en la certificación extendida por el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de esta Sección; y la segunda por resolución de este juzgado, de fecha cinco de marzo de dos mil cuatro. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, once de octubre de dos mil ocho.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE AVISA: Que por resolución de catorce horas y cincuenta y nueve minutos del día once de noviembre del año dos mil ocho, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA con beneficio de inventario de la 1 v. No. F herencia intestada que a su defunción dejó el causante JOSE ANTONIO HERNANDEZ BOLIVAR, quien fue de veintiocho años de edad, Soltero, Empleado, fallecido el día nueve de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, siendo éste su último domicilio, de parte de la señora DR. LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, NORBERTA PLEITEZ DE ALVARADO, como cesionaria de los derechos que le correspondían a la señora ANA FIDELIA HERNANDEZ al público para los efectos de ley; HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado BOLIVAR, en calidad de hermana del causante. Confiriéndosele la a los señores MARIA DELIA BARAHONA DE ROMERO o MARIA administración y representación definitiva de la sucesión. DELIA BARAHONA SANCHEZ, LUZ MARIA BARAHONA DE AREVALO conocida por LUZ BARAHONA SANCHEZ, LUZ MA- Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de RIA BARAHONA SANCHEZ, y por LUZ SANCHEZ; ERNESTINA Ley.

74 74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las quince horas y dos minutos del día once de noviembre del año dos mil ocho.- LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA. 1 v. No. F VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA, AVISA: Que por resolución pronunciada a las doce horas treinta y tres minutos del día trece de noviembre del año dos mil ocho, se DE- CLARO HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO CON BENE- FICIO DE INVENTARIO a los menores: JAIME VLADIMIR PEREZ QUINTANILLA y CLAUDIA PATRICIA PEREZ QUINTANILLA, de catorce y dieciséis años de edad, respectivamente, ambos estudiantes y de este domicilio; y a la señora BLANCA ELIZABETH QUINTANILLA conocida por MACARIA NAVAS, y al señor MOISES BENJAMIN PEREZ QUINTANILLA, en calidad de Madre e hijo del Causante, respectivamente; de la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor MAXIMO PEREZ NAVAS, quien fue de cincuenta y cuatro años de edad, Casado, Empleado, hijo de IGNACIO PEREZ y MACARIA NAVAS, fallecido el día quince de agosto del año dos mil siete; siendo la Ciudad de Apopa el lugar de su último domicilio.- Y se le confirió a los Herederos Declarados en el carácter indicado, la Administración y Representación Definitiva de los bienes de la Sucesión; debiendo los menores: JAIME VLADIMIR y CLAUDIA PATRICIA ambos de apellidos PEREZ QUINTANILLA, ejercer sus derechos de agosto del dos mil ocho, siendo su último domicilio la jurisdicción a través de su Representante Legal, señora BLANCA ELIZABETH QUINTANILLA DE PEREZ, hoy VIUDA DE PEREZ.- JOSE HERBER RAUDA FIGUEROA, Notario con Oficina Jurídica en la Cuarta Avenida Norte de esta Ciudad, al público, AVISA: Que por resolución pronunciada ante mis Oficios Notariales a las nueve horas del día catorce de Noviembre corriente, fue declarado heredero expresamente y con beneficio de Inventario al señor Alberto Mejía, de la herencia intestada que al fallecer a las seis horas del día primero de Marzo de mil novecientos noventa y nueve, en el cantón Santa Rosita, Jurisdicción de El Sauce, su último domicilio, dejó la señora Patrocinia Mejía, de parte del señor Alberto Mejía en concepto de hijo de la causante. Se le ha conferido al aceptante en el carácter dicho la administración y representación definitiva de los bienes de la indicada sucesión. Librado en la ciudad de Santa Rosa de Lima, a los veinte días del mes de Noviembre del dos mil ocho. Enmendado-Patrocinia-vale. LIC. JOSE HERBER RAUDA FIGUEROA, NOTARIO. DE PEREZ, hoy VIUDA DE PEREZ, de treinta y siete años de edad, 1 v. No. F Ama de Casa, de este domicilio; en calidad de hijos, y Cónyuge Sobreviviente del de Cujus, y además esta última como Cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían en la presente Sucesión, a la señora MACARIA NAVAS ARDON hoy VIUDA DE PEREZ, ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON, Notario, del domicilio de la Ciudad de Sonsonate, con oficina ubicada en Calle Alberto Masferrer Oriente, Casa número cuatro-uno A, contiguo a Funeraria La Auxiliadora, de la Ciudad de Sonsonate, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día veintiuno de noviembre del año dos mil ocho, se ha declarado a la señora MARIA GUADALUPE LOPEZ DE MIRANDA, HEREDERA DEFINITIVA con Beneficio de Inventario en su calidad de cónyuge sobreviviente del Causante MARCO TULIO MIRANDA NAVARRO, fallecido en el Parqueo Frente al Instituto de Medicina Legal de la ciudad de Sonsonate, a las quince horas del día veintitrés de Jujutla, Departamento de Ahuachapán, habiéndosele conferido la Administración y Representación Definitivas de la Sucesión. Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas treinta y nueve minutos del día trece de noviembre del año dos mil ocho.- DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA- RIO. Librado en la oficina del Notario Alfredo Antonio Escalante Calderón. En la ciudad de Sonsonate, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil ocho. LIC. ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON, NOTARIO. 1 v. No. F v. No. F034285

75 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de ACEPTACIÓN DE HERENCIA FERNANDO ARISTIDES GARAY ANDRADE, Notario, del domicilio de esta ciudad, con Oficina establecida en Colonia Hirleman, Calle Suiza, Block diecinueve, casa número nueve-a, de esta ciudad. las facultades y restricciones de los curadores de la herencia, todo lo cual hago del conocimiento público para los efectos de Ley.- Librado en la oficina del Notario José Gregorio Parada Hernández, en la ciudad de El Tránsito, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil ocho.- HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas del día veintisiete de octubre del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América, su último domicilio, a las quince horas con tres minutos del día siete de abril del año dos mil uno, dejó el señor JOSE OSCAR PEREZ, conocido por OSCAR PEREZ, de parte de la señora CONCEPCIÓN MARINA GUANDIQUE PEREZ, conocida como CONCEPCIÓN LEÓN, en su calidad de Cesionaria del derecho Hereditario que le corresponde a su sobrina CRISTINA MATU- TE, conocida por CRISTINA MATUTE PEREZ, en calidad de hija del causante, confiérasele a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se avisa al público para efectos de Ley. Librado en la oficina del notario FERNANDO ARISTIDES GARAY ANDRADE. En la ciudad de San Miguel, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil ocho.- 1 v. No. C JOSÉ GREGORIO PARADA HERNÁNDEZ, Notario de este domicilio, con oficina ubicada en Sexta Calle Oriente y Segunda Avenida Norte Número Dieciocho, Barrio San Carlos de El Tránsito, departamento de San Miguel. HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas del día veintitrés de noviembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia Intestada que a su defunción, dejara la señora GRACIELA MARGOLINA BOLAÑOS DE GUANDIQUE, quien falleció el día veinte de agosto de dos mil ocho, en el Hospital de Especialidades Nuestra Señora de la Paz San Miguel, por parte del señor SAÚL HERMES GUANDIQUE SARAVIA, de sesenta y cinco años de edad, comerciante en pequeño, del domicilio de San Jorge, San Miguel, con Documento Único de Identidad número cero dos uno siete nueve nueve uno cinco-uno; en su concepto de esposo y cesionario de los bienes de la causante, habiéndosele conferido la ADMINISTRA- CIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la citada sucesión, con LIC. JOSE GREGORIO PARADA HERNANDEZ, NOTARIO. 1 v. No. C HUGO ERNESTO MAYORGA BENITEZ, Notario, de este domicilio, con Oficina Profesional ubicada en Boulevard Tutunichapa, Pasaje Liévano, Número Cinco, San Salvador. AL PUBLICO para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas y treinta minutos del día diez de noviembre del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario por parte de la señora OFELIA ELIZONDO VIUDA DE MAGAÑA la herencia intestada que a su defunción dejó el señor FRANCISCO MAGAÑA conocido por FRANCISCO MAGAÑA REYES, quien falleció a los LIC. FERNANDO ARISTIDES GARAY ANDRADE, setenta y nueve años de edad, a las nueve horas con cuarenta minutos del día diecisiete de noviembre del año dos mil, siendo su último domicilio NOTARIO. el de la ciudad de Chiltiupán, Departamento de La Libertad; aceptación de herencia por parte de la señora Ofelia Elizondo Viuda de Magaña, en su calidad de CONYUGE del causante, y como CESIONARIA de los derechos hereditarios que en la referida sucesión les correspondían a los hijos del causante, señores Miguel Ángel Magaña Elizondo, Imelda de María Magaña Elizondo, Gloria Elizabeth Magaña Elizondo, María Luz Magaña de Aguilar y Benigna del Carmen Magaña Elizondo; confiriéndosele la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. CITA a los que se crean con derecho a la referida herencia, para que comparezcan a esta oficina, a alegar sus derechos dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación del presente edicto. Librado en mi oficina Notarial, a las dieciséis horas del día diez de noviembre del año dos mil ocho.- LIC. HUGO ERNESTO MAYORGA BENITEZ, NOTARIO. 1 v. No. C026329

76 76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 GLADYS ELENA NUÑEZ PEÑA, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficinas profesionales Ubicadas en Edifico Villafranca, Segunda Planta, Local Número Nueve Colonia Médica, Avenida "Doctor Emilio Álvarez" San Salvador, al Público para los efectos de ley. HACE SABER: Que mediante resolución proveída por la suscrita Notario, a las diecisiete horas del día catorce de noviembre del año dos mil ocho; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, por parte de la señora BÁRBARA NIEVES DE NOLTENIUS la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital de Emergencias y Diagnóstico de San Salvador a las veintidós horas con cincuenta minutos del día veintiuno de junio del año dos mil ocho a consecuencia de infarto agudo al miocardio, síndrome diarreico agudo, diabetes mellitus e hipertensión arterial y siendo su último domicilio Colonia Escalón, Sesenta y Cinco Avenida Sur Número Ciento Veinte, San Salvador, dejara el señor JOSÉ CIPRIANO NOLTENIUS VELÁSQUEZ, en su calidad de cónyugue sobreviviente del referido causante. Confiéresele a la aceptante indicada en el concepto expresado, la Administración y Representación INTERINA de la Sucesión. En consecuencia, por este medio, se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Ángeles, California, Estados Unidos de América, el día Diecinueve de julio del año dos mil cuatro, de parte de la señora GLORIA MARINA CORTEZ DE RIVAS c/p GLORIA MARINA LOPEZ CORTEZ Y GLORIA MARINA LOPEZ RIVAS en concepto de hija y Heredera Testamentaria, por medio de su Apoderado Lic. MAURICIO FEDE- RICO ORELLANA MORAN; y en consecuencia se le ha conferido a la aceptante la Administración y Representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, en consecuencia, por este medio se citan a todos los que se crean con derecho a la referida Herencia Testamentaria para que se presenten a la Oficina mencionada, en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la Ciudad y Departamento de San Salvador, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil ocho. WILLIAN ALONSO RAMIREZ GALEAS, NOTARIO. 1 v. No. F Librado en San Salvador, a las diez horas del día quince de noviembre de dos mil ocho. RENE PADILLA Y VELASCO hijo, Notario de este domicilio, con Oficina en Boulevard Los Héroes y Pasaje Palmeras, Edificio DEMSA, Local Treinta y Dos, en esta ciudad, al público para los efectos de ley. LIC. GLADYS ELENA NUÑEZ PEÑA, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída a NOTARIO. las ocho horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la HERENCIA INTESTADA que a su 1 v. No. F defunción ocurrida en San Salvador, su último domicilio, el diecinueve de diciembre de dos mil tres, dejara el señor MEDARDO ISABEL RIVAS PEÑA conocido por MEDARDO ISABEL RIVAS y por MEDARDO RIVAS PEÑA, de parte de DAISY ORELLANA conocida por DEYSI ORELLANA y por DEYSI ORELLANA RIVAS, en calidad de hija sobreviviente del causante, confiriéndole a la aceptante la Administración WILLIAN ALONSO RAMIREZ GALEAS, Notario, del domicilio de y Representación Interina de la Sucesión con las facultades y restricciones la Ciudad y Departamento de San Salvador, con Oficina Ubicada en de Ley.- Avenida España y Trece Calle Oriente, Condominios METRO ESPAÑA, San Salvador, diecinueve de noviembre de dos mil ocho.- Edificio "J" Local B-1 San Salvador. HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario proveída en esta Ciudad, a las nueve horas del día veintidós de noviembre del año dos mil ocho, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia Testamentaria que a su defunción, dejara la señora EMELINA LOPEZ conocida por EMELINA LOPEZ VILLEDA y MARÍA EMELINA LOPEZ, ocurrida en la Ciudad de Southgate, Los DR. RENE PADILLA Y VELASCO hijo, NOTARIO. 1 v. No. F034132

77 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de JOSÉ LUIS CHÁVEZ BELTRÁN, Notario, del domicilio de Ayutuxtepeque, Departamento de San Salvador, con oficina ubicada en Urbanización Bonanza, Quinta Calle Poniente, Número Treinta y Cinco, de la misma ciudad, al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, a las diecisiete horas del día veintiuno de noviembre de dos mil ocho, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con beneficio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en Colonia Zacamil, jurisdicción de Mejicanos, Departamento de San Salvador, su último domicilio, dejó el señor PEDRO MEJIA LEMUS, quien falleció el día seis de septiembre de dos mil ocho, al fallecer era de setenta y un años de edad, Contador, originario de Suchitoto Departamento de Cuscatlán, de parte de la señora BERTA ESTEFANIA LOPEZ DE MEJIA, conocida por BERTA ESTEFANIA QUEZADA y por BERTA LOPEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente y cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a FRANKLIN GIOVANNI MEJIA LOPEZ, WALTER OSMANY MEJIA LOPEZ, RALDALL STEVE MEJIA LOPEZ y JACQUELINE MAGALI MEJIA LOPEZ, conocida por JACQUELINE GONZALEZ, hijos del causante, confiriéndole a la aceptante la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de Ley. Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintidós días del mes 1 v. No. F EDGARDO PORTILLO, IVAN EDGARDO GARCIA y por IVAN EDGARDO MIRANDA; GERSON JOHAO PORTILLO MIRANDA, o GERSON YOHAO PORTILLO MIRANDA; y RUDI VLADIMIR PORTILLO MIRANDA, o RUDI BLADIMIR PORTILLO MIRANDA, quienes son los interesados y herederos testamentarios de la causante, habiéndose concedido la Administración y Representación Interina de la Sucesión Testada con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.- En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida Herencia para que se presenten a la oficina indicada en el término de quince días contados a partir del siguiente día de la última publicación del presente edicto. San Salvador, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil ocho.- ITALO MADECADEL ROSALES ESTRADA, NOTARIO. 1 v. No. F de noviembre de dos mil ocho. LIC. JOSE LUIS CHAVEZ BELTRAN, JULIA LISET ALVARADO AYALA, Notario del domicilio de Santa NOTARIO. Tecla, departamento de La Libertad, con Oficina Situada en Pasaje Cinco Poniente, Polígono E-dos, Casa Número Tres, Residencial Los Cipreses, de la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad; al PUBLICO para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución de las diecisiete horas del día veintiuno de Noviembre del corriente año, se ha tenido por aceptada ITALO MADECADEL ROSALES ESTRADA, Notario, de este domicilio, con despacho jurídico, ubicado en Edificio Centro Scan, Quinto defunción, ocurrida a las catorce horas y diez minutos del día veintisiete expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su Nivel, Apartamento 5-2, Colonia Médica San Salvador, con telefax de enero de este año, en el Hospital de Diagnóstico, de esta ciudad, a causa de Paro cardio respiratorio, Evento Vascular Cerebral; dejó la señora ANTONIA ALVARADO BARRERA, quien fuera de ochenta HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario proveída a y tres años de edad, ama de casa, soltera, salvadoreña, del domicilio de las diecisiete horas del día diecinueve de noviembre del año dos mil ocho, San Salvador, el que también fue su último domicilio, de parte de los se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario señores IMELDA BARRERA DE BONILLA, TIMOTEO ALVARADO la Herencia Testamentaria que a su defunción dejara la señora Ana Edith PEREZ, JOSEFINA PEREZ BARRERA VIUDA DE MONTALVO, Portillo García, quien falleció en Veintiuna Avenida Norte y Pasaje Diego ROSA CANDIDA BARRERA PEREZ, JOSE LUIS ALVARADO de Holguín, Residencial Santa Teresa, Santa Tecla, Departamento de La PEREZ y FRANCISCA BARRERA DE VASQUEZ, en su carácter de Libertad, a las veintidós horas y diez minutos, del día veintiuno de agosto hijos sobrevivientes de la causante, habiéndoseles conferido la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades del año dos mil ocho, sin asistencia médica, a causa de Herida perforante de cráneo con lesión de masa encefálica producida por proyectil disparado y restricciones de los curadores de la herencia yacente. por arma de fuego, a favor de los señores LIBANIA EMPERATRIZ MIRANDA DE RAMIREZ, o LIBANIA EMPERATRIZ PORTILLO En consecuencia se cita por este medio a todos los que se crean MIRANDA; IVAN EDGARDO PORTILLO MIRANDA, conocido con derecho en la mencionada sucesión a que se presenten a mi oficina, por IVAN EDGARDO GARCIA MIRANDA, IVAN EDGARDO MI- situada en la dirección antes indicada, dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este edicto, a deducir sus RANDA GARCIA, IVAN EDGARDO MIRANDA PORTILLO, IVAN derechos.

78 78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 Librado en la ciudad de San Salvador, el día veinticuatro de Noviembre de dos mil ocho. JULIA LISET ALVARADO AYALA, NOTARIO. 1 v. No. F ISMAEL ALONSO MORAN ASCENCIO, Notario, del domicilio de Santa Ana, y con Oficina Ubicada en Primera Avenida Sur y Tercera Calle Oriente, Local Cinco, de la Ciudad de Santa Ana. HACE SABER: Que en las diligencias de aceptación de herencia, promovidas ante sus oficios notariales, de conformidad con la Ley del Ejercicio notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, y por acta notarial de las trece horas del día doce de Noviembre de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción, ocurrida a las veinte horas veintisiete minutos del día veintidós de Mayo de dos mil ocho, en North Hempstead, Estado de Nueva York, siendo ése su último domicilio, dejó el causante EMERITO ALVARENGA conocido por LUIS AMILCAR ALVARENGA OSEGUEDA, quien fue de cincuenta y nueve años de edad, Empleado, originario de San Francisco Morazán, siendo su EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD último domicilio Estados Unidos, de parte de la señora ARMIDA DE SAN SALVADOR AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS DEL CARMEN HERNANDEZ DE ALVARENGA, en su calidad de EFECTOS DE LEY. esposa sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios que les corresponderían en dicha herencia a sus hijos LUIS AMILCAR, WELMAN, ambos de apellido ALVARENGA HERNANDEZ, y ANA HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal a JUDITH ALVARENGA DE MONTES, confiriéndosele a la aceptante la las diez horas con cincuenta minutos del día siete de octubre del año administración y representación interina de la sucesión, con las facultades dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio y restricciones de los curadores de la herencia yacente. de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley. ciudad su último domicilio, el día dieciocho de enero del año dos mil ocho, dejó la causante señora ANTONIA MENJIVAR DE TOBAR, Santa Ana, trece de Noviembre de dos mil Ocho. conocida por ANTONIA MENJIVAR, de parte de la señora BLANCA ISMAEL ALONSO MORAN ASCENCIO, NOTARIO. 1 v. No. F expresamente y con beneficio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción dejó la señora MARIA DEL TRANSITO LOPEZ MIRA antes DE QUIJADA, quien falleció a las quince horas del día veintidós de febrero del corriente año, en el Barrio San Jacinto, del Departamento de San Salvador, siendo éste su último domicilio, de parte de MARTA IVETTE QUIJADA LOPEZ, por sí y en representación de su hermano RENE EDUARDO QUIJADA LOPEZ, en calidad de hijos legítimos de la causante, a quienes se les confiere la administración y representación interina de la Sucesión, la que ejercerán con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de ley. Librado en esta Oficina Notarial, en San Salvador, a las diez horas del día veinticinco de junio de mil novecientos noventa y dos. Enmendado: once-vale.- CALIXTO ARTURO MARTINEZ MENJIVAR, NOTARIO. 3 v. alt. Mandamiento No ELSA TOBAR MENJIVAR, conocida por BLANCA ELSA TOBAR, BLANCA ELSA TOVAR, BLANCA ELSA TOVAR DE VELÁSQUEZ, BLANCA ELSA TOBAR DE VELÁSQUEZ, y por BLANCA ELSA TOBAR MENJIVAR DE VELÁSQUEZ, en su concepto de hija de la referida causante. Se le confiere a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las nueve horas con cincuenta minutos del día dieciséis de octubre del año dos mil ocho. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LICDA. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA. CALIXTO ARTURO MARTINEZ MENJIVAR, Notario, de este domicilio, con oficina en Calle Edison Número ochocientos doce, Barrio San Jacinto, de esta ciudad, al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución de las once horas del día veinte de Junio de mil novecientos noventa y dos, se ha tenido por aceptada 3 v. alt. No. F

79 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día treinta y uno de octubre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada por la señora ANGELA LEIVA DE FLORES, conocida por Angela Leiva y por Angela Leiva Uceda, fallecida el día diez de marzo de mil novecientos noventa y cuatro, en Los Angeles, California, Estados Unidos de América, con último domicilio en esta ciudad, de parte del señor JORGE ALBERTO CARRANZA, como cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión correspondían a los señores Alfredo Flores, Julio César Flores, Danny Oswaldo Flores Leiva, Mirna Elizabeth Flores Leiva y Alfredo Flores Leiva, el primero cónyuge sobreviviente y los demás como hijos, todos de la causante. Y se ha conferido al aceptante la administración y representación interinas de la sucesión. JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas treinta minutos del día trece de noviembre del dos mil ocho.- DR. MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JU- DICIAL, LICENCIADO JOSÉ ANTONIO GÁMEZ: Al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia intestada dejada a su defunción por el señor MIGUEL ÁNGEL GUILLÉN CAMPOS, conocido por MIGUEL ÁNGEL GUILLÉN, al fallecer el día quince de julio del año dos mil ocho, en Colonia Los Santos, Usulután, habiendo sido éste su último domicilio; de parte de los menores Brenda Vanessa, Roberto Carlos y Wilfredo Alexander, todos de apellidos Guillén Lizama, Diana Carolina Rodríguez Guillén y Miguel Ángel Ruíz Guillén, en calidad de hijos del causante; además los cuatro primeros en su calidad de cesionarios del derecho hereditario que le correspondía a la señora María del Carmen Campos, en calidad de madre del causante, representados los menores por su madre señora María Elena Lizama Avilés. Confiérasele a los aceptantes antes dichos la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Fijense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera publicación del edicto respectivo en el Diario Oficial. Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil ocho. LIC. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CARLOS MARIO CEDILLOS, SECRETARIO INTERINO. HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y diez minutos del día treinta de octubre de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor HUMBERTO PERLA ESCOBAR, conocido por HUMBERTO PERLA, quien falleció a las dieciséis horas el día dieciocho de junio de dos mil ocho, en el Barrio El Tránsito, de Comacarán, departamento de San Miguel, lugar de su último domicilio, de parte de los señores GERBERT PERLA RAMOS y JOSE ARNULFO PERLA ESCOBAR RAMOS, como hijos del causante y además como cesionarios de los derechos hereditarios que les correspondía en la sucesión a los señores FRANCISCA RAMOS DE PERLA, como cónyuge del causante, JOSE INES PERLA RAMOS, NOEMI PERLA RAMOS, JOSÉ ARTURO PERLA RAMOS, JOSÉ FREDY PERLA conocido por FREDY JOSÉ PERLA y por JOSÉ FREDY PERLA RAMOS, ANA DELIA PERLA DE GUTIERREZ, MARIA JUANA PERLA DE MACHUCA, como hijos del causante; y se ha conferido a los aceptantes declarados en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. ley. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las nueve horas y quince minutos del día treinta de octubre de dos mil ocho. DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CI- VIL. LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, 3 v. alt. No. F ROMEO EDGARD PINO MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTE- RINO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las ocho horas veinte minutos del día nueve de octubre de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante MARÍA ÁNGELA HERNÁNDEZ, conocida por ÁNGELA HERNÁNDEZ SANTOS o ÁNGELA HERNÁNDEZ, quien fue de setenta años de edad, Pensionada, soltera, originaria de San Pedro Nonualco, departamento de La Paz y del domicilio de Ilopango, de nacionalidad salvadoreña, hija de Teodosia Santos y Manuel Antonio Hernández Rodríguez o Manuel Hernández, quien falleció el día veintinueve de noviembre de dos mil tres; de parte de la señora MARTHA ALICIA HERNÁNDEZ, en su calidad de hija de la causante. Se ha conferido a la aceptante la representación y administración INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después de la última publicación de este Edicto. 3 v. alt. No. F ley. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

80 80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas del día nueve de octubre de dos mil ocho. DR. ROMERO EDGARD PINO MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LICDA. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA. TÍTULO DE PROPIEDAD EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado el señor RENE MARTINEZ NIEVES, de cincuenta y tres años de edad, Agricultor en pequeño del domicilio de Olocuilta, solicitando TITULO DE PROPIEDAD, de un Inmueble Rústico situado en el Cantón Concepción Los Planes de esta jurisdicción que mide y linda: AL NORTE, en línea quebrada de tres tramos, el primero de 3.51 metros, segundo metros y tercero metros, cerco de alambre de por medio, linda con solares de Ana Bety Vásquez Sánchez y Heriberto Nieves. ORIENTE, mide metros, linda con solar de Ana Bety Vásquez Sánchez. SUR, mide en dos tramos 7.09 metros y metros, linda con solar de José Martínez y PONIENTE, mide metros en línea oblicua por la calle, linda con solares de Pilar Martínez Ramírez, Eduardo Martínez Palma, Susana Martínez viuda de García, Inocenta Martínez, Eugenio Martínez Palma, Jesús Noemí Martínez Ramírez, Cecilia Ramírez de Martínez, Anibal Gladimir Martínez Ramírez y Eugenio Martínez Palma, camino vecinal de por medio y su capacidad superficial es de M2.- Lo hubo por compra a don Teodulo Martínez, fallecido, no es predio dominante, ni sirviente, no pesan sobre él cargas ni derechos reales, lo posee en forma quieta, pacífica e ininterrumpida por más de diez años y lo estima en TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS. Todos los colindantes son de este domicilio. ALCALDIA MUNICIPAL: San Francisco Chinameca, Depto. de La Paz, a diez de Noviembre del año dos mil ocho.- ELIEZER MARTÍ- NEZ CORTEZ, ALCALDE MUNICIPAL. NEMORIO INDALECIO RAUDA CUELLAR, SECRETARIO MUNICIPAL. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL; 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la Licenciada Wendy América Díaz Villacorta, de generales conocidas en las presentes diligencias; en su carácter de apoderada de los señores María Luisa Castro de Quijada y Félix Antonio Quijada Cardoza; solicitando Título de Propiedad; a favor de sus representados; de un inmueble de naturaleza URBANO, situado en el Barrio La Vega de esta población, de una extensión superficial de Doscientos cuarenta y un metros con catorce centímetros cuadrados, de la descripción siguiente: AL ORIENTE: Mide dieciocho metros con setenta y siete centímetros, colinda con Mario René Cortez;. AL NORTE: Mide nueve metros con veinte centímetros, colinda con Anselmo de Jesús Deras Quijada; AL PONIENTE: un tiro de once metros, luego en rumbo de norte a poniente dos metros sesenta y tres centímetros, otro tiro en mismo rumbo oriente de siete metros con setenta y siete centímetros, colindando con René Quijada Cardoza y Pedro Quijada Cardoza, y AL SUR: Mide nueve metros con cincuenta centímetros, colinda con María Adela Alfaro de Ramírez y Fidel Funes Zamora, calle pública de por medio. En este inmueble está construida una casa de sistema mixto. Dicho inmueble no soporta servidumbre, ni cualquier Otro derecho real, así como no se encuentra en proindivisión con cualquier otra persona. Dicho inmueble se valora en la cantidad de cinco mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América ($ 5,000.00). Dicho inmueble lo adquirieron por compraventa que les hizo el señor Héctor Porfirio Quijada. Lo que se le avisa al PÚBLICO para los efectos de ley. Alcaldía Municipal: El Paraíso, Departamento de Chalatenango a las quince horas del once de noviembre de dos mil ocho.- EMILIO ORTIZ CARVAJAL, ALCALDE MUNICIPAL. MIGUEL ÁNGEL TEJADA PONCE, SECRETARIO MUNICIPAL. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL; 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la Licenciada Wendy América Díaz Villacorta, de generales conocidas en las presentes diligencias; en su carácter de apoderada del señor Jorge Orlando Cocar Rodríguez; solicitando Título de Propiedad; a favor de su representado; de un inmueble de naturaleza URBANO, situado en el Barrio, Centro de esta población, de una extensión superficial de trescientos catorce metros con ochenta y cuatro centímetros cuadrados, de la descripción siguiente: AL ORIENTE: Mide veinte metros con noventa centímetros, colinda con propiedad de María Dina López Guardado, dividido por tapial de adobe propio del inmueble que se describe; AL NORTE: Mide catorce metros con cero siete centímetros, colinda con propiedad de Blanca Rosa Salazar, divididos antes por tapial de adobe, ahora tapial de ladrillo propio del inmueble que se describe; AL PONIENTE: mide veintidós metros con veinte centímetros, colinda con el resto del inmueble propiedad del señor Edgardo Enrique López Rodríguez, divididos por tapial de ladrillo propio del colindante, y AL SUR: Mide catorce metros con cero siete centímetros, colinda con propiedad que antes fuera de Tránsito Bonilla, ahora de Cruz Antonio Anaya, José Rafael Anaya, Sonia Guevara López y Federico Díaz Aguilar, divididos por cuarta calle poniente de por medio. En este inmueble está construida una casa de sistema mixto. Dicho inmueble no soporta servidumbre, ni cualquier Otro derecho real, así como no se encuentra en proindivisión con cualquier otra persona. Dicho inmueble se valora en la cantidad de diez mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América ($ 10,000.00). Dicho inmueble lo adquirieron por compraventa que le hizo al señor Edgardo Enrique López Rodríguez. Lo que se le avisa al PÚBLICO para los efectos de ley. Alcaldía Municipal: El Paraíso, Departamento de Chalatenango, a las quince horas del diecinueve de noviembre de dos mil ocho.- EMILIO ORTIZ CARVAJAL, ALCALDE MUNICIPAL. MIGUEL ANGEL TEJADA PONCE, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F

81 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de TÍTULO SUPLETORIO EL SUSCRITO NOTARIO. Andrés Martínez y Dolores Chávez Granados, río de San Ignacio de por medio; Al Poniente, con Alejandro Granados y Fabricio Moreno; Al Sur, con el mismo Fabricio Moreno. El inmueble descrito no tiene derechos, ni gravámenes de otras personas que respetar. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor PEDRO HERNÁNDEZ LANDAVERDE, quien es de cincuenta y un años de edad, Motorista, del domicilio de Apopa, Departamento de San Salvador, persona a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número cero dos millones trescientos noventa mil quinientos ochenta y cuatro-siete, y con Tarjeta de Identificación Tributaria número cero cuatrocientos cuatro-doscientos ochenta mil ochocientos cincuenta y seis-ciento uno-siete MANIFESTANDO: I) Que es actual poseedor de forma quieta y pacífica, continua e ininterrumpida, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón El Centro, del Municipio de San Ignacio, Departamento de Chalatenango, aproximadamente de CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, el cual mide y linda: AL ORIENTE, ochenta y tres punto ocho metros, linda con sucesión de Paulino Alvarado Chacón; AL NORTE, cuarenta y uno punto cuarenta metros, linda con sucesión de Juana Alvarado; AL PONIENTE: ochenta y dos punto diez metros, linda con sucesión de Paulino Alvarado Chacón, y AL SUR: treinta y seis punto veintitrés metros, linda con el compareciente Pedro Hernández Landaverde, el cual no contiene construcciones ni árboles frutales ni cultivos permanentes. Los colindantes son del Domicilio de San Ignacio, Departamento de Chalatenango. II) Que en base al artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, viene ante mis oficios Notariales a solicitarme la Titulación Supletoria del inmueble antes relacionado; presentando las denominaciones Catastrales respectivas. El inmueble descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales ajenos, ni está en proindivisión con nadie y lo adquirió de forma quieta, pacífica e ininterrumpida, desde hace más de veinte años, valúa dicho inmueble en la suma de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, lo que avisa al público para los efectos de ley. San Salvador, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil ocho. LIC. JUAN ANTONIO GOMEZ GOMEZ, NOTARIO. ELEAZAR GUILLEN REYES, AL PÚBLICO. 1 v. No. C HACE SABER: Que a mi Oficina de Notariado, ubicada en Avenida Las Delicias de la Villa de San Ignacio, departamento de Chalatenango, se ha presentado el señor: Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales correspondientes. Librado en San Ignacio, departamento de Chalatenango, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil ocho. LIC. ELEAZAR GUILLEN REYES, NOTARIO. 1 v. No. F JOSE HERBER RAUDA FIGUEROA, Notario, con Oficina Jurídica en la cuarta Avenida Norte, número cuatro de esta Ciudad, al público. HACE SABER: Que ante mis Oficios Notariales se ha presentado el señor SABINO GARCIA, mayor de edad, Agricultor, del domicilio de Concepción de Oriente, solicitando título supletorio de cuatro terrenos rústicos situados en el Cantón Zapote, Jurisdicción de Concepción de Oriente, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, el PRIMERO: de la capacidad de NOVENTA Y OCHO MIL METROS CUADRADOS, que linda: NORTE, con Plutarco Avelar; Filomeno García y Leonila García; PONIENTE, con Santos Turcios ORIENTE, con Sabino García, Plutarco Bonilla y Eleuterio Bonilla; SUR, con Cirila García y Bernarda García; SEGUNDO: de la capacidad de SIETE MIL METROS CUADRADOS, que linda: NORTE, con Félix Bonilla; ORIENTE, con José Santos Bonilla; PONIENTE, con Martín García y Bernarda García; SUR, con Cirila García. TERCERO, de la capacidad de TRES MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS, que linda: NORTE, con Francisco Velásquez; PONIENTE, con Camilo Velásquez; ORIENTE, con Sabino García; SUR, con Martín García; CUARTO: de la capacidad de MIL SETECIENTOS CINCUENTA METROS CUA- DRADOS, que linda: NORTE Y PONIENTE, con Eustaquio Bonilla; ORIENTE Y SUR, con Filomeno García. Se valoran en conjunto en CUATRO MIL DOLARES, los adquirió por compra verbal que hizo a la señora Natalia García ya difunta en el mes de Abril de mil novecientos ochenta y nueve, los posee en forma quieta, pacífica sin interrupción ni proindivisión con persona alguna. Librado en la Ciudad de Santa Rosa de Lima, a los diez días del mes de Noviembre del dos mil ocho.- CORNELIO REGALADO CHACON, de este domicilio, solicitando TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica, situado en el lugar La Laguna Seca de la Jurisdicción de La Palma, Departamento de Chalatenango, de una Extensión Superficial de OCHO HECTÁREAS CUARENTA AREAS, EQUIVALENTE A DOCE MAN- ZANAS; que linda: Al Oriente: con René David Vásquez; Al Norte, con LIC. JOSÉ HERBER RAUDA FIGUEROA, NOTARIO. 1 v. No. F034274

82 82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 JOSÉ HERBER RAUDA FIGUEROA, Notario, con Oficina Jurídica en la Cuarta Avenida Norte número Cuatro de esta Ciudad, al Público. HACE SABER: Que ante mis Oficios de Notario se ha presentado el señor ALBERTO MEJÍA, mayor de edad, comerciante, del domicilio de El Sauce, solicitando título supletorio de cuatro terrenos rústicos situados en el Cantón Santa Rosita, Jurisdicción de El Sauce, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, el primero de la capacidad de TREINTA Y SIETE MIL METROS CUADRADOS, que linda: NORTE, con Mario Ortez; ORIENTE, con Alberto Mejía; SUR, con Elizabeth Villatoro; PONIENTE, con Luisa Reyes, Antolín Canales y Ermelinda Alcántara; SEGUNDO, de la capacidad de CINCUENTA Y NUEVE MIL METROS CUADRADOS, linda: NORTE, con Alberto Mejía y Diego Mejía; ORIENTE, con Diego Mejía; SUR, con Argentina y Luisa Reyes; PONIENTE, con Elizabeth Villatoro. TERCERO: de la capacidad de CUARENTA Y OCHO MIL METROS CUADRADOS, que linda: NORTE, con Alberto Mejía; ORIENTE, con Juan Bautista Ochoa; SUR, con Bernardino Reyes y Diego Mejía; PONIENTE, con Alberto Mejía; EL CUARTO, de la capacidad de TREINTA Y UN MIL METROS CUADRADOS, que linda: NORTE, con Obdulia García y Diego Mejía; ORIENTE, con Hilda López; SUR, con Gabino Reyes; Número Dieciocho de la Calle José Francisco López, de la ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán. HACE SABER: Que a mi oficina se ha presentado la señora RAQUEL YOLANDA MENDOZA DE RIVAS, de cincuenta y nueve años de edad, casada, Secretaria, y del domicilio de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán; solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Palacios, Jurisdicción de la ciudad de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, de la extensión superficial de CUATROCIENTOS TRES PUNTO CINCO ME- TROS CUADRADOS, aproximadamente, de los linderos y colindancias siguientes: AL ORIENTE, treinta y cinco metros veinte centímetros, linda con terreno del señor Renato Oswaldo Mendoza, bases de cemento de por medio propiedad del colindante; AL NORTE, diez metros, linda con grupo Escolar Florencia Rivas, Carretera Panamericana de por medio; AL PONIENTE: treinta y nueve metros cincuenta centímetros, linda con terreno del señor Germán Oliverio Mendoza, bases de cemento de por medio propios del colindante; y AL SUR, diez metros, linda con autopista que conduce a la ciudad de San Miguel, que antes fue del señor Elías Mendoza. El inmueble antes descrito no es dominante ni sirviente, y su posesión data desde el año de mil novecientos noventa y seis, sumando la posesión del tradente con la de la señora Raquel Yolanda Mendoza de Rivas, y por compra que hizo al señor Ricardo Elías Mendoza Molina, el día doce de agosto del año dos mil seis, ante mis Oficios de Notario, por lo que lo posee por más de diez años. Lo estima en la cantidad de VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRI- CA. Lo pone en conocimiento del Público, para los efectos de Ley. Librado en la ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil ocho. LICENCIADO MIGUEL ROBERTO MARTÍNEZ NOLASCO, PONIENTE, con Diego Mejía, se valoran en conjunto en CINCO MIL NOTARIO. DÓLARES, los posee desde mil novecientos ochenta hasta la actualidad, por compra verbal que hizo a Patrocinia Mejía. 3 v. alt. No. C Librado en la Ciudad de Santa Rosa de Lima, a diez de noviembre del dos mil ocho. LIC. JOSÉ HERBER RAUDA FIGUEROA, LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI- MERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE IZALCO. NOTARIO. 1 v. No. F HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERÓN, en su concepto de Apoderado General Judicial de la señora MARTA CRISTINA LOVA- MIGUEL ROBERTO MARTÍNEZ NOLASCO, Notario, del domicilio TO, promoviendo Título Supletorio; sobre un inmueble de naturaleza de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, con oficina situada en el rústico, situado en el Cantón Tres Ceibas de esta jurisdicción, compuesto de OCHOCIENTOS TREINTA PUNTO SETENTA Y OCHO DECÍMETROS CUARENTA Y UN CENTÍMETROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: al NORTE, con inmueble de ELVIRA RAMÍREZ LOVATO; al ORIENTE, con inmueble de ROSA LIDIA DELEÓN NAJARRO; al SUR, con inmueble de CÁNDIDA LOVATO RAMÍREZ (ya fallecida); y al PONIENTE, con inmueble de JOSÉ LUIS CHAPETÓN UCEDA; lo adquirió por posesión material desde hace más de DIEZ AÑOS, de manera quieta, pacífica e ininterrumpida; el mencionado inmueble carece de título inscrito y no es inscribible por carecer de antecedentes registrales; no es predio dominante ni sirviente y no existen otros poseedores, no tiene cargas, ni derechos reales que respetar.

83 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley. SENTENCIA DE NACIONALIDAD Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil ocho. EL INFRASCRITO MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA JUSTICIA, INSTANCIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SÁNCHEZ, CERTIFICA: Rectificación de sentencia pronunciada por el Viceministro de Seguridad Ciudadana del Ministerio de Gobernación, 3 v. alt. No. F Ingeniero Rodrigo Ávila Avilés, el día tres de octubre de dos mil cinco, de las Diligencias de nacionalidad salvadoreña por Naturalización, a favor del señor RONG JAW HOUR, que literalmente dice: MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA. San Salvador, tres de noviembre TÍTULO DE DOMINIO del dos mil ocho. Admítase la solicitud de fecha catorce de enero del año en curso, presentada por el señor RONG JAW HOUR, de cuarenta y seis años de edad, soltero, comerciante, originario de Taiwán, Provincia EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. de Taipei, República de China, de nacionalidad China y Salvadoreño por naturalización, del domicilio de San Salvador. CONSIDERANDO: I. Que el peticionario en su solicitud pide se le rectifique la sentencia HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora pronunciada por el Viceministro de Seguridad Ciudadana, dependencia MIRNA RUTH ÁLVAREZ ESPINOZA, solicitando a su favor Título del Ministerio de Gobernación, Ingeniero Rodrigo Ávila Avilés, a las de Dominio de un solar de naturaleza urbana, situado en el Barrio El catorce horas con quince minutos del día tres de octubre de dos mil cinco, Calvario de la Villa de Uluazapa, Departamento de San Miguel, de la de las Diligencias de nacionalidad salvadoreña por Naturalización, en el capacidad superficial de DOSCIENTOS CATORCE METROS CUA- sentido que el señor Rong Jaw Hour es hijo de los señores HUE SIENG DRADOS CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS, de las medidas HOU y LIN YING HOU, habiéndose cometido error en su apellido, ya y linderos siguientes: AL NORTE: veintiséis metros, pared de ladrillo, que el nombre y apellido que legalmente le corresponde es RONG JAW cerco de alambre y cuarta calle poniente de por medio con solares y casas de Elsa Marina Guzmán de Reyes y Francisco Pozo Estrada; AL PO- NIENTE: cinco metros cincuenta centímetros, pared de ladrillo y avenida de China en El Salvador y en todos los documentos presentados por el La Juventud, número uno, de por medio con casa de Alejandro Rivera Espinoza; AL SUR: dieciocho metros, pared de adobe de la colindante de por medio con solar de María del Carmen Briceño de Delgado antes, ahora de Blanda Lidia Delgado de Lemus y AL ORIENTE: catorce metros, cerco de alambre del colindante de por medio con solar de Narciso Cruz Ordóñez. En el inmueble antes descrito existe construida una casa de techo de tejas paredes de ladrillo. No tiene carga o derecho real que pertenezca a otra persona, no es dominante ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión con nadie, y lo adquirió por compra, que hizo en forma verbal a la madre María Lidia Espinoza Guzmán, conocida solamente por María Lidia Espinoza, en el año de mil novecientos noventa y siete. Desde la fecha en que obtuve el inmueble descrito he tenido la posesión material en forma quieta, pacífica, pública e ininterrumpida, y valúa la totalidad del inmueble en DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, los colindantes son de este domicilio. Lo que se avisa al público para los efectos de ley correspondientes. ALCALDÍA MUNICIPAL: Uluazapa, a los veintiún días del mes de agosto de dos mil ocho. TEC. ING. CARLOS ERNESTO CAMPOS AYALA, ALCALDE MUNICIPAL. MILAGRO EVELIN CANALES, SECRETARIA MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F HOU. II. El error antes mencionado fue debido a que en el pasaporte, el certificado de nacimiento extendidos por la Embajada de la República interesado para iniciar sus Diligencias de Nacionalidad Salvadoreña por Naturalización se consignaba que su apellido era Hour. III. Para probar lo antes expuesto en el romano I, presenta para agregar al expediente respectivo los documentos siguientes: a) Original de la certificación de su partida de nacimiento, emitida en la República de China (Taiwán), debidamente autenticada y traducida al castellano, b) Fotocopia certificada por Notario salvadoreño, de su pasaporte número dos uno cinco cero seis cuatro uno siete nueve, emitido en la República de China (Taiwán), el día veintitrés de marzo del dos mil siete, con vencimiento el veintitrés de marzo de dos mil diecisiete, c) constancia emitida por la señora Chien Bi- Yin, Secretaria Encargada de los Asuntos Consulares de la Embajada de la República de China en El Salvador, d) Original de Certificado Policial de Antecedentes Penales, emitida en la República de China (Taiwán), debidamente autenticado y traducido al castellano; en dichos documentos se hace constar que el apellido del solicitante es Hou. IV. Que de conformidad a lo establecido en el Art. 57 de la Ley de Extranjería los casos no previstos en la presente ley quedarán sujetos a las disposiciones de la ley común. Por el hecho que el solicitante ya adquirió la nacionalidad salvadoreña por nacimiento, le es aplicable toda la legislación salvadoreña. V. Que de conformidad a lo establecido en el Art. 17 de la Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y de los Regímenes Patrimoniales del Matrimonio expresa que los Registradores del Estado Familiar a solicitud de las personas a las que se refiere el asiento, sus representantes legales o los herederos de aquéllos, podrán rectificar bajo su responsabilidad y mediante resolución motivada las

84 84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 omisiones materiales y los errores materiales o manifiestos, cometidos al asentarse un hecho o acto en los registros. Un error u omisión son materiales o manifiestos: a) cuando en el asiento se alteren frases o información contenida en los documentos originales, se copien unas palabras por otras, se escriban éstas en forma incorrecta o se supriman pasajes incluidos en tales documentos; b) si se desprende de la sola lectura del respectivo asiento; y c) cuando se deduce de los antecedentes que le dieron origen a la inscripción o de su cotejo con otros documentos públicos o auténticos. Cualquier otro tipo de rectificación o subsanación de asiento sólo podrá practicarse en acatamiento de resolución judicial o mediante actuación notarial cuando sea procedente. El presente caso se enmarca en el literal c), ya que en los documentos presentados por el solicitante para iniciar sus Diligencias de Rectificación (mencionados en el romano II), se consigna que sus nombres y apellidos son: RONG JAW HOU. VI. El Art. 27 de la Ley del Nombre de la Persona Natural establece que siempre que se cambie o margine una partida, (en este caso sería la resolución mediante la cual se le otorgó la nacionalidad salvadoreña por naturalización) los encargados de cualquier registro personal deberán consignar igual modificación en los asientos respectivos y sustituir los documentos de identificación expedidos con el nombre anterior. Por lo antes expuesto y de conformidad a los Arts. 92 ordinal 2º. de la Constitución, 57 de la Ley de Extranjería, 17 de la Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y de los Regímenes Patrimoniales por ser de origen y nacionalidad guatemalteca y tener domicilio fijo en del Matrimonio y 27 de la Ley del Nombre de la Persona Natural, este Ministerio RESUELVE: Rectifícase la sentencia pronunciada por el Viceministro de Seguridad Ciudadana, del Ministerio de Gobernación, Ingeniero Rodrigo Ávila Avilés, a las catorce horas con quince minutos de la República, y artículo treinta y ocho de la Ley de Extranjería, pide del día tres de octubre de dos mil cinco, de las Diligencias de nacionalidad salvadoreña por Naturalización, a favor del señor RONG JAW HOUR, en el sentido que sus nombres y apellidos correctos son: RONG JAW ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRONTO; y para que sea publicado en el DIARIO OFICIAL, se extiende, firma y sella la presente, en el Ministerio de Seguridad Pública y Justicia. San Salvador, a las ocho horas con treinta minutos del día cinco de noviembre de dos mil ocho. Que recibida la solicitud por auto de folio ochenta y ocho, se dio por RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA, admitida, según lo establecido en la Ley de Extranjería; y se mandó a MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA. 1 v. No. C EL INFRASCRITO MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA. CERTIFICA: Que a folio noventa y seis frente y vuelto DEL LIBRO DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD SALVADOREÑA POR NACIMIENTO, se encuentra el asiento que literalmente dice: NÚMERO NOVENTA Y SEIS. En cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro de la Ley de Extranjería vigente y habiéndose declarado ejecutoriada la sentencia pronunciada en las diligencias de Nacionalidad Salvadoreña por NACIMIENTO promovidas por el señor MARIO RODOLFO MENDOZA SANTIZO, se hace el siguiente asiento: MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA, San Salvador, a las ocho horas con quince minutos del día veintitrés de julio del dos mil ocho. Las presentes diligencias han sido promovidas por el señor MARIO RODOLFO MENDOZA SANTIZO, de treinta y seis años de edad, de sexo masculino, casado, empresario, del domicilio de San Salvador, de nacionalidad guatemalteca, originario de la Ciudad de Guatemala, Departamento de Guatemala, República de Guatemala, lugar donde nació el día ocho de septiembre de mil novecientos setenta y uno, portador de su Carné de Identificación de Residente Centroamericano número cincuenta y tres mil cuatrocientos cuatro, inscrito en el Registro de Residentes Centroamericanos que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería. Su cónyuge responde al nombre de Norma Beatriz Galdámez Sandoval, de treinta y cinco años de edad, estudiante, del domicilio de San Salvador y nacionalidad Salvadoreña. Sus padres responden al nombre de: José Rodolfo Mendoza Tejada y Thelma Lucrecia Santizo Calderón, ambos de nacionalidad guatemalteca, sobrevivientes. LEÍDOS LOS AUTOS Y CONSIDERANDO: I. Que el interesado en su solicitud de folio tres en lo pertinente manifiesta que El Salvador, desde el mes de mayo del dos mil cuatro, es su deseo y voluntad optar a la Nacionalidad Salvadoreña por Nacimiento, por lo que de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución se le reconozca dicha calidad para lo cual presenta para que se agregue la documentación siguiente: a) Certificación Partida de Nacimiento, debidamente autenticada, a folios cuatro al siete; b) Fotocopia confrontada HOU. NOTÍFIQUESE. FIGUEROA FIGUEROA. RUBRICADA. con su original de su Carné de Identificación de Residente Centroamericano, a folio ocho; c) Constancia médica expedida por la Doctora Joana Evelyn Rivas Vega, en la que consta que el peticionario no padece de enfermedades infectocontagiosas a folio nueve; d) Certificación Partida de Matrimonio a folio diez; e) Fotocopia de pasaporte vigente, a folios once al veintiocho; f) Fotocopia de Documento Único de Identidad de su cónyuge señora Norma Beatriz Galdámez Sandoval, a folio veintinueve, g) Certificación partida de nacimiento de su cónyuge, a folio treinta. II. pronunciar la sentencia correspondiente. POR TANTO: De acuerdo con los considerandos anteriores y de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República, cuatrocientos veintiuno, cuatrocientos veintidós y cuatrocientos veintisiete del Código de Procedimientos Civiles, treinta y ocho y cuarenta y tres de la Ley de Extranjería, a nombre de la República de El Salvador, este Ministerio FALLA: Concédesele al señor MARIO RODOLFO MENDOZA SAN- TIZO, de las generales expresadas la calidad de SALVADOREÑO por NACIMIENTO, por ser de origen y nacionalidad guatemalteca y tener domicilio fijo en El Salvador. El favorecido conserva su nacionalidad de origen, de acuerdo a lo establecido en el artículo noventa y uno inciso primero de la Constitución de la República. INSCRÍBASE ESTA

85 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de RESOLUCIÓN EN EL LIBRO DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD SALVADOREÑA POR NACIMIENTO. Certifíquese, confróntese y dése cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro inciso tercero de la Ley de Extranjería. NOTIFÍQUESE. RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA, MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA. RUBRICADA. Es conforme con su original con el cual se confrontó. MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA. San Salvador, a las ocho horas con veinte minutos del día uno de septiembre de dos mil ocho. RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA, MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA. RUBRICADA. ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRONTÓ, y para que sea publicado en el DIARIO OFICIAL, se extiende, firma y sella la presente, en el MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA. San Salvador, a las ocho horas con cinco minutos del día dos de septiembre de dos mil ocho. RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA, MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA. 1 v. No. F HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por el Abogado FRANCISCO ESPINOSA AGUILAR, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor EDWIN JOSÉ MEJÍA VÁSQUEZ, el mencionado profesional manifiesta: Que no ha sido posible emplazar al demandado antes mencionado por ignorar el paradero y lugar donde puede ser encontrado y no sabe si se encuentra dentro o fuera de la República, desconociendo también, si ha dejado Procurador o Representante Legal, para que lo represente en el juicio ya iniciado en su contra, por lo que viene a promover las correspondientes Diligencias de Ausencia en base al Art. 141 Pr. C.; a efecto de que se le nombre Curador Especial a la parte demandada, para que lo represente en dicho juicio. En consecuencia, se previene, que si el ausente aún no declarado señor EDWIN JOSÉ MEJÍA VÁSQUEZ, tuviere Procurador o Representante Legal, se presente a comprobar dicha circunstancia dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación de este aviso. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las diez horas y veinte minutos del día siete de noviembre del año dos mil ocho. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LICDA. CENCEPCIÓN PALMA CRUZ, SECRETARIA. JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado JOSÉ MARIO VALDIVIERO BERDUGO, como Apoderado General Judicial del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO Institución de Crédito de Carácter Autónomo del domicilio de San Salvador, demandando en el carácter expresado en Juicio Mercantil Ejecutivo, al señor MANUEL DE JESÚS PÉREZ LÓPEZ, mayor de edad, Empleado, del domicilio actualmente ignorado, sin que se sepa su paradero o si ha dejado en el país Procurador u otro Representante Legal, por lo que se previene si lo tuviere, se presente a este Juzgado dentro de los quince días siguientes a la publicación del último aviso, comprobando tal circunstancia. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las doce horas y cinco minutos del día treinta de octubre de dos mil ocho. DR. JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, 1 v. No. F JUICIO DE AUSENCIA ERNESTO CEA JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MER- EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL- CANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. VADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada VILMA YANIRA BURUCA HERNÁNDEZ, actuando como Apoderada General Judicial del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, promoviendo Diligencias de Ausencia, manifestando que ha demandado en Juicio Ejecutivo Mercantil, reclamándole cantidad de dinero y accesorios de ley a la señora ARGENTINA MARLENI PORTILLO DE PERDOMO siendo que como la mencionada señora, no ha dejado Procurador u otro Representante Legal, pide se le nombre un Curador Especial pera que la represente en el Juicio aludido. PREVIÉNESE de acuerdo con el Art. 141 Pr. C., que si la mencionada señora ARGENTINA MARLENI PORTILLO DE PERDOMO, tienen Procurador o Representante Legal se presente dentro de los quince días siguientes a la última publicación de este aviso y pruebe tal circunstancia. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las quince horas dieciocho minutos del día veintiocho de octubre de dos mil ocho. LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL. LICDA. TERESA DE JESÚS VÁSQUEZ VÁSQUEZ, SECRETARIA. 1 v. No. F v. No. F034247

86 86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 RENOVACION DE MARCAS No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 34. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de JAPAN TOBACCO INC, del domicilio de TORANOMON, MINATO-KU, TOKYO, JAPON, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVA- CION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIP- CION DE MARCAS, consistente en la palabra MIRAGE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los doce días del mes de agosto del año dos mil ocho. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01. SECRETARIA. 3 v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ILLINOIS TOOL WORKS, INC., del domicilio de 3600, West Lake Avenue, Glenview, Illinois , Estados Unidos de América, de nacionalidad ES- TADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA CABEZA DE PERFIL DE UN INDIO PIEL ROJA CON ADORNO DE PLUMAS EN LA CABEZA, LEYENDOSE ARRIBA las palabras INDIAN HEAD, QUE QUIERE DECIR CABEZA DE INDIO Y ABAJO DE LA CABEZA LAS PALABRAS CHIEF (JEFE) PERMATEX ; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los dos días del mes de junio del año dos mil ocho. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174, Avenue de France, 75013, París, Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra DOGMATIL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil ocho. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, 3 v. alt. No. F

87 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. San Salvador, a los veintiuno días del mes de julio del año dos mil ocho. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de INTERSTATE BATTERY SYSTEM INTERNATIONAL, INC., del domicilio de MERIT DRIVE, SUITE 400 DALLAS, TEXAS 75251, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADO- UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra INTERSTATE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los once días del mes de septiembre del año dos mil ocho. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA REGISTRADOR. GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Abbott Laboratories, del domicilio de ESTADO DE ILLINOIS, ESTADOS UNIDOS SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, actuando como APODERADO de Abbott Laboratories, del domicilio de ABBOTT PARK, CHICAGO, ILLINOIS, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra AMINOSYN ; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra TORFAN-H ; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil ocho. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN, Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. 3 v. alt. No. F

88 88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 02. San Salvador, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil ocho. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de E.I. du Pont de Nemours and Company, del domicilio de 1007 Market Street, Wilmington, Delaware, 19898, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PERMAHYD ; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 02 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los cuatro días del mes de septiembre del año dos mil ocho. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA REGISTRADOR. GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de E.I. du Pont ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, de Nemours and Company, del domicilio de 1007 Market Street, Wilmington, Delaware, 19898, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, actuando como APODERADO de Orion Corporation, del domicilio de CIUDAD DE ESPOO, CON OFICINAS PRINCIPALES EN ORIONINTIE 1, ESPOO, FINLANDIA, de nacionalidad FINLANDESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PRIMADEX; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 02. para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PERMACRON; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 02 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil ocho. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. F

89 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. San Salvador, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil ocho. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, actuando como APODERADO de Orion Corporation, del domicilio de ORIONINTIE 1, FIN ESPOO, FINLANDIA, de nacionalidad FINLANDESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PRECEDEX; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil ocho. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de E.I. DU PONT DE NEMOURS AND COMPANY, del domicilio de Wilmington, Delaware 19898, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADO- UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra ROCAP; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 27 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 10. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Pfizer Health AB, del domicilio de S STOCKHOLM, SWEDEN, de nacionalidad SUECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras GENOTROPIN PEN, en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 10 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los cuatro días del mes de septiembre del año dos mil ocho. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, actuando como APODERADO de Pfizer Health AB, del domicilio de S Stockholm, Sweden, de nacionalidad SUECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra

90 90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 Fragmin en letras de molde tipo corriente, siendo la F mayúscula y las demás minúsculas, llevando la letra i en lugar del punto, el dibujo de una hoja; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil ocho. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 07, v. alt. No. F HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de KABUSHIKI KAISHA KOMATSU SEISAKUSHO, del domicilio de 3-6, 2-CHOME AKASAKA, MINATO-KU, TOKYO, JAPON, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de REGISTRO DE MARCAS, consistente en consistente en la representacion de una cruz corta, sólida, cuya columna es mucho más gruesa que los brazos, los cuales rematan en discos sólidos masivos; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 07, 12 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil ocho. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR. MARIA ISABEL JACO LINARES, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 17. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de VEKA AG, del domicilio de DIESELSTRASSE 8 D SENDENHORST, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra VEKA, encerrada en un rectángulo, que se coloca encima de una figura romboidal de doble marco, atrás de la cual se aprecia el marco inferior de otra figura semejante; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 17 de la Casificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los tres días del mes de septiembre del año dos mil ocho. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 19. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de VEKA AG, del domicilio de DIESELSTRASSE 8 D SENDENHORST, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra VEKA, encerrada en un rectángulo que se coloca encima de una figura romboidal de doble marco, atrás de la cual se aprecia el marco inferior de otra figura semejante; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 19 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los tres días del mes de septiembre del año dos mil ocho. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

91 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de MARCAS DE FABRICA No. de Expediente: PORACION HABANOS, S.A., de nacionalidad CUBANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, No. de Presentación: CLASE: 05. R&J, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Abbott GmbH & Co. KG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, TRANSMETIL Consistente en: la palabra TRANSMETIL, que servirá para: AMPA- RAR: MEDICINA PARA EL HIGADO Y PARA EL TRATAMIENTO DE LA DEPRESION. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, San Salvador, diez de octubre del año dos mil ocho. REGISTRADOR, JUAN FRANCISCO MOREIRA MAGAÑA, REGISTRADOR. ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA, 3 v. alt. No. C Consistente en: las letras R&J, que servirá para: AMPARAR: TABACO EN BRUTO, TABACO ELABORADO PARA FUMAR, MASCAR O ESTORNUDAR, CIGARROS, CIGARRILLOS, CIGA- RRITOS, PICADURA, ARTICULOS PARA FUMADORES, ENTRE OTROS: CENICEROS, CORTAPUROS, FOSFORERAS, PURERAS; CERILLAS. Clase: 34. ocho. La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil San Salvador, siete de octubre del año dos mil ocho. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Expediente: No. de Presentación: No. de Presentación: CLASE: 02. CLASE: 34., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de COR-, HACE SABER; Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

92 92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 DAIMLER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR JABONES; ARTÍCULOS DE PERFUMERÍA; ACEITES ESENCIALES; COSMÉ- TICOS; PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DEL CUERPO Y LA BELLEZA; LOCIONES PARA EL CABELLO. Clase: 03. Consistente en: un logo DAIMLER estrella plana 3 puntas, que servirá para: AMPARAR PINTURAS, BARNICES, LACAS; CON- SERVANTES CONTRA LA HERRUMBRE Y EL DETERIORO DE LA MADERA; MATERIAS TINTÓREAS; MORDIENTES; RESINAS NATURALES EN ESTADO BRUTO. Clase: 02. La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos mil ocho. San Salvador, diez de octubre del año dos mil ocho. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, REGISTRADOR,. FERNANDO JOSE VELASCO, 3 v. alt. No. C CLASE: 11. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03., ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de DAIMLER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos mil ocho. San Salvador, diez de octubre del año dos mil ocho. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, No. de Expediente: No. de Presentación: REGISTRADOR, FERNANDO JOSE VELASCO, 3 v. alt. No. C , HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO DAIMLER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: un logo DAIMLER estrella plana 3 puntas, que servirá para: AMPARAR PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Consistente en: una figura que se identifica como LOGO DAIMLER ESTRELLA PLANA 3 PUNTAS, que servirá para: AMPARAR: APA-

93 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de RATOS DE ALUMBRADO, DE CALEFACCION, DE PRODUCCION DE VAPOR, DE COCCION, DE REFRIGERACION, DE SECADO, DE VENTILACION, DE DISTRIBUCION DE AGUA E INSTALA- CIONES SANITARIAS. Clase: 11. VEHICULOS AUTOMOTORES Y SUS PARTES (INCLUIDAS EN LA CLASE 12). Clase: 12. La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos mil ocho. La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos mil ocho. San Salvador, trece de octubre del año dos mil ocho. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 16. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 12.,, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de DAIMLER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, San Salvador, diez de octubre del año dos mil ocho. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de DAIMLER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: un diseño que se identifica como LOGO DAIMLER ESTRELLA PLANA DE 3 PUNTAS, que servirá para: AMPARAR: Consistente en: un diseño que se identifica como LOGO DAIMLER ESTRELLA PLANA 3 PUNTAS, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTOS MATERIALES NO COM- PRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; FOTOGRAFÍAS; PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA PAPELERÍA O LA CASA; PINCELES; MÁQUINAS DE OFICINA

94 94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN Y DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS); MATERIALES PLÁSTICOS PARA EMBALAJE (NO COMPREN- DIDOS EN OTRAS CLASES). Clase: 16. La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos mil ocho. San Salvador, catorce de octubre del año dos mil ocho. LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA, REGISTRADOR. FERNANDO JOSÉ VELASCO, San Salvador, diez de octubre del año dos mil ocho. 3 v. alt. No. C LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. No. de Expediente: GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C , HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNILEVER N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA No. de Expediente: DE FABRICA, No. de Presentación: CLASE: 29., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO Consistente en: la palabra NATURA'S y diseño, que servirá para: DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNILEVER N.V., AMPARAR CAFÉ, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA SAGÚ, SUSTITUTOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES DE FABRICA, HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVO PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CON- DIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil ocho. Consistente en: la palabra NATURA'S y diseño, que servirá para: AMPARAR CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VEGETALES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; GELATINAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29. La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil ocho. San Salvador, catorce de octubre del año dos mil ocho. LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA, REGISTRADOR. FERNANDO JOSE VELASCO, 3 v. alt. No. C

95 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Solvay Pharmaceuticals GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, NORCYNT Consistente en: la palabra NORCYNT, que servirá para: AMPA- RAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día ocho de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, quince de octubre del año dos mil ocho. JUAN FRANCISCO MOREIRA MAGAÑA, REGISTRADOR. NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA, Motor Co., Ltd., de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, 3 v. alt. No. C No. de Presentación: CLASE: 16., La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dos HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Mary Kay Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, NUESTRA MISIÓN ES ENRIQUECER LA VIDA DE LAS MUJERES MATERIAL IMPRESO PARA NEGOCIOS, AYUDAS IMPRESAS PARA VENTAS Y MATERIALES PARA MERCADEO, CATALO- GOS, REVISTAS, TARJETAS DE PRESENTACION, MEMBRETE, PAPELERIA Y BROCHURS, TODO EN EL CAMPO DE COSME- TICOS Y CUIDADO DE BELLEZA Y VENTAS DIRECTAS DE COSMETICOS Y PRODUCTOS DE CUIDADO DE BELLEZA. Clase: 16. La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del año dos mil ocho. San Salvador, veinticinco de septiembre del año dos mil ocho. JUAN FRANCISCO MOREIRA MAGAÑA, REGISTRADOR. KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 12. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C LA INFRASCRITA REGISTRADORA, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL VEGA GUERRA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Honda ODYSSEY No. de Expediente: Consistente en: la expresión: ODYSSEY, que se traduce al castellano como: ODISEA, que servirá para: AMPARAR: VEHICULOS, APARATOS PARA LOCOMOCIÓN POR TIERRA, AIRE Y AGUA. Clase: 12. mil ocho. San Salvador, seis de octubre del año dos mil ocho. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA.. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, Consistente en: las palabras NUESTRA MISIÓN ES ENRIQUE- CER LA VIDA DE LAS MUJERES, que servirá para: AMPARAR: 3 v. alt. No. C

96 96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Mead Johnson & Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: Consistente en: un diseño que se identifica como DISEÑO DE BUHO CON PIZARRON, que servirá para: AMPARAR: FORMULA PARA INFANTES; FORMULA PARA INFANTES FORTIFICADA CON VITAMINAS Y MINERALES; FÓRMULA PARA INFANTES HIPOALERGÉNICA Y COMIDA PARA BEBES. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, quince de octubre del año dos mil ocho. Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Mead Johnson & Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: CON VITAMINAS Y MINERALES; FÓRMULA PARA INFANTES HIPOALERGÉNICA Y COMIDA PARA BEBES. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, quince de octubre del año dos mil ocho. Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Mead Johnson & Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: Consistente en: un diseño que se identifica como DISEÑO DE BUHO CON JUGUETES, que servirá para: AMPARAR: FORMULA PARA INFANTES; FORMULA PARA INFANTES FORTIFICADA CON VITAMINAS Y MINERALES; FORMULA PARA INFANTES HIPOALERGENICA Y COMIDA PARA BEBES. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, diecisiete de octubre del año dos mil ocho. Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: un diseño que se identifica como DISEÑO DE BUHO CON ROMPECABEZAS, que servirá para: AMPARAR: FORMULA PARA INFANTES; FORMULA PARA INFANTES FORTIFICADA MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. C

97 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 04. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de PartyLite Worldwide, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: PARTYLITE Consistente en: la palabra PARTYLITE, que servirá para: AM- PARAR: VELAS O CANDELAS Y CERA AROMATIZADA PARA USO EN QUEMADORES DE POTPOURRI. La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos mil seis. San Salvador, treinta de mayo del año dos mil seis. ALICIA ESTER GARCIA COREAS, REGISTRADOR. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Yazaki Corporation, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: Consistente en: la palabra YAZAKI y diseño, que servirá para: AMPARAR: ARANDELAS; BUJES; TAPONES DE HULE PARA CONECTORES A PRUEBA DE AGUA; TAPONES DE HULE; CIN- TAS AISLANTES; MATERIALES AISLANTES; ACCESORIOS DE AJUSTE PARA TUBERIA DE GAS; EMPALMES PARA TUBERIA (NO DE METAL); EMBALAJES; VALVULAS PARA CORTAR FLU- JO DE GAS; VALVULAS PARA GAS DE DOS VIAS; VALVULAS PARA CILINDROS DE GAS; VALVULAS DE GAS; MANGUERAS PARA GAS; MANGUERAS DE HULE; MANGUERAS DE PLAS- TICO; TUBERIAS DE GAS (TUBERIAS PARA RECOLECTAR GAS, TUBERIA DE MULTIPLE DE GAS); TUBERIA Y TUBOS DE PLASTICO; TUBOS Y TUBERIAS DE HULE; TANQUES DE ALMACENAJE DE GAS LIQUIDO DE PETROLEO EN MASA; VALVULAS DE PASO DE GAS. Clase: 17. La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, nueve de octubre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNILEVER N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: Consistente en: un diseño que se identifica como diseño REXONA TRIDIMENSIONAL, que servirá para: AMPARAR: JABONES; PER- FUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS; COLONIAS, AGUA DE TOCADOR, SPRAYS PERFUMADOS PARA CUERPO; ACEITES, CREMAS Y LOCIONES PARA LA PIEL,; ESPUMA PARA AFEITARSE, GEL PARA AFEITARSE, LOCIONES PARA ANTES DE AFEITARSE Y PARA DESPUÉS DE AFEITARSE; TALCO EN POLVO; PREPARACIONES PARA EL BAÑO Y DUCHA; LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTÍFRICOS; ENJUAGUES BUCALES NO MEDICADOS; DESODORANTES; ANTI-PERSPIRANTES PARA USO PERSONAL; PREPARACIONES DE TOCADOR NO MEDI- CADAS. Clase: 03.

98 98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, quince de octubre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNILEVER N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: SEDAL BRILLO GLOSS Consistente en: la expresión SEDAL BRILLO GLOSS, la palabra GLOSS se traduce al castellano como brillo, que servirá para: AMPARAR: JABONES; PREPARACIONES PARA LIMPIEZA; PERFUMERÍA; ACEITES ESENCIALES; DESODORANTES, Y ANTI-PERSPIRANTES; PRODUCTOS PARA EL CUIDADO DEL CABELLO; COLORANTES PARA CABELLO, TINTES PARA CA- BELLO, LOCIONES PARA CABELLO, PREPARACIONES PARA ONDULAR EL CABELLO, CHAMPÚS, ACONDICIONADORES, SPRAYS PARA CABELLO, POLVO PARA EL CABELLO, PRO- DUCTOS PARA ARREGLAR EL CABELLO, PLACAS PARA EL CABELLO, ESPUMAS PARA EL CABELLO, PRODUCTOS PARA DAR BRILLO AL CABELLO, GELATINAS PARA EL CABELLO, HIDRATANTES PARA EL CABELLO, LÍQUIDOS PARA EL CA- BELLO, TRATAMIENTOS PARA PRESERVAR EL CABELLO, TRATAMIENTOS CONTRA LA RESEQUEDAD DEL CABELLO, ACEITES PARA EL CABELLO, TÓNICOS PARA EL CABELLO, CREMAS PARA EL CABELLO, PREPARACIONES PARA EL BAÑO Y/O DUCHA; PREPARACIONES DE TOCADOR NO MEDICADAS; PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; COSMÉTICOS; ALMOHADILLAS, PAÑUELOS O TOALLITAS IMPREGNADAS O PREHUMEDECIDAS PARA LIMPIEZA. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del año dos mil ocho. San Salvador, veintiséis de septiembre del año dos mil ocho. Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNILEVER N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: SEDAL DESGRAFILADO Consistente en: las palabras SEDAL DESGRAFILADO, que servirá para: AMPARAR: JABONES; PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS; COLONIAS, AGUA DE TOCADOR, SPRAYS PERFUMADOS PARA CUERPO; ACEITES, CREMAS Y LOCIONES PARA LA PIEL; ESPUMA PARA AFEITARSE, GEL PARA AFEITARSE, LOCIONES PARA ANTES DE AFEITARSE Y PARA DESPUÉS DE AFEITARSE; TALCO EN POLVO; PREPARA- CIONES PARA EL BAÑO Y DUCHA; LOCIONES PARA EL CABE- LLO; DENTÍFRICOS; ENJUAGUES BUCALES NO MEDICADOS; DESODORANTES; ANTI-PERSPIRANTES PARA USO PERSONAL; PREPARACIONES DE TOCADOR NO MEDICADAS. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del año dos mil ocho. San Salvador, veintinueve de septiembre del año dos mil ocho. Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No. C

99 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Yazaki Corporation, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: Consistente en: la palabra YAZAKI y diseño, que servirá para: AM- PARAR: ARNÉS DE CABLES PARA AUTOMÓVILES; ARNESES DE CABLES; CABLES PARA BATERÍAS; ALAMBRES/CABLES PARA BUJÍAS, ALAMBRES/CABLES DE IGNICIÓN, ALAMBRES/ CABLES DE RESISTENCIA DE ALTO VOLTAJE O ALAMBRES/ CABLES DE ALTO VOLTAJE ANTI-RUIDO; CABLES DE ALTO VOLTAJE PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS; ALAMBRES ELÉC- TRICOS Y CABLES PARA AUTOMÓVILES; ENCAJES CONECTO- RES PARA AISLAR TERMINALES ELÉCTRICOS; CONECTORES ELÉCTRICOS; SOSTENEDORES PARA ENCAJES CONECTORES; ESPACIADORES PARA ENCAJES CONECTORES; PLÁSTICOS MOLDEADOS PARA PROTEGER ARNESES DE CABLES; TUBOS PARA PROTEGER ARNESES DE CABLES; PINZAS PARA FIJAR ARNESES DE CABLES; BANDAS PARA SUJETAR ARNESES DE CABLES; CAJAS DE EMPALME PARA AUTOMÓVILES; CONEC- TORES ROTATIVOS PARA TIMÓN DE DIRECCIÓN; CABLES DE FIBRA ÓPTICA; CONECTORES ÓPTICOS, CABLES CONDUC- TORES PARA MEDIDORES; ALAMBRE DESNUDO; CABLES COAXIALES; LÍNEAS DE CORRIENTE ELÉCTRICA; ALAMBRES ELÉCTRICOS Y CABLES PARA COMUNICACIÓN; ALAMBRES Y CABLES ELÉCTRICOS RESISTENTES AL FUEGO; ALAMBRES Y CABLES ELÉCTRICOS RESISTENTES AL CALOR; ALAMBRES Y CABLES ELÉCTRICOS PARA ALARMAS; ARNESES DE CABLES PREFABRICADOS PARA EDIFICIOS Y/O CASAS, ARNESES DE CABLES PARA EDIFICIOS/CASAS; ALAMBRES Y CABLES ELÉCTRICOS; TERMINALES ELÉCTRICAS; RELÉS ELÉCTRICOS; FUSIBLES ELÉCTRICOS; CONEXIÓN DE FUSIBLES ELÉCTRI- COS; CAJAS DE FUSIBLES; CAJAS DE RELÉS; UNIDADES DE CONTROL ELÉCTRICO; INTERRUPTORES PARA COLUMNA DE DIRECCIÓN; UNIDADES DE CONTROL DE PUERTAS DE AUTOMÓVILES; INTERRUPTORES DE NIVEL DE KEROSENO; APARATOS Y MAQUINAS DE CONTROL O DISTRIBUCIÓN DE PODER; CONVERTIDORES ROTATIVOS; MODIFICADORES DE FASE; TAQUÍMETROS; TAXÍMETROS; INDICADORES DE CONSUMO DE COMBUSTIBLE; MEDIDORES DE CONSUMO DE COMBUSTIBLE; MEDIDORES DE CARGA; PANTALLA DE CONSOLA CENTRAL PARA AUTOMÓVILES; VELOCÍMETROS; TACÓMETROS; ODÓMETROS; MEDIDORES DE MARCHA; ME- DIDOR DE GASOLINA; MEDIDOR DE TEMPERATURA DE AGUA; MEDIDORES DE PRESIÓN DE ACEITE; MEDIDORES DE TEMPE- RATURA DE ACEITE; SENSORES DE GASOLINA; SENSORES DE PRESIÓN; SENSORES DE TEMPERATURA; MEDIDORES PARA GRABAR OPERACIÓN; REGISTRADORES DE TEMPERATURA PARA CAMIONES REFRIGERADOS; MEDIDORES DE GAS; REGU- LADORES DE PRESIÓN DE GAS; REGISTRADOR DE CUADROS DE PRESIÓN; INDICADORES REGISTRADORES DE PRESIÓN; INSTRUMENTOS Y MÁQUINAS PARA PRUEBAS Y MEDICIÓN; IMPRESORAS PARA TAXÍMETROS; UNIDADES DE VEHÍCULO ETC; CÁMARAS DIGITALES; REGISTRADORES DE DATOS DE ACCIDENTES DE TRÁFICO; SISTEMAS DE POSICIONAMIENTO DE VEHÍCULO; REGISTRADORES Y ANALIZADORES DE DATOS PARA EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN; ALARMAS Y DETECTO- RES DE FUGAS DE GAS; DETECTORES Y ALARMAS DE GAS CO(DETECTORES Y ALARMAS DE MONÓXIDO DE CARBONO); DETECTORES Y ALARMAS DE INCENDIOS; DETECTORES DE FUGAS DE GAS; DETECTORES DE CO(DETECTORES DE MONÓXIDO DE CARBONO); CARBURADORES PARA GAS LI- QUIDO DE PETRÓLEO; REGULADORES DE GAS DE CAMBIO AUTOMÁTICO; SISTEMA DE SUMINISTRO DE GAS LÍQUIDO DE PETRÓLEO (LPG) EN MASA; APARATOS Y DISPOSITIVOS DE TELECOMUNICACIÓN; PROGRAMAS DE COMPUTADORA; CIRCUITOS ELECTRÓNICOS, DISCOS MAGNÉTICOS, TARJETAS MAGNÉTICAS, HOJAS MAGNÉTICAS Y CINTAS MAGNÉTICAS GRABADAS CON PROGRAMAS DE COMPUTADORAS; MAQUI- NAS Y APARATOS ELECTRÓNICOS Y PIEZAS DE LOS MISMOS; TANQUES DE ALMACENAJE DE GAS LIQUIDO DE PETRÓLEO (LPG) EN MASA; VÁLVULAS DE PASO DE GAS. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, siete de octubre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. C

100 100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: VIRREVO Consistente en: la palabra VIRREVO, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS ANTI-VIRALES. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día ocho de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, trece de octubre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMON SERRANO, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO Y DROGUERIA QUALIPHARM, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO: QUALIPHARM Consistente en: la palabra QUALIPHARM, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA CONSUMO HUMANO. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GUILLERMO FELIX DARDANO SCHIMMEL, en su calidad de REPRESENTAN- TE LEGAL de METANOIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO: METANOIA Consistente en: la palabra "METANOIA", que servirá para: AM- PARAR: PRODUCTOS DE CAFE, TALES COMO CAFE TOSTADO, CAFE INSTANTANEO Y OTROS DE IGUAL GENERO. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil ocho. San Salvador, doce de noviembre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, 3 v. alt. No. C

101 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE:05. ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PROLAICA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, LA INFRASCRITA REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, FIPETS Consistente en: la palabra FIPETS, en la cual "FI" no tiene ningún significado al idioma castellano; y "PETS" en idioma castellano es mascotas, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS VETERINARIOS, E HIGIENICOS; PRODUCTOS DIETETICOS PARA NIÑOS Y ENFERMOS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES; MATERIALES PARA EMPASTAR DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA DESTRUIR MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día dieciocho de julio del año dos mil ocho. San Salvador, veintitrés de octubre del año dos mil ocho. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR. JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No. C Consistente en: la expresión Lácteos CUSCATLECO y diseño, sobre el término Lácteos cuscatleco individualmente considerado no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: TODOS LOS PRODUCTOS DERIVADOS DE LA LECHE. Clase: 29. La solicitud fue presentada el día veintiséis de febrero del año dos mil ocho. San Salvador, dos de octubre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE EDGARDO CONTRERAS POCASANGRE conocido por JOSE EDGARDO CONTRERAS, en su calidad de APODERADO ESPE- CIAL de LABORATORIOS CHALVER DE COLOMBIA, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 29. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE ALVARENGA NAVAS, en su calidad de APODERADO de PRODUC- TOS LACTEOS IMPORTADOS DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD Consistente en: la palabra: LACTULAX y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año dos mil ocho.

102 102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil ocho. GEORGINA VIANA CANIZALEZ, REGISTRADOR. ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de DEXXON GROUPE HOLDING, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, GDIUM Consistente en: la expresión GDIUM, que servirá para: AMPA- RAR: APARATOS PARA LA DIFUSIÓN, GRABACIÓN, TRANS- MISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO, DATOS O IMÁGENES; PORTADORES DE DATOS MAGNÉTICOS; INSTRUMENTOS PARA ENTRADA, ALMACENAJE Y PROCESAMIENTO DE IN- FORMACIÓN O DATOS; PORTADORES PARA GRABACIÓN Y REPRODUCCIÓN DE SONIDOS, IMÁGENES, SEÑALES Y DATOS, MÓDEMS; APARATO PARA ENVÍO DE MENSAJE; EQUIPOS DE CONTROL DE TELECOMUNICACIONES, APARATOS PARA CAP- TURAR, CONTAR, RECOLECTAR, ALMACENAR, CONVERSIÓN, PROCESAMIENTO, ENTRADA, DIFUSIÓN O TRANSMISIÓN DE DATOS, INFORMACIÓN Y SEÑALES. ORDENADORES. DISPO- SITIVOS PERIFÉRICOS PARA ORDENADORES; PORTADORES MULTIMEDIA (PORTADORES MAGNÉTICOS, ÓPTICOS, DE IMÁGENES O SONIDOS; SOFTWARE); APARATO TELEFÓNICO; APARATO DE RADIOTELEFÓNICO; APARATO MANOS LIBRES O CON ACTIVACIÓN DE VOZ PARA DIFUSIÓN, GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO, DATOS O IMÁ- GENES; APARATO DE PROCESAMIENTO DE INFORMACIÓN, MEMORIAS DE ORDENADOR, INTERFAZ, CINTAS MAGNÉ- TICAS, PORTADORES DE DATOS EN PARTICULAR ÓPTICOS, TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN, PORTADORES DIGITALES O MAGNÉTICOS. APARATOS PARA JUEGOS ADAPTADOS PARA USARSE CON ORDENADORES O TELEVISIONES. JUEGO DE TRANSMISIÓN DE TELECOMUNICACIÓN; SOFTWARE, PAQUETES DE SOFTWARES, PROGRAMAS GRABADOS, TODO TIPO DE SOFTWARES SOBRE TODO TIPO PORTADORES DE GRABACIÓN O (INCLUYENDO SOFTWARE DE ORDENADORES GRABADOS EN MEDIOS MAGNÉTICOS O DESCARGADO DE REDES EXTERNAS DE ORDENADORES). DISPOSITIVOS DE RED LOCALES PARA CONECTAR A LA RED VARIOS ORDE- NADORES, DISPOSITIVOS QUE PERMITEN LA TRANSMISIÓN DE DATOS DE ORDENADORES A DISPOSITIVOS PERIFÉRICOS Y DE ORDENADORES A ORDENADORES. MONITORES, APA- RATO AUDIOVISUAL, APARATO DE TELECOMUNICACIÓN. MÁQUINAS VENDEDORAS AUTOMÁTICAS Y MECANISMOS PARA APARATOS OPERADOS POR MONEDAS; CAJAS REGIS- TRADORAS, CALCULADORAS. TARJETAS DE LLAMADAS, APARATOS PARA PAGO Y PRE-PAGO CON ORDENADORES, LECTORES MAGNÉTICO O DE CÓDIGO DE BARRAS; DISPEN- SADOR DE TARJETAS. PROGRAMAS DE ORDENADOR PARA COMUNICACIÓN INALÁMBRICA. TRANSMISIÓN DE INFOR- MACIÓN Y TERMINALES DE EMISIÓN USANDO TECNOLOGÍA DE RED INALAMBRICA PERSONAL. CARTAS INTELIGENTES O CARTAS CON MICROPROCESADORES, CARTAS MAGNÉ- TICAS, CARTAS DE MICROPROCESADOR; LECTORES DE TARJETA INTELIGENTES, TARJETAS DE VÍDEO, TARJETAS DE AUDIO, TARJETA DE TELEVISOR Y TARJETAS PARA JUE- GOS ELECTRÓNICOS (DISEÑADOS PARA SER USADO CON RECEPTORES TELEFÓNICOS); APARATO PARA LEER Y/O ESCRIBIR EN TARJETA INTELIGENTES, TARJETAS CON MI- CROPROCESADORES, TARJETAS MAGNÉTICAS O TARJETAS DE MICROPROCESADOR. ORDENADORES O ADAPTADORES ELÉCTRICOS. PANELES GRÁFICOS, LÁPICES DE GRABADOS, RATONES DE ORDENADOR, ESCÁNER, GRABADORES, IMPRE- SORAS DE ORDENADORES, PANTALLAS DE ORDENADOR Y TECLADOS; ALTAVOCES; MICRÓFONOS; CÁMARAS DE VÍDEO; FOTOCOPIADORAS, FAXES. SALIDAS DE VOLTAJE. ALAMBRES Y CABLES ELÉCTRICOS Y DE COMPUTACIÓN; EXTENSIONES PARA ALAMBRES Y CABLES ELÉCTRICOS Y DE COMPUTA- CIÓN. PROYECTORES DE VÍDEO. PROYECTORES DE SOBRE MESA. LECTORES DE MICROFICHA. BATERÍAS ELÉCTRICAS. PELÍCULAS EXPUESTAS O INEXPUESTA SENSIBILIZADAS. CABLES ELÉCTRICOS, DE COMPUTACIÓN, TELEFÓNICOS, DE VIDEOS Y DE AUDIO. APARATO DE CONTROL DE ACCESO Y SEGURIDAD DE DATOS. APARATO PARA AUTENTIFICAR Y CODIFICAR TRANSMISIONES DE ORDENADOR. APARATO DE RED INDUSTRIAL ELECTRÓNICO PARA TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN A ALTA VELOCIDAD; APARATO DE TRANS- MISIÓN DE INFORMACIÓN INALÁMBRICA; SISTEMAS DE RECEPCIÓN DE SATÉLITE; APARATO DE ORDENADOR E INS- TRUMENTOS DIRIGIDOS EN PARTICULAR A LA SEGURIDAD DE REDES Y DEL INTERNET; DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD DE ORDENADOR A SABER MURO DE FUEGO, FILTRO DE CONTENIDO, ALARMAS DE ROBO, PROGRAMAS DE ORDE- NADOR A SABER PROTECCIÓN DE VIRUS DE ORDENADOR; GESTORES DE TRAFICO PARA PERMITIR QUE LOS ARCHIVOS DE INTERNET O DEL COMPUTADOR PUEDAN SER COMPAR- TIDOS Y ACCESADOS; INTERRUPTORES; CUBOS; DISCOS COMPACTOS; CD-ROM; CARTUCHOS DE JUEGOS DE VIDEO; TOCADORES DE MP3; DVD; SERVIDORES DE BASE DE DATOS

103 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de DE ORDENADOR (SOFTWARE). TAPAS PROTECTORAS USADAS PARA APARATOS DE DIFUSIÓN, GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO, DATOS O IMÁGENES Y PARA ORDENADORES Y ORDENADOR PERIFÉRICOS. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil ocho. San Salvador, veinte de octubre del año dos mil ocho. JUAN FRANCISCO MOREIRA MAGAÑA, REGISTRADOR. NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. SECRETARIA. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de RESEARCH IN MOTION LIMITED, de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, BLACKBERRY STORM Consistente en: las palabras BLACKBERRY STORM que se traducen al castellano como tormenta de zarzamora, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, DE VIGILANCIA, FÍLMICOS, FOTOGRÁFICOS, ÓP- TICOS, MEDIDORES DE PESO Y DISTANCIA, SEÑALIZACIONES, CHEQUEOS O SUPERVISIONES, SALVAVIDAS Y DIDÁCTICOS; APARATOS PARA RECOLECCIÓN, TRANSMISIÓN Y REPRO- DUCCIÓN DE DATA, SONIDOS E IMÁGENES, CONTENEDORES DE DATA MAGNÉTICOS, DISCOS, MAQUINAS DE CÁLCULO, EQUIPO DE PROCESAMIENTO DE DATA, Y COMPUTADORAS; SOFTWARE DE COMPUTADORAS; UNIDADES ELECTRÓNICAS PORTÁTILES PARA LA TRANSMISIÓN INALÁMBRICA DE DATA Y/O SEÑALES VOCALES, ES DECIR, BATERÍAS, PUERTAS PARA BATERÍAS, KITS PARA CARROS, CARGADORES Y PUNTOS DE CARGA, RECEPTORES DE CABEZA, ADAPTADORES, SOPORTES DEL CARGADOR DE SOBREMESA PARA BATERÍAS, BASE DE ACOPLAMIENTO, CABLES DE COMPUTADORA, ESTUCHES, BOLSONES Y FUNDAS DE REVOLVER; SOFTWARE PARA LA COMUNICACIÓN POR COMPUTADORA PARA LA SINCRONIZA- CIÓN, TRANSMISIÓN Y DIVULGACIÓN DE DATA, HORARIOS, CONTENIDO Y MENSAJERÍA ENTRE UNO O MÁS UNIDADES ELECTRÓNICAS PORTÁTILES Y DATA GUARDADA EN O RE- LACIONADA CON COMPUTADORAS. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil ocho. San Salvador, tres de noviembre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 20. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de CHEP TECHNOLOGY PTY LIMITED, de nacionalidad AUSTRA- LIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: un diseño que se identificará como Diseño CHEP, que servirá para: AMPARAR: CONTENEDORES DE TODAS LAS DESCRIPCIONES INCLUIDAS EN ESTA CLASE, INCLUYENDO CONTENEDORES HECHOS DE MADERA, PLASTICOS O FIBRA DE VIDRIO; CONTENEDORES AISLADOS DE CALOR; TODOS LOS TIPOS DE CONTENEDORES PARA EL MANEJO Y TRANS- PORTE DE MERCANCIAS, EXCLUYENDO CONTENEDORES DE METAL; PLATAFORMAS HECHAS DE MADERA, PLASTICOS O FIBRA DE VIDRIO. Clase: 20. La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil ocho. San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. F

104 104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 20. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de COMERCIAL INDUSTRIAL OLINS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: OLINS, S.A DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la frase BIAGGI CUCINA y diseño, que se traduce al castellano como BIAGGI COCINA, que servirá para: AMPARAR: MUEBLES DE COCINA Clase: 20. La solicitud fue presentada el día nueve de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, trece de octubre del año dos mil ocho. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 11. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de T.V. OFFER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: T.V. OFFER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil ocho. San Salvador, veintidós de agosto del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de EXPORTADORA RIO GRANDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CA- PITAL VARIABLE que se abrevia: EXPORTADORA RIO GRANDE, S.A DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la expresión RIO GRANDE Y DISEÑO, en donde la palabra FOODS, se traduce al castellano como alimentos, que servirá para: AMPARAR: AGUA PURIFICADA; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS; BEBIDAS NO ALCOHOLICAS INCLUIDAS EN ESTA CLASE. Clase: 32. La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos mil siete. San Salvador, nueve de octubre del año dos mil ocho. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: las palabra HANDY BULB y diseño, traducido al castellano como FOCO PRACTICO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS PARA ALUMBRADO. Clase: v. alt. No. F

105 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de Mülhens GmbH & Co. KG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, PARA EL TRATAMIENTO DE RESFRIADOS Y ENFERMEDADES RESPIRATORIAS EN GENERAL. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos mil ocho. San Salvador, veintidós de agosto del año dos mil ocho. HOMME EXCEPTIONNEL Consistente en: la expresión HOMME EXCEPTIONNEL que se traduce al castellano como Hombre Excepcional, que servirá para: AMPARAR JABONES, PERFUMERÍAS, ACEITES ESENCIALES, PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA BELLEZA Y CUERPO, LOCIONES CAPILARES, DENTÍFRICOS. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día diez de agosto del año dos mil siete. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil ocho. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, REGISTRADOR. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ES- TADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, LICDA. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO, REGISTRADORA. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. LA INFRASCRITA REGISTRADORA 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GYNOPHARM, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, VALZOVIR Consistente en: la palabra: VALZOVIR, que servirá para: AM- PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS EN GENERAL. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil ocho. San Salvador, dos de septiembre del año dos mil ocho. LICDA. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO, REGISTRADORA. ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA, Consistente en: un diseño identificado como diseño de VICK (Triangle & Background Design 08 color) traducida al castellano como VICK (Triángulo & Fondo Diseño Color 08), que servirá para: AMPA- RAR: PREPARACIONES MEDICINALES Y FARMACEUTICAS 3 v. alt. No. F

106 106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMER- CIO, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GYNOPHARM, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las palabras CFR CORPORACIÓN FARMA- CÉUTICA Recalcine Brings science to life y diseño, que en el idioma castellano se traduce como CFR Recalcine Trayendo ciencia a la vida, que servirá para: AMPARAR PRODUCTOS FARMACÉUTICOS EN GENERAL. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos mil ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, catorce de octubre del año dos mil ocho. 3 v. alt. No. F LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA, REGISTRADOR. FERNANDO JOSÉ VELASCO, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 32. Consistente en: la palabra Pilsener y diseño, que servirá para: AMPARAR: CERVEZAS. Clase: 32. La solicitud fue presentada el día dieciséis de junio del año dos mil ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, dos de octubre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de The Crosley Group, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO, CROSLEY HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANÓ- Consistente en: la palabra CROSLEY, que servirá para: AMPARAR: JUEGO DE TELEVISIÓN. Clase: 09. La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos mil ocho.

107 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, once de septiembre del año dos mil ocho. No. de Expediente : No. de Presentación: CLASE: 14. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 11. CROSLEY Consistente en: la palabra CROSLEY, que servirá para: AMPARAR: HORNO DE MICROONDAS; REFRIGERADORES, CONGELADO- RES; AIRE ACONDICIONADO. Clase: 11. mil ocho. La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, once de septiembre del año dos mil ocho. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de CARRERA Y CARRERA, S. A., de nacionalidad ES- PAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las palabras CARRERA Y CARRERA y diseño, que servirá para: AMPARAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEA- CIONES Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS O DE CHAPADO NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; JOYERÍA, BISUTERÍA, PIEDRAS PRECIOSAS; RELOJES-JOYA DE PULSERA Y OTROS RELOJES FABRICADOS CON METALES PRECIOSOS (ORO, PLATINO Y PLATA ESTERLINA) Y MONTADOS CON PIEDRAS HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA PRECIOSAS O NATURALES. Clase: 14. GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año ESPECIAL de The Crosley Group, Inc., de nacionalidad ESTADO- dos mil ocho. UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la DE COMERCIO, San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil ocho. LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA, REGISTRADOR. GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ, 3 v. alt. No. F LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F NOMBRE COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMÓN SERRANO, en su calidad de APODERADO de NATURA

108 108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 INTERNATIONAL DE GUATEMALA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, La solicitud fue presentada el día diecisiete de junio del año dos mil ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil ocho. Consistente en: la palabra NATURA INTERNATIONAL y diseño, en donde la palabra international se traduce al castellano como internacional, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA FABRICACIÓN, EXPORTA- CIÓN, IMPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN, COMPRAVENTA DE PRODUCTOS NATURALES, PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, PRODUCTOS NUTRICIONALES, PRODUCTOS VITAMÍNICOS Y PRODUCTOS HOMEPÁTICOS. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año dos mil ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, treinta de octubre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO CONCEPCION MARTÍNEZ SANDOVAL, en su calidad de APO- DERADO de HOTELES DE CENTRO AMÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HOTELES DE CENTRO AMÉRICA, S. A. DE C. V, HOTELES, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, VAN GOGH CAFÉ Consistente en: las palabras VAN GOGH CAFÉ, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DESTINA- DO A REALIZAR SERVICIOS DE CAFETERÍA O RESTAURAN- TE. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA, No. de Expediente: No. de Presentación: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO CONCEPCION MARTÍNEZ SANDOVAL, en su calidad de APO- DERADO de HOTELES DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HOTELES DE CENTRO AMÉRICA, S. A DE C. V, HOTELES, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: las palabras Factory Steak & Lobster y diseño, que se traducen al castellano como Fábrica Filete y Langosta, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DESTINADO A REALIZAR SERVICIOS DE CAFETERÍA O RES- TAURANTE. La solicitud fue presentada el día diecisiete de junio del año dos mil ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA, 3 v. alt. No. F

109 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANNA CHRIS- TINA VÖLPEL DE BORJA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de JUGUETES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JUGUESAL, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, Consistente en: las palabras Bebecito Juguetón y diseño, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMI- DOR SOBRE: ALIMENTOS PARA BEBE, JUGUETES, VESTIDOS, CALZADO, JABONES, PERFUMERÍA, Y ARTÍCULOS AFINES PARA BEBES Y NIÑOS. La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año dos mil ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil ocho. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ, MATRÍCULA DE COMERCIO ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO , v. alt. No. C LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE- CIMIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARWIN DAVID VIVAS SÁNCHEZ en su calidad de Representante legal de la sociedad SUMINISTROS Y REPUESTOS AUTOMOTRICES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 41 del libro 1751 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud de CAMBIO DE DIRECCIÓN DE LA EMPRESA, a las diez horas y diecinueve minutos del día cuatro de abril de dos mil ocho. Con la cual se le otorga el asiento de modificación No. 162 del libro 176 del folio 325 al 326; a favor de la Empresa denominada SUMINISTROS Y REPUESTOS AUTOMOTRICES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a VENTA DE PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS, con dirección en RESIDENCIAL ALTOS DE SAN JOSÉ, PASAJE 13, CASA No. 30, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD y que tiene el establecimiento denominado SUMINIS- TROS Y REPUESTOS AUTOMOTRICES, S. A. DE C. V., el cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE REPUESTOS AUTOMOTORES Y DE MOTOCICLETAS, con dirección en RESIDENCIAL ALTOS DE SAN JOSÉ, PASAJE 13, CASA No. 30 del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, cuatro de abril de dos mil ocho. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE, REGISTRADORA. ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO v. alt. No. C LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRÍCULAS DE EMPRESA Y ESTABLE- CIMIENTOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARWIN DAVID VIVAS SÁNCHEZ en su calidad de Representante legal de la sociedad SUMINISTROS Y REPUESTOS AUTOMOTRICES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 41 del libro 1751 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud de apertura de nuevo establecimiento a las dieciséis horas y dos minutos del día cuatro de abril de dos mil ocho. Con la cual se otorgó asiento de Establecimiento No ; denominado SUMINISTROS Y REPUESTOS AUTOMOTRICES, S. A. DE C. V., con dirección en RESIDENCIAL ALTOS DE SAN JOSÉ, PASAJE 13, CASA No. 30, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, que se dedica a COMPRA Y VENTA DE REPUESTOS AUTOMOTORES Y DE MOTOCICLETAS y que forma parte de la empresa denominada SUMINISTROS Y REPUESTOS AUTOMOTRICES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a VENTA DE PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS DE VEHÍCULOS AUTOMOTO- RES Y MOTOCICLETAS, con dirección en RESIDENCIAL ALTOS DE SAN JOSÉ, PASAJE 13, CASA No. 30, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, cuyo activo asciende a CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO 37/100 DÓLARES ($427,875.37). Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, cuatro de abril de dos mil ocho. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. C

110 110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 SUBASTA PÚBLICA MARIA ESTHER FERRUFINO v. de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.- HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo ha sido promovido inicialmente por el Licenciado FERNANDO ARISTIDES GARAY ANDRADE, como Apoderado General Judicial de la señora MILAGRO DEL CARMEN ALVARADO hoy DE CERMEÑO, conocida por MILAGRO DEL CARMEN CERMEÑO y por MILAGRO DURÁN, contra el señor VICTOR MANUEL ALVARADO AYALA, se venderá en pública subasta en este Juzgado el siguiente inmueble: Un terreno rústico inculto, correspondiente al lote número once del Block F de la segunda Etapa de la lotificación El Carreto, situada en el cantón El Papalón, jurisdicción de esta ciudad, distrito y departamento de San Miguel, que formó parte de la Hacienda Santa Umaña de Apacunque, de la capacidad superficial de CIENTO SESENTA Y TRES METROS OCHENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: Al ORIENTE diez metros cincuenta centímetros con lote número diez del block F del vendedor señor Carrillo; Al NORTE, quince metros ochenta centímetros con porción de terreno vendida al señor Arnulfo Alberto Alvarado; Al PONIENTE, diez metros veinticinco centímetros; con lote número uno del block G antes general hoy de Rosina del Carmen Campos, calle de por medio trazada dentro de la lotificación; y Al SUR quince metros; ochenta centímetros, con terreno de la sucesión de Juan Vicente Quezada; inmueble que se encuentra inscrito a favor del Señor VICTOR MANUEL ALVARADO AYALA en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo el número OCHO CERO UNO CERO UNO CUATRO TRES SIETE de este departamento. ley. Lo que se pone en conocimiento del público para los; efectos de Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las catorce horas veinticuatro minutos del día quince de Octubre del año dos mil ocho.- DRA. MARÍA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LIC. MARTA DOLORES COREAS, 3 v. alt. No. C MARIA ESTHER FERRUFINO vda. DE PARADA. JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL, SAN MIGUEL.- MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: partiendo del mojón número uno que es esquinero, Nor-Oriente, donde se interceptan los linderos de propiedad de JUANA BARAHONA viuda de CABRERA y propiedad de RAFAEL ARANDA, se miden los rumbos y distancias de la parcela que se describe así: AL ORIENTE, dos tramos rectos, del mojón número uno con rumbo sureste veintiún grados seis minutos cero segundos y distancia de catorce metros cincuenta y seis centímetros se llega al mojón número dos, del mojón número dos con rumbo sureste doce grados cincuenta y seis minutos treinta y seis segundos y distancia de noventa y un metros diecisiete centímetros se llega al mojón número tres, colindando con este lado con propiedad de RAFAEL ARANDA; AL SUR, un terreno recto del mojón número tres con rumbo suroeste, ochenta y dos grados cuarenta y un minutos veinticuatro segundos y distancia de treinta y dos metros sesenta y dos centímetros se llega al mojón número cuatro, colindando por este lado con propiedad de JUANA BARAHONA viuda DE CABRERA; AL PONIENTE, UN TRAMO RECTO, del mojón número cuatro con rumbo noreste tres grados veintitrés minutos treinta segundos y distancia de ciento diecinueve metros ochenta y cinco centímetros, se llega al mojón número cinco, colindando con este lado con propiedad de JUANA BARAHONA viuda DE CABRERA Y AL NORTE. Un tramo recto del mojón número cinco con rumbo sureste setenta y dos grados seis minutos seis segundos y distancia de cuarenta y dos metros cincuenta centímetros se llega al mojón número uno donde se inició la presente descripción colindando por este lado con propiedad de JUANA BARAHONA viuda DE CABRERA, la parcela antes descrita goza de una servidumbre de cuatro metros de ancho sobre el resto de la propiedad de JUANA BARAHONA viuda DE CABRERA y sobre la propiedad de MARIANO ARANDA, al rumbo norte, hasta llegar a la calle vecinal el cantón El Cerro que conduce al cantón Valle Grande y la Población de San Simón; inmueble que se encuentra inscrito a favor del señor JESUS MARIA FUENTES MARADIAGA, en el Centro NACIONAL DE Registros, Primera Sección de ORIENTE, bajo la matrícula número NUEVE CERO CERO UNO CUATRO SEIS CUATRO OCHO-CERO CERO CERO CERO CERO Asiento TRES, propiedad del departamento de Morazán.- Lo que se pone en conocimiento para los efectos de ley.- Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las once horas cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de octubre del año dos mil ocho. DRA. MARÍA ESTHER FERRUFINO vda. DE PARA- DA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado FERNANDO ARISTIDES GARAY ANDRADE, como Apoderado General Judicial de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y CONSUMO 25 DE JUNIO DE RESPON- SABILIDAD LIMITADA, contra el señor JESUS MARIA FUNES MARADIAGA, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: Un terreno de naturaleza rústica, ubicado en el cantón El Cerro, municipio de San Simón, departamento de Morazán, identificado como parcela número trece/uno, de una extensión superficial de CUATRO LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA que se abrevia BANCO AGRÍCOLA, S.A., de nombres comerciales BANCO AGRÍCOLA COMERCIAL DE EL SALVADOR, BANCO AGRÍCOLA COMERCIAL, BANCO AGRÍCOLA, o solamente EL AGRÍCOLA y su siglas BAC, contra

111 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de los señores RICARDO WILFREDO MONTALVO MACHADO y BEATRIZ ANTONIA MACHADO DE MONTALVO reclamándoles cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal en fecha que oportunamente se determinará, el bien inmueble embargado siguiente: Un inmueble el que se describe así: terreno de naturaleza rústica, situado en Cantón Tehuiste, jurisdicción de San Juan Nonualco, con una superficie de SEIS MANZANAS o CUATROCIENTAS VEINTE AREAS, con los siguientes linderos especiales: AL ORIENTE, midiendo doscientas treinta y una varas o sean ciento noventa y tres metros ciento dieciséis milímetros, con terreno del señor Moisés Delgado antes de Inés Servellón y resto del terreno del vendedor Matías Delgado; AL SUR, terreno que hoy es de los señores Matilde Lucero y Santos Platero, mide doscientos sesenta y ocho varas o sean doscientos veinticuatro metros cuarenta y ocho milímetros cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE, mide dos metros, calle de por medio con terreno que hoy es del señor Aucel Coreas; y AL NORTE, mide en línea quebrada de rectas y curvas, la primera, ciento diecisiete punto veinte metros y la segunda ciento veinticuatro varas o sean ciento tres metros sesenta y seis centímetros con resto del terreno del vendedor, el cual está gravado con servidumbre de tránsito, para pasar a pie o a caballo, a favor del señor Matías Delgado y sus hijos por cuanto éstos son o han sido los propietarios del fundo dominante que es donde se segregó el lote que se describe, inscrito el anteriormente descrito a favor de la deudora Hipotecaria señora BEATRIZ ANTONIA MACHADO DE 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL, HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado FRANCISCO ESPINOSA AGUILAR, actuando como Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA; contra el señor RIGOBERTO ARÉVALO GONZALEZ, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal y en fecha que será señalada posteriormente, el inmueble que a continuación se describe: UN LOTE de terreno urbano y construcciones que contiene, marcado en el plano respectivo, con el Número DOSCIENTOS VEINTE del Polígono SIETE, Pasaje P, de una extensión superficial de cincuenta metros cuadrados. Dicho lote forma parte de la Urbanización denominada Residencial Altavista II, situada en jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador. Inmueble inscrito bajo la matrícula Número M SEIS CERO UNO TRES SEIS NUEVE TRES SEIS-CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de este Departamento.- Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para los efectos de ley. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las catorce horas treinta y cinco minutos del día catorce de noviembre del dos mil ocho.- LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUN- DO DE LO MERCANTIL. LIC. TERESA DE JESÚS VÁSQUEZ VÁSQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY; MONTALVO, bajo el número CIENTO TREINTA Y TRES del Libro HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido CUATROCIENTOS OCHO de propiedad, del Registro de la Propiedad por el Abogado FRANCISCO ESPINOSA AGUILAR, como Apoderado Raíz e Hipotecas de Zacatecoluca, Departamento de La Paz. del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JOSE Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la MAURICIO ORELLANA RENDEROS, reclamándole cumplimiento de subasta que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad obligaciones y demás accesorios de Ley, se venderá en pública subasta Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de en este Tribunal el inmueble que se describe a continuación: Un lote de libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo u terreno Urbano y construcciones que contiene marcado con el número otro documento similar. VEINTISIETE DEL POLÍGONO D, de una extensión superficial de Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San sesenta metros cuadrados, dicho lote forma parte de la Urbanización Salvador, a las nueve horas del día veintiséis de septiembre de dos mil BRISAS DEL SUR, ubicado según antecedente en el lugar llamado ocho. LIC. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ Joyas del Morro.- Cantón Zacamil y Joya del Jícaro y de conformidad PRIMERO DE LO MERCANTIL. LIC. OSCAR EMILIO ZETINO con la nomenclatura actual y plano respectivo se conoce como Block URBINA, A de la Urbanización para vivienda BRISAS DEL SUR, Jurisdicción de Soyapango, de este Departamento LOTES DEL VEINTIUNO AL TREINTA Y SIETE, medidas perimetrales: Al Norte y Al Sur, cinco metros; y Al Oriente y Al Poniente, doce metros, de una cabida de sesenta metros cuadrados cada uno. Con un área de construcción de veintiséis metros cuadrados. Dicho inmueble se encuentra inscrito a nombre del demandado señor JOSE MAURICIO ORELLANA RENDEROS, bajo la Matrícula número SEIS CERO DOS CINCO CERO CUATRO OCHO SIETE-CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este Departamento. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las once horas con cuarenta y cinco minutos del día uno de octubre del año dos mil ocho. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LICDA. CONCEPCIÓN PALMA CRUZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

112 112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO doce de la Carretera Troncal del Norte de la jurisdicción de Apopa del DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL. Departamento de San Salvador, el cual se describe así: LOTE NÚMERO DOS Block Número TREINTA Y TRES B, partiendo del punto de intersección de los ejes de la Avenida Las Jacarandas y del Pasaje Q HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo, promovido Poniente, y Pasaje Q2 ; de esta intersección se mide sobre eje del pasaje por el Licenciado JOSE MARIO VALDIVIESO BERDUGO, en su Q2 una distancia de dos punto cincuenta metros con rumbo Sur sesenta calidad de apoderado del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTAy dos grados cero nueve punto setenta y dos minutos Este llegando así a LECIMIENTO FINANCIERO, contra ROSA AMELIA ROMERO, se un punto en donde con deflexión Izquierda de noventa grados y midiendo venderá en pública subasta el siguiente inmueble: de naturaleza urbana, una distancia de uno punto cincuenta metros, se localiza el esquinero marcado con el número Cinco del Polígono L, de la Residencial Las Nor-Poniente del inmueble, cuyas medidas y linderos son: AL NORTE: Aguilas III Etapa, situada al Costado Sur Oriente, del Estadio Juan Línea recta de rumbo Norte veintisiete grados cincuenta punto veintiocho Francisco Barraza, de la Ciudad y departamento de San Miguel; con minutos Este y una distancia de ocho punto cero cero metros, lindando con un área de NOVENTA Y CUATRO PUNTO VEINTIDOS METROS el lote Número once y Trece del Polígono TREINTA Y UNO Pasaje Q CUADRADOS, el que se describe así: AL NORTE con una distancia Poniente de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio, de la de catorce punto sesenta metros, AL SUR formado por dos tramos, misma Urbanización. AL ORIENTE: Línea recta de rumbo Sur sesenta primero línea curva de quince punto treinta y dos metros y segundo y dos grados cero nueve punto setenta y dos minutos Este y distancia con una distancia de tres metros, AL PONIENTE, con una distancia de de seis punto cero cero metros, lindando con el lote Número UNO, del ocho punto cincuenta y cinco metros. El lote antes descrito es de forma Block TREINTA Y TRES B de la misma Urbanización. AL SUR: triangular. Inscrito a favor de la deudora, en el Registro de la Propiedad Línea recta de rumbo Sur veintisiete grados cincuenta punto veintiocho Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente al número OCHO minutos Oeste y una distancia de ocho punto cero cero metros, lindando CERO CERO UNO CUATRO CINCO CINCO UNO.- con el lote Número CUATRO, del Block TREINTA Y TRES B, de Lo que se pone en conocimiento del público. la misma Urbanización. AL PONIENTE: Línea recta de rumbo Norte Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil; San Miguel, nueve horas treinta y nueve minutos del día dieciocho de junio de dos mil ocho. DRA. MARÍA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ UNO, del Block TREINTA Y TRES C Pasaje Q2 de tres punto cero SEGUNDO DE LO CIVIL. LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA. EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL. HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido inicialmente por la Licenciada LILIAN GUADRON, Apoderada del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA EN LIQUIDACIÓN, y continuado por el Licenciado ISAAC ERNESTO SAYES GONZALEZ, Apoderado del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO; contra la señora MATIAS MOLINA NOLASCO; se venderá en pública subasta en este tribunal, en fecha que será señalada posteriormente, el inmueble que a continuación se describe: INMUEBLE de naturaleza antes rústica hoy urbanizada marcado como lote Número DOS del Polígono TREINTA Y TRES-B de una extensión superficial de cuarenta y ocho metros cuadrados de la urbanización Las Jacarandas, Nuevo Amanecer ubicado en el Kilómétro sesenta y dos grados cero nueve punto setenta y dos minutos Oeste y una distancia de seis punto cero cero metros, lindando con el lote Número cero metros de ancho de por medio de la misma Urbanización. Llegando así al esquinero Nor-Poniente del inmueble, que fue donde dio inicio la presente descripción. El inmueble así descrito tiene una extensión superficial de cuarenta y ocho punto cero cero metros cuadrados equivalentes a setenta y ocho punto sesenta y ocho varas cuadradas. Que 3 v. alt. No. F en dicho inmueble la Sociedad R.C. CONSTRUCTORES, S.A. DE C.V., con autorización de las otras tres Sociedades Vendedoras, con fondos propios, ha construido una casa de sistema mixto completamente nueva de un área de veintitrés punto cuarenta y cuatro metros cuadrados de construcción. El inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor de la señora MATIAS MOLINA NOLASCO bajo el Número de Matrícula Número SEIS CERO UNO UNO UNO TRES CINCO OCHO-CERO CERO CERO CERO CERO de este Departamento.- Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para los efectos de ley. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las ocho horas y treinta y cinco minutos del día tres de octubre del año dos mil ocho. LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL. LIC. AMINDA MERCEDES CRUZ PARADA, SECRETARIA INTERINA. 3 v. alt. No. F

113 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de REPOSICION DE CERTIFICADOS AVISO AVISO EL BANCO AGRICOLA, S. A., AVISA: Que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F AVISO AVISO EL BANCO AGRICOLA, S. A., AVISA: Que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado AVISA: Que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 30 días prorrogables, lo que No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de EL BANCO AGRICOLA, S. A., AVISA: Que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 30 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. EL BANCO AGRICOLA, S. A., En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de BANCO AGRICOLA, S.A. BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

114 114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 EL BANCO AGRICOLA, S. A. AVISO EL BANCO AGRICOLA, S. A., AVISO AVISA: Que en su Agencia Sensuntepeque, de la ciudad de Sensuntepeque, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de AVISA: Que en su Agencia La Merced, de la ciudad de San Miguel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F AVISO AVISO EL BANCO AGRICOLA, S. A., EL BANCO AGRICOLA, S. A., AVISA: Que en su Agencia Multiplaza, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado Zacatecoluca, se ha presentado parte interesada manifestando que ha AVISA: Que en su Agencia Zacatecoluca, de la ciudad de No , amparado con el registro No del Depósito extraviado el Certificado No , amparado con el registro a Plazo Fijo, constituido el a 360 días prorrogables, lo que No del Depósito Ahorro Plazo Fijo, constituido el a hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifica- 21 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de BANCO AGRICOLA, S.A. BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

115 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de EL BANCO AGRICOLA, S. A., AVISO EL BANCO AGRICOLA, S. A., AVISO AVISA: Que en su Agencia Sonsonate, de la ciudad de Sonsonate, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de AVISA: Que en su Agencia Galerías, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 60 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F AVISO AVISO EL BANCO AGRICOLA, S. A., EL BANCO AGRICOLA, S. A., AVISA: Que en su Agencia María Auxiliadora, de esta ciudad, AVISA: Que en su Agencia Galerías, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No amparado con el registro No No , amparado con el registro No del Depósito del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición hace del conocimiento público para efectos de reposición del a Plazo Fijo, constituido el a 60 días prorrogables, lo que Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de BANCO AGRICOLA, S.A. BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

116 116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 EL BANCO AGRICOLA, S. A., AVISO EL BANCO AGRICOLA, S. A., AVISO AVISA: Que en su Agencia Intipucá, de la ciudad de Intipucá, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F AVISO EL BANCO AGRICOLA, S. A., AVISO AVISA: Que en su Agencia San Francisco Gotera, de la ciudad de San Francisco Gotera, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de AVISA: Que en su Agencia Usulután, de la ciudad de Usulután, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 11 de Noviembre de BANCO AGRICOLA, S.A. CARMEN FERNANDEZ, EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A., comunica: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No (09935) emitido en Suc. Metrocentro el 20 de noviembre de 2006, por valor original de $10, a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 3.000% de interés solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. BANCO AGRICOLA, S.A. San Salvador, a los veintiún días del mes de noviembre de dos mil ocho. CARMEN FERNANDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS. Ing. PEGGY CAROLINA GIRON VENTURA, GERENTE DE OPERACIONES. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

117 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de AVISO EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A., AVISO EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A., comunica: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No (18222) emitido en Suc. Centroamérica el 23 de agosto de 2008, por valor original de $15, a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 4.250% de interés solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, a los veintiún días del mes de noviembre de dos mil ocho. Ing. PEGGY CAROLINA GIRON VENTURA, GERENTE DE OPERACIONES. AVISO a un plazo de 1 mes, el cual devenga el 3.250% de interés solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. comunica: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No (03879) emitido en Suc. Independencia el 15 de noviembre de 2007, por valor original de $21, a un plazo de 360 días, el cual devenga el 5.000% de interés solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. ocho. San Salvador, a los veintiún días del mes de noviembre de dos mil Ing. PEGGY CAROLINA GIRON VENTURA, GERENTE DE OPERACIONES. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F AVISO EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A., EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A., comunica: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario comunica: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No (323278) emitido del certificado de depósitos a plazo No (18010) emitido en Suc. Mejicanos el 19 de enero de 2004, por valor original de $ en Suc. Centro Financiero el 11 de agosto de 2008, por valor original de $75, a un plazo de 1 mes, el cual devenga el 4.000% de interés solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, a los veintiún días del mes de noviembre de dos mil ocho. San Salvador, a los veintiún días del mes de noviembre de dos mil ocho. Ing. PEGGY CAROLINA GIRON VENTURA, GERENTE DE OPERACIONES. Ing. PEGGY CAROLINA GIRON VENTURA, GERENTE DE OPERACIONES. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

118 118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 AUMENTO DE CAPITAL DISOLUCION DE SOCIEDADES AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL ACUERDO DE DISOLUCION POR ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE La infrascrita Secretaria de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD ANONIMA DE INVERSIONES, sociedad BANRURAL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, QUE SE ABRE- DE CAPITAL VARIABLE, que se puede abreviar BANRURAL EL VIA SADI, S.A. DE C.V., DEL DOMICILIO DE SAN SALVADOR, SALVADOR, S.A. DE C.V., de este domicilio, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR. HACE SABER: Que en Junta General Extraordinaria de Accionistas, HACE SABER: Que en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en esta ciudad, a las once horas del día veintiuno de celebrada a las diez horas del día quince de diciembre del año dos mil seis, en el punto tres de la agenda se acordó aumentar el capital Social de noviembre del año dos mil ocho, se acordó por unanimidad la disolución la Sociedad, en lo concerniente al capital Fijo, acuerdo que literalmente y liquidación de la sociedad, por acuerdo de accionistas de conformidad dice: que a la fecha ya se ha pagado por parte de todos los accionistas con el Art. 187 romano IV del Código de Comercio, para el plazo de suscriptores el valor total de las acciones suscritas, como capital social un año, a partir de la inscripción del respectivo acuerdo, nombrando la fundacional de la sociedad. Que existe la necesidad; de aumentar el capital Comisión Liquidadora formada por los señores JORGE ADALBERTO social, con que cuenta la SOCIEDAD ANONIMA DE INVERSIONES SALAZAR GRANDE y SANTANA DE JESUS ACUÑA BAUTISTA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en la cantidad de mayores de edad, de este domicilio, a fin de llevar al efecto la respectiva CIENTO VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE liquidación, y demás gestiones necesarias para culminar dicho proceso. NORTE AME RICA, para efectos de darle una mayor solidez económica a la sociedad, y para realizar sus finalidades sociales de forma satisfactoria No habiendo más que hacer constar, se libra el presente en la ciudad de y en tal sentido propone que dicho aumento se realice por medio de la San Salvador, el día veintiuno de noviembre del año dos mil ocho. emisión de DIEZ MIL nuevas acciones, con un valor nominal de DOCE dólares, y que sean suscritas ya sea por los accionistas de la sociedad, o por personas extrañas a ésta, de acuerdo al artículo 306 del Código de BLANCA ESTELA LOPEZ CARILLO, Comercio; Planteamiento que es aceptado de forma unánime por todos SECRETARIA DE JUNTA. los accionistas. Acontinuación: el Director Presidente y Representante Legal señor HECTOR BERNABE RECINOS, pregunta a todos los accionistas, quienes están en disposición de suscribir las nuevas acciones 1 v. No. C que se emitan, a efecto de darle cumplimiento al derecho preferente que tienen los accionistas de suscribir las nuevas acciones que se emitan en dicho caso, quien manifiesta que de ser posible que las acciones que desean suscribir las puedan pagar en efectivo, por lo que exponen los accionistas presentes su deseo de pagar las acciones de inmediato y en efectivo, quienes no se oponen al respecto, por lo que la Junta General aprueba que el total de las acciones sean pagadas en efectivo, por lo que queda establecido como capital de aumento de la sociedad la cantidad de CIENTO VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, representado y dividido en DIEZ MIL acciones de un valor nominal de DOCE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. San Salvador, veinte de Noviembre del año dos mil ocho. HECTOR BERNABE RECINOS, PRESIDENTE. 1 v. No. C AVISO DE LIQUIDACIÓN La Comisión Liquidadora de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO CRÉDITO Y SERVICIOS DE MANEJO Y ALMACENA- MIENTO DE CARGA EN EL AEROPUERTO INTERNACIONAL EL SALVADOR, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, (en Liquidación) que se abrevia SERVÍCARGA DE R. L. para los efectos del Art. 164 del reglamento de la Ley general de Asociaciones Cooperativas, al público en general. HACE SABER: Que en Asamblea General de Asociados, celebrada a las Diez horas del 26 de agosto de año dos mil siete; por unanimidad de votos del quórum requerido; los asociados presentes acordaron la disolución y liquidación de la mencionada cooperativa. Por lo que insta

119 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de a todos los acreedores de dicha Cooperativa para que se presenten ante esta comisión a verificar el monto de sus créditos, dentro de los quince días siguientes a esta publicación, en la siguiente dirección, Alameda Manuel Enrique Araujo, Centro Comercial La Mascota Edificio número dos, Colonia Escalón, Municipio de San Salvador, departamento de San Salvador. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de Noviembre del año dos mil ocho. LUIS ALFREDO FLORES CORDOVA, PRESIDENTE. LUZ DE MARIA PEREZ, ERICA LUCIA RODRIGUEZ, en el cargo de, PROFESOR AUXILIAR PDN1 C2 según los siguientes datos: Partida Nº , Subnúmero 3367,6011,402,460,6202, Acuerdo de Refrenda N de fecha 3 DE ENERO DE Lo anterior se pone en conocimiento del público, para que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente hacer uso de él, a más tardar dentro de los tres días subsiguientes a la última publicación de este aviso. Jefatura de la Unidad de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, en el Departamento de CABAÑAS, a los DIECINUEVE días del mes de NOVIEMBRE de dos mil OCHO. ING. DORIS ALICIA CLINE, JEFE DE RECURSOS HUMANOS DEPARTAMENTAL DE EDUCACION CABAÑAS. 3 v./1/c/3/d. No. F VOCAL. 1 v. No. F PATENTE DE INVENSION No. de Expediente: No. de Presentación: AVISO DE COBRO, De conformidad con el Artículo 142 de las disposiciones Generales de HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado JUAN Presupuesto vigente, HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, mayor de edad, ABOGADO SE HACE SABER: que a esta Unidad de Recursos Humanos Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad Departamental de Educación, se ha presentado la Señora MARÍA SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ORTHO-MCNEIL ANGEL MEJÍA DE CORTEZ, mayor de edad, del domicilio de PHARMACEUTICAL, INC., del domicilio de RARITAN, NEW JER- SENSUNTEPEQUE, departamento de CABAÑAS, solicitando se le SEY 08869, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad permita firmar los documentos respectivos y cobrar la cantidad de MIL ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DOSCIENTOS 00/100 DÓLARES ($ 1,200.00), que a su fallecimiento DE INVENCION denominada PEPTIDOS Y COMPUESTOS QUE SE ocurrido el día QUINCE de NOVIEMBRE DE DOS MIL OCHO dejó UNEN A UN RECEPTOR REF. TDP5001SVNP, por el término de pendiente de cobro el señor MARTIN CORTEZ ZAVALA, durante el VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 31/00, y con periodo comprendido entre el UNO DE DICIEMBRE al TREINTA Y prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No , de UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, cuando se desempeñaba fecha nueve de agosto del año dos mil cinco.

120 120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 Se refiere a: COMPUESTOS PEPTÍDICOS QUE SE UNEN Y ACTIVAN EL RECEPTOR DE TROMBOPOYETINA (C-MPL O TPO-R) O DE OTRO MODO ACTÚAN COMO AGONISTA DE TPO. La solicitud fue presentada a las dieciséis horas y un minuto del día nueve de agosto del año dos mil seis. San Salvador, veintiuno de noviembre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA- MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los treinta días del mes de julio del año dos mil ocho. LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ, REGISTRADORA. 1 v. No. C MARCA INDUSTRIAL No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30., REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. F EMBLEMAS No. de Expediente: No. de Presentación: , HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS ALBERTO DELGADO ZUNIGA, en su calidad de REPRESENTAN- TE LEGAL de ZUMAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ZUMAR, S.A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del EMBLEMA, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MILAGRO ELIZABETH MORALES CASTRO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, Consistente en: un diseño que se identifica como LAS VELAS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: Marina & Yach Club, que se traducen al castellano como Las Velas PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, S.A. DE C.V. o DIANA, Marina y Club de Yates, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTA- S.A. DE C.V., PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, S.A. DE C.V., BLECIMIENTO TURISTICO; ESPECIFICAMENTE UN CLUB QUE DIANA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando CONTENDRA MARINA PARA YATES. el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, La solicitud fue presentada el día dieciocho de febrero del año dos mil ocho. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil ocho. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, Consistente en: las palabras Galleta Holandesa DIANA todo mundo y diseño, sobre la palabra Galleta no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: GALLETAS. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día cinco de junio del año dos mil ocho. REGISTRADORA. MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. C

121 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de MARCA DE SERVICIOS No. de Expediente: SECURITAS AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, No. de Presentación: CLASE: 37., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de TOTAL S.A, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la palabra SECURITAS y diseño, que servirá para: AMPARAR: TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO; REMOLQUE POR MEDIO DE VEHÍCULOS MOTORES; TRANSPORTE DE Consistente en: las palabras RAPID OIL CHANGE elf y diseño, PERSONAS Y BIENES, TRANSPORTE DE EQUIPAJE, ESCOLTA donde la palabra RAPID se traduce al castellano como RÁPIDO; la palabra DE TRANSPORTE DE MONEDAS, PAPEL DINERO Y BIENES OIL se traduce como ACEITE y la palabra CHANGE como CAMBIO. Y OTROS DOCUMENTOS DE VALOR Y TRANSPORTE DE Sobre las palabras RAPID OIL CHANGE no se le concede exclusividad, PIEZAS DE ARTE, JOYERÍA PIELES (DE VESTIR), METALES que servirá para: AMPARAR: ESTACION DE SERVICIOS PARA PRECIOSOS Y METALES COMUNES Y MATERIAL DE METAL VEHICULOS; REPARACION, MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE EN BRUTO; ALQUILER DE VEHICULOS, INCLUYENDO RENTA VEHICULOS; REPARACION Y MANTENIMIENTO DE VEHICU- DE MATERIAL APROPIADO PARA TRANSPORTE ESCOLTADO LOS MOTORIZADOS, TODOS LOS SERVICIOS MENCIONADOS DE PERSONAS Y BIENES, PERSONAL PARA ENTREGA DE ANTERIORMENTE EN CONEXION CON ACEITE, LUBRICACION, DOCUMENTOS Y BIENES, TRANSPORTE DE DINERO Y OB- Y ENGRASE; REENCAUCHE DE LLANTAS. Clase: 37. JETOS DE VALOR, ENTREGA DE DOCUMENTOS, SERVICIOS La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año DE MENSAJERIA, SERVICIOS DE ENTREGA, NOCHE Y DIA; dos mil ocho. TRANSPORTE ESPECIFICAMENTE, ACOMPAÑAMIENTO Y ESCOLTA DE SOSPECHOSOS, PRISIONEROS Y PERSONAS QUE PUEDAN HABER ESTADO EN TENTATIVA DE DETENCION, San Salvador, primero de octubre del año dos mil ocho. REMITIDOS A CENTROS (PENITENCIARIOS), ESTACIONES DE POLICIA Y OTRAS INSTITUCIONES SIMILARES PARA CORTE MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, 3 v. alt. No. C Y VICEVERSA. La solicitud fue presentada el día veintisiete de octubre del año dos mil seis. San Salvador, dieciséis de febrero del año dos mil siete. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 39. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de 3 v. alt. No. C

122 122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 44. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RA- MON SERRANO, en su calidad de APODERADO de COOPERATIVA MEDICA DELVALLE Y DE PROFESIONALES DE COLOMBIA COOMEVA, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la palabra Coomeva y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS MEDICOS, COMO SON: LOS SERVICIOS DE MEDICINA PREPAGADA; SERVICIOS MEDICOS EN GENE- RAL Y QUIRURGICOS; LO MISMO QUE LA HOSPITALIZACION, LABORATORIOS CLINICOS Y TODA LA ATENCION INTEGRAL EN LOS SERVICIOS MEDICOS ESPECIALIZADOS A SUS ASO- CIADOS Y FAMILIARES. Clase: 44. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de RESEARCH IN MOTION LIMITED, de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, BLACKBERRY STORM Consistente en: las palabras BLACKBERRY STORM que se traducen al castellano como tormenta de zarzamora, que servirá para: AMPARAR: TELECOMUNICACIONES; PROVEER DE ACCESO A INTERNET; ACCESO A BASES DE DATO ELECTRÓNICAS, ACCESO A SERVICIOS DE NAVEGACIÓN GPS; SERVICIOS DE CORREO ELECTRÓNICO; SERVICIOS DE MENSAJERÍA INALÁMBRICA, PARTICULARMENTE AQUELLOS QUE HA- BILITAN AL USUARIO A ENVIAR Y/O RECIBIR MENSAJES A TRAVÉS DE UNA RED DE INFORMÁTICA INALÁMBRICA; SERVICIOS DE CONTACTO DE UNA O DOS VÍAS; SERVICIOS DE TRANSMISIÓN Y RECEPCIÓN DE COMUNICACIONES ORA- LES, CONSULTAS DE LAS TELECOMUNICACIONES, ES DECIR, PROVEER INFORMACIÓN A TERCERAS PERSONAS CON EL FIN DE ASISTIRLOS EN EL DESARROLLO Y/O INTEGRACIÓN DE CONEXIONES INALÁMBRICAS DE INFORMACIÓN YA SEA DE UNA O DOS VÍAS, INCLUYENDO INFORMACIÓN PERSONAL O CORPORATIVA, Y COMUNICACIONES VERBALES. Clase: 38. La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil ocho. San Salvador, tres de noviembre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERA- DO ESPECIAL de DEXXON GROUPE HOLDING, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, GENEDIUM Consistente en: la palabra GENEDIUM, que servirá para: AMPA- RAR: TELECOMUNICACION. TRANSMISION DE IMAGENES, SONIDOS, INFORMACION Y DATOS POR TELEFONOS, ORDE- NADORES O TRANSMISION DE DATA. SERVICIOS DE COMU- NICACION DE TELEFONOS CELULARES. COMUNICACION POR TERMINALES DE ORDENADORES (TRANSMISION). TELECO- MUNICACIONES Y ENVIO ELECTRONICO DE MENSAJERIA POR SATELITE, POR RED DE COMUNICACION GLOBAL (INTERNET) O PRIVADA (INTRANET) O POR TELEFONO Y TRANSMISION DE DATOS. TELECOMUNICACION, RADIOCOMUNICACION Y SERVICIOS DE COMUNICACION DE TELEFONOS CELULARES, EN PARTICULAR LA TRANSFERENCIA DE LLAMADA, REFERI- MIENTO DE LLAMADAS, GUIAS TELEFONICAS Y SERVICIOS DE MENSAJERIA DE VOZ. TRANSMISION DE DATA VIA SATE- LITE, POR REDES DE COMUNICACION GLOBAL (INTERNET), POR REDES TELEFONICAS O POR TRANSMISION DE DATOS; DIFUSION Y RECEPCION DE DATOS, SEÑALES E INFORMA- CION PROCESADA POR ORDENADORES O POR APARATOS E INSTRUMENTOS DE TELECOMUNICACIONES. TRANSMISION DE INFORMACION ACCESIBLE POR CODIGOS DE ACCESO, POR

123 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de SERVIDORES DE PROCESAMIENTO DE DATOS, SERVIDORES DE BASE DE DATOS DE ORDENADORES O POR SERVIDORES DE PROCESADORES DE DATOS DE O SERVIDORES DE PRO- CESAMIENTO DE INFORMACION DE DATOS DE ORDENADOR, POR REDES DE ORDENADOR O POR TRANSMISION DE DATOS, INCLUYENDO LAS REDES DE COMUNICACION GLOBALES (IN- TERNET) Y LA WEB MUNDIAL. SERVICIOS DE CONSULTORIA EN EL AREA DE LAS TELECOMUNICACIONES. TRANSMISION DE INFORMACION POR TELEIMPRESORA, TRANSMISION DE MENSAJES, DE IMAGENES CIFRADAS, PROPORCIONANDO INFORMACION RELATIVA A LA TELECOMUNICACION; EX- PEDICION Y TRANSMISION DE TELEGRAMAS, DE OFERTAS PROMOCIONALES, COMERCIALES O INFORMACION PUBLICI- TARIA. ALQUILER DE APARATOS DE ENVIO DE MENSAJES. AGENCIA DE NOTICIAS Y DE INFORMACION. SUSCRIPCION A UN SERVICIO QUE PROPORCIONA INFORMACION SOBRE TELECOMUNICACION. ALQUILER DE TIEMPO DE ACCESO PARA SERVIDORES DE BASE DE DATOS CENTRAL. Clase: 38. La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil ocho. San Salvador, treinta de octubre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de RESEARCH IN MOTION LIMITED, de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, BLACKBERRY STORM Consistente en: las palabras BLACKBERRY STORM que se traducen al castellano como tormenta de zarzamora, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS Y SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO RELACIONADOS A ÉSTOS; SERVICIOS DE ANÁLISIS INDUSTRIAL E INVES- TIGACIÓN; DISEÑO Y CREACIÓN DE HARDWARES Y SOFT- WARES DE COMPUTADORAS; SERVICIOS DE CONSULTORÍA Y SOPORTE TÉCNICO RELACIONADO A HARDWARES Y SOFTWARES DE COMPUTADORAS, SERVICIOS DE TELECO- MUNICACIONES Y GPS; SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO, ES DECIR, ACTUALIZACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SOFTWARES DE COMPUTADORAS Y PROGRAMAS DE SOPORTE PARA EL DIAGNÓSTICO, LOCALIZACIÓN Y SOLUCIÓN DE PROBLEMAS DE DISPOSITIVOS DE CONECTIVIDAD INALÁMBRICA Y RE- LACIONADOS A PROBLEMAS DE SOFTWARES Y HARDWARES DE COMPUTADORAS. Clase: 42. La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil ocho. San Salvador, tres de noviembre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de DEXXON GROUPE HOLDING, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, GENEDIUM Consistente en: la palabra GENEDIUM, que servirá para: AM- PARAR: ESTUDIO DE PROYECTOS TÉCNICOS EN EL CAMPO DE LA COMPUTACIÓN. INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE SOFTWARES. INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA E INDUSTRIAL, RELATIVA AL PROCESAMIENTO DEL COMPUTADOR, A SABER INVESTIGACIÓN TÉCNICA. INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PARA OTROS EN EL CAMPO DE LA COMPUTACIÓN. DISEÑO DE SOFTWARE; ACTUALIZACIÓN DE SOFTWARE DE ORDENADO- RES. ALQUILER DE SOFTWARE Y PAQUETES DE SOFTWARE. CONSULTA EN EL ÁREA DE LA COMPUTACIÓN, CONSULTA Y CONSEJOS TÉCNICOS EN EL ÁREA DE LAS COMPUTADORAS,. DISEÑO DE BIENES DE ORDENADOR Y SISTEMAS DE PROCE- SAMIENTO. PROGRAMACIÓN DE COMPUTADORAS. DISEÑO Y MANTENIMIENTO DE SITIOS WEB. HOSPEDAJE DE SITIOS WEB. IMPLEMENTACIÓN DE SITIOS WEB. INSTALACIÓN DE SISTE- MAS COMPUTARIZADOS. ALQUILER DE COMPUTADORAS. SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE SOFTWARES. DUPLICA- DOS DE PROGRAMAS DE COMPUTADORAS. SEGURIDAD PARA PREVENIR LA PITARÍA Y EL DETERIORO DE INFORMACIÓN. SERVICIOS DE COMPUTACIÓN, A NOMBRAR VALORACIONES, ANÁLISIS, PRUEBA Y EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO DEL HARDWARE DEL ORDENADOR, SERVICIO DE MANTENIMIEN- TO DE BASES DE DATOS. INVESTIGACIÓN Y/O DESARROLLO, DISEÑO, CONSULTA, EXPERIENCIA TÉCNICA EN EL CAMPO DEL HARDWARE, SOFTWARE DEL COMPUTADOR Y EN LAS REDES DE COMUNICACIÓN. SERVICIOS DE PROGRAMACIÓN DE COMPUTADORES, DESARROLLO E INGENIERÍA DE SER- VICIOS RELATIVOS AL CAMPO DE LA COMUNICACIÓN. MO- NITOREO DE DATA, SEÑALES E INFORMACIÓN PROCESADA POR COMPUTADORES O POR APARATOS E INSTRUMENTOS DE TELECOMUNICACIONES ALQUILER DE PAQUETES DE

124 124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 SOFTWARES Y HARDWARES, CONSULTA EN EL ÁREA DE LA COMPUTACIÓN. CONSULTA Y CONSEJO TÉCNICO EN EL CAMPO DE LA COMPUTACIÓN. Clase: 42. La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil ocho. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de DEXXON GROUPE HOLDING, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, GAYAPLEX Consistente en: la palabra GAYAPLEX, que servirá para: AMPA- RAR: SERVICIOS DE COMPILACIÓN Y SISTEMATIZACIÓN DE DATOS DENTRO DE UNA COMPUTADORA DE BASE DE DATOS. BÚSQUEDA DE DATOS Y RECUPERACIÓN DE INFORMACIÓN COMERCIAL COMPUTARIZADA. SERVICIOS DE PROCESA- MIENTO DE DATOS, SEÑAL E INFORMACIÓN MANIPULADOS POR COMPUTADOR O POR APARATOS E INSTRUMENTOS DE TELECOMUNICACIÓN, A SABER: ENTRADA, COMPILACIÓN Y SISTEMATIZACIÓN DE DATOS, SEÑALES E INFORMACIÓN. BASE DE DATOS, BASE DE DATOS COMPUTARIZADA Y MA- NEJO DE ARCHIVOS COMPUTADORIZADOS; REPROPUCCIÓN DE DOCUMENTO; COMPILACIÓN Y SISTEMATIZACIÓN DE INFORMACIÓN CON FINES DE INGRESARLA DENTRO DE LA COMPUTADORA DE BASE DE DATOS; BÚSQUEDA DE INFOR- MACIÓN DE TERCERAS PARTES EN ARCHIVOS COMPUTARI- ZADOS; ORGANIZACIÓN DE SUSCRIPCIONES A SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES; ORGANIZACIÓN DE SUSCRIPCIONES DE BASE DE DATOS; CONSULTORÍA E INFORMACIÓN DE NEGOCIOS; SERVICIOS DE AUDITORÍA EN LAS EMPRESAS EN LOS CAMPOS DE INFORMÁTICA, TELEFONÍA, TELECOMUNI- CACIÓN, MERCADEO Y COMUNICACIÓN. CONSULTORÍA DE MANEJO DE INFORMACIÓN TECNOLÓGICA Y TRANSMISIÓN DE DATOS. CONSULTORÍA EN ORGANIZACIÓN Y MANEJO DE NEGOCIOS. EN PARTICULAR EN EL CAMPO DE COMU- NICACIÓN, MERCADEO Y PUBLICIDAD. CONSULTORÍA DE EMPRESAS PROFESIONALES. INFORMACIÓN Y ENCUESTAS DE NEGOCIOS, ASISTENCIA EN EL MANEJO COMERCIAL O INDUSTRIAL. GESTIÓN DE NEGOCIOS DE MERCADO; AD- MINISTRACIÓN DE NEGOCIOS. FUNCIONES DE OFICINAS. ESTUDIOS DE MERCADO. ORGANIZACIÓN DE SUSCRIPCIONES AL PERIÓDICO PARA OTROS. COLOCACIÓN DE ANUNCIOS. PUBLICACIÓN DE TEXTOS PUBLICITARIOS, NOTABLEMENTE ACCESIBLES VÍA INTERNET. INFORMACIÓN Y CONSULTAS DE NEGOCIOS MEDIANTE EL SUMINISTRO DE BASE DE DATOS; ORGANIZACIÓN Y CONDUCCIÓN DE CONFERENCIAS, FOROS, COLOQUIOS, SEMINARIOS, ESPECTÁCULOS O EXIBICIONES PROFESIONALES PARA FINES COMERCIALES O PUBLICITA- RIOS. SERVICIOS DE PUBLICIDAD E INFORMACIÓN COMER- CIAL ESPECIALMENTE A TRAVÉS DE REDES INALÁMBRICAS PERSONALES, DE REDES TELEFÓNICAS O COMUNICACIÓN DE DATOS. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil ocho. San Salvador, ocho de octubre del año dos mil ocho. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de DEXXON GROUPE HOLDING, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, GAYAPLEX Consistente en: la palabra GAYAPLEX, que servirá para: AMPA- RAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN. TRANSMISIÓN DE IMÁGENES, SONIDOS, INFORMACIÓN Y DATOS POR TELÉFO- NOS, ORDENADORES O TRANSMISIÓN DE DATA. SERVICIOS DE COMUNICACIÓN DE TELÉFONOS CELULARES. COMUNI- CACIÓN POR TERMINALES DE ORDENADORES (TRANSMI- SIÓN). TELECOMUNICACIONES Y ENVÍO ELECTRÓNICO DE MENSAJERÍA POR SATÉLITE, POR RED DE COMUNICACIÓN GLOBAL (INTERNET) O PRIVADA (INTRANET) O POR TELÉ- FONO Y TRANSMISIÓN DE DATOS. TELECOMUNICACIÓN, RADIOCOMUNICACIÓN Y SERVICIOS DE COMUNICACIÓN DE TELÉFONOS CELULARES, EN PARTICULAR LA TRANS- FERENCIA DE LLAMADA, REFERIMIENTO DE LLAMADAS, GUÍAS TELEFÓNICAS Y SERVICIOS DE MENSAJERÍA DE VOZ. TRANSMISIÓN DE DATA VÍA SATÉLITE, POR REDES DE COMU- NICACIÓN GLOBAL (INTERNET), POR REDES TELEFÓNICAS O POR TRANSMISIÓN DE DATOS; DIFUSIÓN Y RECEPCIÓN DE DATOS, SEÑALES E INFORMACIÓN PROCESADA POR ORDENADORES O POR APARATOS E INSTRUMENTOS DE TELECOMUNICACIONES. TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN ACCESIBLE POR CÓDIGOS DE ACCESO, POR SERVIDORES DE PROCESAMIENTO DE DATOS, SERVIDORES DE BASE DE DATOS

125 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de DE ORDENADORES O POR SERVIDORES DE PROCESADORES DE DATOS DE O SERVIDORES DE PROCESAMIENTO DE IN- FORMACIÓN DE DATOS DE ORDENADOR, POR REDES DE ORDENADOR O POR TRANSMISIÓN DE DATOS, INCLUYENDO REDES DE COMUNICACIÓN GLOBALES (INTERNET) Y LA WEB MUNDIAL. SERVICIOS DE CONSULTORA EN EL ÁREA DE LAS TELECOMUNICACIONES. TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN POR TELEIMPRESORA, TRANSMISIÓN DE MENSAJES, DE IMÁGENES CIFRADAS, PROPORCIONANDO INFORMACIÓN RELATIVA A LA TELECOMUNICACIÓN; EXPEDICIÓN Y TRANS- MISIÓN DE TELEGRAMAS, DE OFERTAS PROMOCIONALES, COMERCIALES O INFORMACIÓN PUBLICITARIA. ALQUILER DE APARATOS DE ENVÍO DE MENSAJES. AGENCIA DE NOTI- CIAS Y DE INFORMACIÓN. SUSCRIPCIÓN A UN SERVICIO QUE PROPORCIONA INFORMACIÓN SOBRE TELECOMUNICACIÓN. ALQUILER DE TIEMPO DE ACCESO PARA SERVIDORES DE BASE DE DATOS CENTRAL. Clase: 38. La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil ocho. San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de DEXXON GROUPE HOLDING, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, GAYAPLEX Consistente en: la palabra GAYAPLEX, que servirá para: AM- PARAR: SERVICIOS DE EDUCACIÓN, ENTRENAMIENTO; ENTRETENIMIENTO. ORGANIZACIÓN Y CONDUCCIÓN DE CONFERENCIAS, FOROS, COLOQUIOS, SEMINARIOS, CO- MERCIO DE FERIAS Y ESPECTÁCULOS, PROFESIONALES O NO, EN LOS CAMPOS CULTURALES, EDUCACIONALES Y DE ENTRETENIMIENTO. ORGANIZACIÓN DE COMPETICIONES, JUEGOS, CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN Y DEMOSTRACIO- NES PROFESIONALES O NO EN LOS CAMPOS CULTURALES, EDUCACIONALES O DE ENTRETENIMIENTO. SERVICIOS DE CLUB (ENTRETENIMIENTO); EDICIÓN Y PUBLICIDAD, Y EN PARTICULAR POR VÍA ELECTRÓNICA, DE TEXTOS, QUE NO SEAN TEXTOS PUBLICITARIOS, DE LIBROS Y REVISTAS, PE- RIÓDICOS; RELACIONADOS A SERVICIOS DIFUNDIDOS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN; EDICIÓN Y PUBLICIDAD DE TEXTOS (QUE NO SON TEXTOS PUBLICITARIOS); PUBLICIDAD DE SOFTWARE, PAQUETES DE SOFTWARE Y JUEGOS DE COM- PUTADORA; EDICIÓN DE DATOS INFORMÁTICOS PARA USAR EN REDES COMPUTARIZADAS O TELEFÓNICAS; SERVICIOS DE JUEGOS; PUBLICACIÓN DE ESCRITORIO ELECTRÓNICO; PUBLICACIÓN DE PROGRAMAS MULTIMEDIA (FORMATO DE TEXTO DE COMPUTADORA Y/O IMÁGENES EN MOVIMIENTO Y/O SONIDOS MUSICALES O NO MUSICALES), PARA INTE- RACTIVO U OTROS USOS; OPERACIONES DE PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS EN LÍNEA (NO DESCARGABLES); SERVICIOS DE IMAGEN DIGITAL. SERVICIOS DE BIBLIOTECAS EN LÍNEA. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil ocho. San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 38. LA INFRASCRITA REGISTRADORA 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de Columbus Networks Centroamerica, S.R.L., de nacionalidad PANA- MEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, COLUMBUS NETWORKS Consistente en: la expresión: COLUMBUS NETWORKS, en donde la palabra NETWORKS se traduce al castellano como: Redes, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase: 38. La solicitud fue presentada el día nueve de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, catorce de octubre del año dos mil ocho. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ, 3 v. alt. No. F

126 126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 De Segunda Publicación ACEPTACION DE HERENCIA VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas y trece minutos del día trece de noviembre del presente año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor JULIO CESAR NERIO LOPEZ, quien fue de cuarenta y cuatro años de edad, comerciante en pequeño, soltero, fallecido el día cinco de mayo del año dos mil ocho, siendo la ciudad de Nejapa su último domicilio; de parte de la menor JENNIFER CAROLINA NERIO TOBAR, en calidad de heredera testamentaria del causante.- Y se le confirió a la aceptante en el carácter indicado, la administración y representación interina de los bienes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente; debiendo la menor JENNIFER CAROLINA NERIO TOBAR, ejercer sus derechos a través de su Representante Legal, señora ANA ISABEL TOBAR SANCHEZ.- la ciudad de Conchagua; de este Distrito y Departamento; de parte de la señora MARGARITA VASQUEZ DE MOLINA, en calidad de cónyuge Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de sobreviviente. Ley.- Confiriéndole a la aceptante antes mencionada en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión con las Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas y facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. diez minutos del día trece de noviembre del año dos mil ocho.- DRA. Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel LO CIVIL.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETAlo demuestren en este Juzgado. RIO. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintidós días 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL- VADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las diez horas treinta minutos del día seis de noviembre del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad su último domicilio, a las cinco horas quince minutos del día diecinueve de agosto del año dos mil siete, dejó el señor HÉCTOR PALACIOS MARTÍNEZ, de parte de la señora VIKY PALACIOS REYES, en su concepto de hija y como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a los señores MARÍA BEATRIZ PALACIOS REYES y HÉCTOR MANRIQUE PALACIOS REYES, en su concepto de hijos, del causante antes mencionado. Se ha conferido a la aceptante la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las diez horas del día doce de noviembre del año dos mil ocho.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA. CONCEPCION PALMA CRUZ, SRIA. 3 v. alt. No. C ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cuarenta y dos minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor EUGENIO MOLINA, conocido por EUGENIO MOLINA SORTO; quien falleció el día diecisiete de noviembre de dos mil cinco, en Virginia; Estados Unidos de Norte América, siendo su último domicilio del mes de febrero de dos mil ocho.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, 3 v. alt. No. C LICENCIADA AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.- HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las doce horas y cuarenta minutos del día doce de noviembre de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por la señora JUANA ISABEL HERNANDEZ, conocida por JUANA HERNANDEZ, quien fue de cincuenta y ocho años de edad, oficios domésticos, Soltera, fallecida el día nueve de julio de mil novecientos ochenta y seis, en la

127 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de Colonia Quezaltepec de esta Ciudad, siendo Quezaltepeque su último domicilio, de parte del señor ROBERTO MORALES HERNANDEZ, en su concepto de hijo sobreviviente de la causante, a quien se le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las catorce horas y cinco minutos del día doce de noviembre de dos mil ocho.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, 3 v. alt. No. C EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INS- TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las nueve horas diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora MARIA HORTENCIA RAMIREZ DE CORTEZ, en concepto de Cónyuge sobreviviente del causante, señor JUSTO RUFINO CORTEZ, por medio de su Apoderado General Judicial Licenciado CARLOS RENÉ MOLINA ARGUETA, de la herencia intestada, dejada a su defunción por el referido causante, quien falleció, en el Barrio La Cruz de esta Ciudad, a las nueve horas HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cuarenta con treinta minutos del día trece de diciembre del año dos mil siete, a minutos del día treinta de septiembre del corriente año, se ha tenido por consecuencia de asfixia por Ahorcadura, sin asistencia médica, siendo esta Ciudad su último domicilio, en concepto al inicio en mención. Confiriéndosele a la aceptante expresada en el concepto indicado la Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las nueve horas quince minutos del día treinta y uno de octubre del año dos mil ocho.- LICDO. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las dos horas quince minutos del día quince de enero de dos mil ocho, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de Santa Ana, siendo su último domicilio el de San Francisco Menéndez, dejó la señora MARIA ERICTA DAVILA DE MARROQUIN, conocida por EDICTA Y MARIA EDICTA DAVILA y MARIA ERICTA DAVILA ALVAREZ; de parte del señor PABLO MARROQUIN, conocido por PABLO MARROQUIN POLANCO, en su calidad de cónyuge sobreviviente de la causante. Y se ha nombrado interinamente al aceptante representante y administrador de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de Ley. JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPAN, a las catorce horas veinte minutos del día veintisiete de octubre del año dos mil ocho.- DR. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- INOCENTE GRANILLO CASTELLON, 3 v. alt. No. F MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN, al público para los efectos de ley, aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia Intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante JOSE ANTONIO CORTEZ conocido por JOSE ANTONIO CORTES, quien falleció a administración y representación interinas de la indicada sucesión con las quince horas del día seis de agosto de mil novecientos ochenta y las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. ocho, en el Cantón El Jocotillo de la jurisdicción de Mercedes Umaña, siendo ese mismo Cantón su último domicilio, de parte de BARTOLO Cítese a las personas que se crean con derecho en la sucesión para ALFREDO IGLESIAS CORTEZ, JULIA IGLESIAS CORTEZ, VILque se presenten a este Juzgado a deducirla dentro de los quince días MA ISABEL IGLESIAS CORTEZ, DELMY GLORIA IGLESIAS subsiguientes a la publicación de este edicto. CORTEZ, ROBERTO IGLESIAS CORTEZ, CARLOS EDUARDO Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de IGLESIAS CORTEZ y GLADIS EVELIA IGLESIAS CORTEZ, en ley. calidad de nietos y por derecho personal que le correspondía a la señora CONCEPCION CORTEZ DE IGLESIAS, en calidad de hija del causante; WENSES ANTONIO CRUZ IGLESIAS, ALBA EDITH CRUZ DE RAFAILANO y CLAUDIA MARINA IGLESIAS DE CAMPOS, en calidad de bisnietos del causante, y por derecho de Representación de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora ALICIA IGLESIAS CORTEZ conocida por ALICIA ANTONIA IGLESIAS CORTEZ y por ALICIA IGLESIAS, en calidad de hija de la señora 3 v. alt. No. F CONCEPCION CORTEZ DE IGLESIAS, y como nieta del de cujus; confiriéndoles a los aceptantes antes mencionados, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO, HACE SABER: Que por resolución de las once horas treinta y dos minutos del día uno de octubre de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado, a hacer uso de sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos legales consiguientes.-

128 128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las catorce horas del día treinta de septiembre de dos mil ocho.- LIC. MERCERDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INS- TANCIA.- BR. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, DE CASTILLO y GLADYS AYDE ORDOÑEZ LARA, en calidad de hijas del causante y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes indicado, la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. 3 v. alt. No. F FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO. HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinte minutos del presente día, mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada de la causante ANA GLADIS ALFARO DE MEDINA conocida por ANA GLADIS ALFARO, fallecida en el Cantón Natividad de esta jurisdicción, el día trece de Septiembre del año dos mil siete; siendo dicho Cantón el lugar de su último domicilio; de parte del señor VICTOR MANUEL MEDINA MENDEZ, como cónyuge sobreviviente de la causante y Cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a la señora MARTA ALFARO SANCHEZ conocida por MARTA ALFARO madre de la causante y sus hijos de la referida causante VICTOR MANUEL, WILLIAM JERSON, CELIA LIZETH y GLADIS MARISOL de apellido MEDINA ALFARO, a quien se le confiere interinamente la Administración y Representación de la Sucesión.- GUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.- HACE SABER: Que por resolución a las doce horas y trece minutos del día veintinueve de Octubre del dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ANTONIO ORDOÑEZ conocido por ANTONIO ORDOÑEZ, quien falleció a las dieciséis horas diez minutos del día veinte de Octubre del dos mil siete, en la Ciudad de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, de Parte de la señora LIDYA EDELMIRA LARA DE ORDOÑEZ, conocida por LIDIA LARA DE ORDOÑEZ, en calidad de Cónyuge sobreviviente y como cesionario de los Derechos Hereditarios que le correspondían a ANA ARABELA ORDOÑEZ LARA, ANA CELINA ORDOÑEZ Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las doce horas y quince minutos del día veintinueve Octubre del dos mil ocho.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICENCIADA MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SE- GUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.- HACE SABER: Que por resolución a las doce horas y trece minutos del día veintiocho de Octubre del dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JESUS RIVERA CAÑAS, quien falleció a las dieciséis horas treinta minutos del día dieciséis de septiembre del dos mil cinco, en Veintisiete Calle Poniente, Colonia Santa Julia de la Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las ocho horas cuarenta Ciudad de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, de parte minutos del día diecisiete de Noviembre del año dos mil ocho.-entre de las señoras MARIA VICTORINA MEDRANO DE HERNANDEZ, líneas-conocida por ANA GLADIS ALFARO-Vale.- LIC. FRANCIS- ROSA ELENA MEDRANO DE BENAVIDES, ELVIRA DE JESUS CO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO MEDRANO DE CONTRERAS y MARIA ERNESTINA MEDRANO CIVIL.- LICDA. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, RIVERA, en calidad de cesionarias de los derechos hereditarios que le SECRETARIA. correspondían al señor JOSE DE LA CRUZ RIVERA GONZALEZ, en calidad de hijo y MARTINA OLAMUNDA GONZALEZ DE RIVERA conocida por MARTINA ALAMUNDA GONZALEZ, y por MARTINA 3 v. alt. No. F GONZALEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante y se les han conferido a las aceptantes en el carácter antes indicado, la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SE- Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las doce horas y quince minutos del día veintiocho de Octubre del dos mil ocho.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICENCIADA MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

129 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de Lic. René Francisco Treminio Bonilla; Juez de lo Civil Suplente del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce horas del día dos de Octubre de dos mil ocho. Se les declaró herederos expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las catorce horas del día diecinueve de Mayo del año de mil novecientos ochenta y uno, en el Cantón San Sebastián, de esta Jurisdicción, Departamento de La Unión, su último domicilio dejó el causante ROSALIO VASQUEZ, de parte de los señores José Santos Vásquez Jaime, conocido por José Santos Vásquez, Juan Ángel Vásquez, conocido por Juan Ángel Vásquez Jaime, Cristino Vásquez, Jaime, conocido por Cristino Vásquez, y María Rosa Vásquez Jaime conocida por María Rosa Vásquez, en concepto de hijos sobrevivientes del referido causante, de conformidad con el Artículo 988 Numeral lº C.C. Se le confiere a los aceptantes en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes. Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los tres días del mes de Noviembre de dos mil ocho.- LIC. RENE FRANCISCO TREMINIO BONILLA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F LICENCIADA AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.- HACE SABER: Que por resolución dictada en este tribunal, a las catorce horas quince minutos del día doce de noviembre de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por la señora MARIA TERESA GUTIERREZ conocida por MARIA TERESA GUTIERREZ SANCHEZ, quien fue de cuarenta y cinco años de edad, de Oficios domésticos, Soltera, originaria y de este domicilio, siendo la Ciudad de Quezaltepeque su último domicilio, fallecida el día seis de octubre de mil novecientos setenta y ocho, de parte de la señora ELDER IVONNE GUTIERREZ en su concepto de hija del causante, a quien se le ha conferido la administración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley.- Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las catorce horas y cuarenta minutos del día doce de noviembre de dos mil ocho.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL. LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRE- TARIO. JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. AVISA: Que por resolución de las nueve horas de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor MERCEDES MEJIA (Hombre), al fallecer el día nueve de septiembre del año de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón Samuria de la jurisdicción de Jucuarán, el lugar que tuvo como último domicilio, de parte del señor JOSÉ FELIX MEJIA, conocido por JOSÉ FELIX MEJIA PINEDA, en su calidad de hijo del causante. Confiriéndosele al aceptante dicho, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente. Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación de este Edicto. LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: USULUTÁN, a los cinco días del mes de noviembre de dos mil ocho. LIC. JOSE AN- TONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA. 3v. alt. No. F FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución de este mismo Tribunal de las ocho horas del día Treinta y Uno de Enero del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada de la señora NATIVIDAD MERCEDES DELGADO LINARES, conocida socialmente por MERCEDES DELGADO de PEREZ; quien falleció el día Siete de Octubre de Dos Mil Uno, en esta ciudad, habiendo sido la misma, el lugar de su último domicilio; de parte de su hijo GABRIEL PEREZ DELGADO, a quien se ha nombrado interinamente Administrador y Representante de la Sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.- Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de ley.- Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las ocho horas y cuarenta minutos del día Treinta y Uno de Enero de Dos Mil Seis.- LIC FRAN- CISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LICDA. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

130 130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 HERENCIA YACENTE PROPIEDAD, de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio Concepción de esta ciudad, en el que no existen construcciones, y que se Licenciado René Francisco Treminio Bonilla, Juez de lo Civil, suplente de este Distrito Judicial, departamento de La Unión; al público para los efectos de ley. describe así: AL PONIENTE: de punto uno a punto dos, rumbo Norte cero siete grados veintitrés minutos cincuenta y nueve segundos Este, distancia once metros cincuenta y cinco centímetros. Lindero definido HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las once horas y treinta minutos del día nueve de octubre del corriente año, con el mérito de los documentos presentados e informe remitido de la Corte Suprema de Justicia y no habiéndose presentado persona aceptando la herencia dejada por el causante José de la Cruz Romero Maldonado, quien falleció a las once horas del día uno de febrero del año mil novecientos setenta y cuatro, en el Cantón Guayabo Jurisdicción de Concepción de Oriente, departamento de La Unión; siendo dicho lugar su último domicilio, se declaró yacente la herencia dejada por el causante antes mencionado y se nombró curador para que la represente al licenciado Simeón Humberto Velásquez Reyes, mayor de edad, abogado, del domicilio de El Sauce, Jurisdicción de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, a quien se juramentó y aceptó dicho cargo por acta de fs. 17, de conformidad a los Artículos 900 y grados cuarenta y cuatro minutos cero siete segundos Oeste, distancia de cinco metros noventa centímetros, lindero definido por una cerca Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de lima, departamento de La Unión, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil construida de malla ciclón, limita con resto del Inmueble. El inmueble descrito es de una extensión superficial de SESENTA Y DOS METROS ocho. LIC. RENE FRANCISCO TREMINIO BONILLA, JUEZ DE LO CUADRADOS SETENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS, CIVIL,SUPLENTE. LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, el cual valuá en SEIS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y la posesión ejercida por la solicitante y sumada a la de TITULO DE PROPIEDAD 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN RAFAEL CEDROS, DEPARTAMENTO DE pero no señalizado con un cerco construido con alambre de púas, limita con propiedad del señor Elmer Guadalupe Muñoz prolongación de la cuarta avenida sur de por medio. AL NORTE: de punto número dos a punto número tres rumbo Sur ochenta y nueve grados veintitrés minutos treinta y cuatro segundos Este, distancia cinco metros cero centímetros lindero definido por una pared construida con ladrillo de barro cocido, limita con Cementerio Municipal AL ORIENTE: de punto tres a punto cuatro, rumbo Sur cero dos grados cincuenta y cinco minutos veinticinco segundos Oeste, distancia once metros cincuenta y cinco centímetros. Lindero definido por una cerca de tela ciclón, limita con resto del inmueble. AL SUR: de punto cuatro a punto uno, rumbo Norte ochenta y ocho sus antecesores sobrepasa de ejercerla de DIEZ AÑOS, en forma quieta, pacífica, pública e ininterrumpida. Todos los vecinos son del lugar del inmueble. Lo que se avisa para los efectos de Ley. HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora MARIA BERTA MOZ, de cincuenta y dos años de edad, Comerciante, de este domicilio, soltera, de nacionalidad salvadoreña, portadora de su Documento Único de Identidad número cero cero seiscientos cuarenta y un mil quinientos cincuenta y tres - ocho, con Número de Identificación Tributaria cero setecientos once- cero setenta mil cuatrocientos cincuenta CUSCATLAN. Librado en la Alcaldía Municipal de San Rafael Cedros, departamento de Cuscatlán, a los trece días del mes de octubre de dos mil ocho. VICTOR HUGO CORNEJO, ALCALDE MUNICIPAL. ROMEL AREVALO MELENDEZ, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F y tres - cero cero uno - cero; solicitando se le extienda TITULO DE

131 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de TITULO SUPLETORIO Licenciada Dinora del Carmen Andrade de Lazo, Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chinameca; Hace Saber: Que con fecha nueve de octubre del corriente año, se presentó a este Juzgado el Licenciado Elio Isaí Ponce Amaya, de treinta y cinco años de edad, Abogado, del domicilio de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número cero dos millones ciento treinta y seis mil quinientos setenta y nueve, quien actúa en su calidad de Apoderado General Judicial de la señora Yeny Rosalina Díaz Hernández; solicitando a favor de su mandante se le extienda Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón San Antonio de la jurisdicción y distrito de Chinameca, departamento de San Miguel, de la capacidad de Mil Novecientos quince punto veinte metros cuadrados, de las medidas y linderos siguientes: Al Oriente: cincuenta y cuatro metros, linda con Arturo Sánchez Hueso, camino de por medio; Al Norte: sesenta y cuatro punto cuarenta metros, linda con resto del terreno mayor, cerco de alambre de por medio propio de la porción que se describe; Al Poniente: treinta metros linda con Enrique Sánchez Aguilar, quebrada de por medio; y Al Sur: veintiséis punto ochenta metros, linda con Teresa Martínez, brotón de izote de por BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA. de San Rafael Cedros, de este Departamento, cuya extensión superficial es de CATORCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS PUNTO TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de la descripción siguiente: AL ORIENTE: ciento cinco metros ochenta y ochenta y seis centímetros, con propiedad de Jaime Antonio Rodríguez Hernández, AL NORTE: ciento treinta y ocho metros noventa centímetros, con propiedad de Felícitas Mercedes Navarrete, Sofía Guadalupe Torres, Milagro Mercedes Torres Navarrete, Sergio Samuel Torres, Abilio Torres, Edgar Ivan Torres y con propietario indeterminado, calle pública de por medio; AL PONIENTE, ciento seis metros ochenta y un centímetros, con propiedad del Estado de El Salvador, en el Ramo de Educación, de por medio parcela generada y AL SUR, con propiedad de Elías Mendoza y José Osmín Argueta Rivas, de por medio calle pública. Dicho inmueble fue adquirido por posesión material, por lo que data más de diez años de poseerlo en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente, no está en proindivisión, no tiene nombre especial alguno, no es dominante, ni sirviente y lo valúa por la cantidad de DIEZ MIL DOLARES.- Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas y treinta minutos del día veintidós de octubre del año dos mil ocho.- LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, medio de la colindante.- En el inmueble antes escrito existe construida una casa de sistema mixto, paredes de bloque, techo de duralita, piso de 3 v. alt. No. F ladrillo de cemento.- Que su mandante lo adquirió por compraventa que le hizo al señor Rigoberto Eladio Díaz Hernández, el día diecinueve de agosto del corriente año. Y lo estima en la cantidad de Mil Doscientos Dólares de los Estados Unidos de América.- TITULO DE DOMINIO Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.- El Infrascrito Alcalde Municipal. Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las once HACE SABER: Que JUANA DE JESÚS PÉREZ PEREZ, de horas día catorce de octubre de dos mil ocho.- LICDA. DINORA DEL treinta y ocho años de edad, Doméstica del Domicilio de Yucuaiquín, CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Departamento de La Unión con Documento Único de Identidad número cero uno tres seis nueve nueve seis cero-seis con número de Identificación Tributaria número uno cuatro uno ocho-dos cuatro cero siete siete cero-uno cero dos-tres; se ha presentado a esta oficina solicitando Título de Dominio, de un solar de naturaleza Rústica, situado en el lugar 3 v. alt. No. C denominado CASITAS, de la Jurisdicción de Yucuaiquín, Distrito y Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de SEISCIEN- TOS TRECE METROS CUADRADOS QUINCE DECÍMETROS CUADRADOS, el cual mide y linda: AL NORTE treinta y cinco punto MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO treinta y siete metros, linda con resto del inmueble general que le queda JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, a la vendedora MARÍA PASTORA PÉREZ, AL ORIENTE: quince punto treinta y seis metros, linda con terreno del señor JOSÉ SAÚL HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado, la señora PÉREZ, y servidumbre de tránsito de por medio de veintidós metros de GLORIA JANETH PALACIOS ABARCA, en su carácter de SINDICO largo por dos metros de ancho; AL SUR, treinta y tres punto treinta y Y COMO REPRESENTANTE LEGAL POR ACUERDO DEL MUcuatro metros, linda con terreno de la señora ELSA GLORIA PÉREZ NICIPIO DE SAN RAFAEL CEDROS; JURISDICCION DE ESTE y AL PONIENTE, veinte punto treinta y tres metros, linda con terreno DEPARTAMENTO; Solicitando se extienda Título Supletorio de un del señor LORENZO PÉREZ, lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Palacios, jurisdicción COLONES, siendo los colindantes de este domicilio.

132 132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 SE AVISA AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY. Alcaldía Municipal: Yucuaiquín, veintiocho de agosto del dos mil ocho. ING. CARLOS ERNESTO GUTIERREZ, ALCALDE MUNI- CIPAL.- OSCAR GONZALO MEJIA, SECRETARIO MUNICIPAL PATENTADO. 3 v. alt. No. F MARCAS DE FABRICA No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 16., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de With You, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, CIONES; PAPEL DE NOTAS CON ADHESIVOS EN LA PARTE TRASERA; ADHESIVOS PARA PAPELERÍA O USO CASERO; APLICACIONES EN FORMA DE CALCOMANÍAS; LIBROS DE CITAS; PAPEL DE ARTE; KITS DE PINTURA PARA ARTES Y MANUALIDADES; LIBROS DE AUTÓGRAFOS; LIBROS DE BEBÉ; BOLÍGRAFOS; CARPETAS; COBERTORES DE LIBRO; MARCADORES DE LIBRO; SUJETA-LIBROS; SEPARADORES DE LIBROS; LIBROS EN EL CAMPO DE MÚSICA Y ENTRETE- NIMIENTO; CHONGAS DE PAPEL PARA PAPEL DE REGALO; CALCOMANÍAS DE BÓMPER; CALENDARIOS; TARJETAS PARA LLAMADAS DE TELÉFONO DE PRE-PAGO, NO CODIFICADAS MAGNÉTICAMENTE; IMPRESOS DE CARICATURA; TIRAS DE CARICATURA; YESO; LÁPICES DE COLOR; LIBROS DE COLO- REAR; LIBROS DE HISTORIETA; LIBROS DE TIRAS CÓMICAS; TIRAS CÓMICAS; PAPEL DE COLORES; CUADERNOS PARA COPIAR; CRAYOLAS; CALCOMANÍAS; ADORNOS DE CENTRO DE MESA DE PAPEL DECORATIVO; CONTENEDORES DE PA- PEL DECORATIVO; DIARIOS; REGLAS DE DIBUJO; SETS DE DIBUJO COMPUESTOS DE PINTURAS PARA DEDO; SOBRES; BORRADORES; REVISTAS EN EL CAMPO DE MÚSICA Y ENTRE- TENIMIENTO; TIRAS DE PELÍCULA EN TEMAS DE MÚSICA Y ENTRETENIMIENTO; FOLDERS; FOTOGRAFÍAS CON MARCO Y SIN MARCO; TARJETAS DE REGALO; PAPEL ENVOLTORIO DE REGALOS; PAPEL PARA ENVOLTORIO DE REGALOS; TARJETAS DE SALUDO; CALCOMANÍAS TRANSFERIBLES POR MEDIO DE CALOR; LITOGRAFÍAS; HOJAS IMPRESAS DE LETRA DE MÚSI- CA; REVISTAS PRESENTANDO MÚSICA Y ENTRETENIMIENTO; BLOC DE NOTAS; PLASTILINA; FOTOGRAFÍAS CON MONTAJE Y SIN MONTAJE; HOJAS DE MÚSICA; CARICATURAS DE PE- RIÓDICO; PERIÓDICOS PRESENTANDO HISTORIAS, JUEGOS Y ACTIVIDADES; REGLAS DE DIBUJO NO CALIBRADAS; REGLAS SIN ESCALA; CUADERNOS; LIBRETA DE NOTAS; LIBROS DE PINTURA; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTAS; DECORACIONES PARA PASTELES DE PAPEL; PORTAVASOS; DECORACIONES DE PAPEL PARA PASTELES; CHONGAS DE PAPEL PARA ENVOL- TURA DE REGALOS; ALFOMBRAS DE PAPEL; SERVILLETAS DE PAPEL; BOLSAS DE PAPEL PARA FIESTA; DECORACIONES DE PAPEL PARA FIESTA; SOMBREROS DE PAPEL PARA FIESTA; INDIVIDUALES DE PAPEL; MANTELES DE PAPEL; PESAS PARA PAPEL; PASTAS PARA PAPELERÍA O PROPÓSITOS CASEROS; CAJAS DE LAPICEROS Y LÁPICES; ESTUCHES DE LAPICEROS Y LÁPICES; SACAPUNTAS; LÁPICES; LAPICEROS; PERIÓDICOS EN EL CAMPO DE MÚSICA Y ENTRETENIMIENTO; FOTOGRA- FÍAS; ÁLBUMES DE FOTOGRAFÍA; LIBROS DE FOTOS; POS- TALES; PINTURA PARA POSTERS; POSTERS; SELLOS; TABLA PARA ARTISTAS; ENGRAPADORAS; PAPELERÍA; STENCILS PARA PAPELERÍA; PEGATINAS; TATUAJES TEMPORALES; TARJETAS INTERCAMBIABLES; Y PAPEL PARA ESCRITURA. Clase: 16. La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil Consistente en: las palabras Jessica Simpson y diseño, que servirá ocho. para: LIBROS DE ACTIVIDAD PARA NIÑOS; LIBROS DE DIREC- San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3. v alt. No. C

133 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 25., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de With You, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: las palabras Jessica Simpson y diseño, que servirá para: AMPARAR: ABRIGOS GRUESOS IMPERMEABLES CON GORROS; DELANTALES; PAÑUELOS DE HOMBRE; ZAPATOS ATLETICOS; BABEROS PARA BEBE NO HECHOS DE PAPEL; PAÑUELOS PARA USAR EN LA CABEZA (BANDANA); TRAJES DE BAÑO; ACCESORIOS PARA PLAYA; GORROS, TIPO BEANIES; San Salvador, veinte de octubre del año dos mil ocho. CINTURONES; BOINAS; BLAZERS; BLUSAS; FAJAS; MEDIAS DE CUERPO; TRAJES DE CUERPO; BOTAS; BOXERS; SOSTENES; BRASIERES; CALZONCILLOS; AJUSTADORES; CAMISOLAS; MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ, CAPAS; CACHUCHAS; CARDIGANS; PANTALONES CARGO; REGISTRADOR. CAMISONES CORTOS; CAMISON TIPO CHEMISETTE; BABEROS DE TELA PARA BEBES; DIAPERES DE TELA; BABEROS DE TELA; ABRIGOS; CORSÉS; SOBRETODOS; BLUSA DEPORTIVA CORTA; FALDAS PANTALON; JEANS DE DENIM; VESTIDOS; OREJERAS; BLUSAS TIPO TUBO DE LANA; CHALECOS DE LANA; SANDALIAS; CALZADO; PRENDAS DE ROPA INTERIOR; BOTAS IMPERMEABLES; LIGAS Y CINCHOS DE LIGAS; FA- JAS; GUANTES; VESTIDOS; DISFRACES PARA HALLOWEEN; BLUSAS CON TIRANTES AL CUELLO; SOMBREROS; BANDAS PARA CABEZA; SOMBRERERIA; CALCETERIA; ROPA PARA INFANTES; CHAQUETAS; JEANS; CAMISETAS TIPO JERSEY; TRAJES DE TROTE; TRAJES DE SALTO; SUETER AJUSTADO; MEDIAS HASTA LA RODILLA; CALENTADORES DE PIERNA; PANTALONES TIPO LEGGINS; LEOTARDOS; LENCERIA; ROPA DE SALA; GUANTES; PAÑUELOS DE CUELLO; CORBATAS DE CUELLO; ACCESORIOS DE VESTUARIO PARA EL CUELLO; NEGLIGES; CAMISONES DE NOCHE; CAMISETAS DE NOCHE; OVEROLS; PIJAMAS; PANTIES; PANTS; PANTYHOSE; CHUMPAS GRUESAS; CAMISAS TIPO POLO; PONCHOS; SUETER DE TIPO PULLOVER; ACCESORIOS DE VESTIMENTA PARA LLUVIA; CHAQUETAS REVERSIBLES; BATAS; CAMISAS DE RUGBY; SANDALIAS; PAREOS; BUFANDAS; CAMISAS; ZAPATOS; SHORTS; CAMISETA TIPO SINGLET; ACCESORIOS DE VESTI- MENTA PARA SKI; FALDAS; PANTALONES SPORT; PANTALO- NES PARA DORMIR; VESTIMENTA PARA DORMIR; PANTUFLAS; ENAGUAS; ZAPATILLAS; TRAJES PARA NIEVE; CALCETINES; SOSTENES DEPORTIVOS; MEDIAS; TRAJES; ACCESORIOS DE VESTIMENTA PARA SURF; TIRANTES; BANDAS PARA LIMPIAR SUDOR; PANTS GRUESOS; SUDADERA; SHORTS GRUESOS; SUETERS; CALZONETAS PARA BAÑARSE Y NADAR; GORROS PARA NADAR; VESTIMENTA PARA NADAR; CAMISETAS SIN MANGAS; BABYDOLL TIPO TEDDIES; CORBATAS; MALLAS; TUNICAS; TRAJES DE PISTA; PANTALONES; CAMISETAS; CA- MISAS TIPO CUELLO DE TORTUGA; CAMISETAS DE CENTRO; ROPA QUE SE UTILIZA DEBAJO DE LA ROPA; VESTIMENTA QUE SE UTILIZA DEBAJO DE LA ROPA; UNIFORMES; MALLA QUE CUBRE TODO EL CUERPO; CHALECOS; VICERAS; TRAJES PARA CALENTAMIENTO; PAÑOLETA; BANDAS PARA MUÑECA. Clase: 25. ocho. La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, 3. v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 09., HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

134 134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 de Yazaki Corporation, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: un diseño que se identifica como diseño de TRIANGULO, que servirá para: AMPARAR: ARNÉS DE CABLES PARA AUTOMÓVILES; ARNESES DE CABLES; CABLES PARA BATERÍAS; ALAMBRES/CABLES PARA BUJÍAS, ALAMBRES/ CABLES DE IGNICIÓN, ALAMBRES/CABLES DE RESISTENCIA DE ALTO VOLTAJE O ALAMBRES/CABLES DE ALTO VOLTAJE ANTI-RUIDO; CABLES DE ALTO VOLTAJE PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS; ALAMBRES ELÉCTRICOS Y CABLES PARA AUTOMÓVILES; ENCAJES CONECTORES PARA AISLAR TER- MINALES ELÉCTRICOS; CONECTORES ELÉCTRICOS; SOSTE- NEDORES PARA ENCAJES CONECTORES; ESPACIADORES PARA ENCAJES CONECTORES; PLÁSTICOS MOLDEADOS PARA PROTEGER ARNESES DE CABLES; TUBOS PARA PRO- TEGER ARNESES DE CABLES; PINZAS PARA FIJAR ARNESES DE CABLES; BANDAS PARA SUJETAR ARNESES DE CABLES; CAJAS DE EMPALME PARA AUTOMÓVILES; CONECTORES ROTATIVOS PARA TIMÓN DE DIRECCIÓN; CABLES DE FIBRA ÓPTICA; CONECTORES OPTICOS, CABLES CONDUCTORES PARA MEDIDORES; ALAMBRE DESNUDO; CABLES COAXIA- La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil LES; LÍNEAS DE CORRIENTE ELÉCTRICA; ALAMBRES ELÉC- ocho. TRICOS Y CABLES PARA COMUNICACIÓN; ALAMBRES Y CABLES ELÉCTRICOS RESISTENTES AL FUEGO; ALAMBRES Y CABLES ELÉCTRICOS RESISTENTES AL CALOR; ALAMBRES Y CABLES ELÉCTRICOS PARA ALARMAS; ARNESES DE CABLES PREFABRICADOS PARA EDIFICIOS Y/O CASAS, ARNESES DE CABLES PARA EDIFICIOS/CASAS; ALAMBRES Y CABLES ELÉCTRICOS; TERMINALES ELÉCTRICAS; RELÉS ELÉCTRICOS; FUSIBLES ELÉCTRICOS; CONEXION DE FUSIBLES ELÉCTRI- COS; CAJAS DE FUSIBLES; CAJAS DE RELÉS; UNIDADES DE CONTROL ELÉCTRICO; INTERRUPTORES PARA COLUMNA DE DIRECCIÓN; UNIDADES DE CONTROL DE PUERTAS DE AUTOMÓVILES; INTERRUPTORES DE NIVEL DE KEROSENO; APARATOS Y MAQUINAS DE CONTROL O DISTRIBUCIÓN DE PODER; CONVERTIDORES ROTATIVOS; MODIFICADORES DE FASE; TAQUÍMETROS; TAXÍMETROS; INDICADORES DE CONSUMO DE COMBUSTIBLE; MEDIDORES DE CONSUMO DE COMBUSTIBLE; MEDIDORES DE CARGA; PANTALLA DE CONSOLA CENTRAL PARA AUTOMÓVILES; VELOCÍMETROS; TACÓMETROS; ODÓMETROS; MEDIDORES DE MARCHA; ME- DIDOR DE GASOLINA; MEDIDOR DE TEMPERATURA DE AGUA; MEDIDORES DE PRESIÓN DE ACEITE; MEDIDORES DE TEMPE- RATURA DE ACEITE; SENSORES DE GASOLINA; SENSORES DE PRESIÓN; SENSORES DE TEMPERATURA; MEDIDORES PARA GRABAR OPERACIÓN; REGISTRADORES DE TEMPERATURA PARA CAMIONES REFRIGERADOS; MEDIDORES DE GAS; REGULADORES DE PRESIÓN DE GAS; REGISTRADOR DE CUADROS DE PRESIÓN; INDICADORES REGISTRADORES DE PRESIÓN; INSTRUMENTOS Y MÁQUINAS PARA PRUEBAS Y MEDICIÓN; IMPRESORAS PARA TAXÍMETROS; UNIDADES DE VEHÍCULO ETC; CÁMARAS DIGITALES; REGISTRADORES DE DATOS DE ACCIDENTES DE TRÁFICO; SISTEMAS DE POSICIO- NAMIENTO DE VEHÍCULO; REGISTRADORES Y ANALIZADO- RES DE DATOS PARA EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN; ALARMAS Y DETECTORES DE FUGAS DE GAS; DETECTORES Y ALARMAS DE GAS CO(DETECTORES Y ALARMAS DE MONÓXIDO DE CARBONO); DETECTORES Y ALARMAS DE INCENDIOS; DETEC- TORES DE FUGAS DE GAS; DETECTORES DE CO(DETECTORES DE MONÓXIDO DE CARBONO); CARBURADORES PARA GAS LIQUIDO DE PETROLEO; REGULADORES DE GAS DE CAMBIO AUTOMÁTICO; SISTEMA DE SUMINISTRO DE GAS LÍQUIDO DE PETRÓLEO (LPG) EN MASA; APARATOS Y DISPOSITIVOS DE TELECOMUNICACIÓN; PROGRAMAS DE COMPUTADORA; CIRCUITOS ELECTRÓNICOS, DISCOS MAGNÉTICOS, TARJETAS MAGNÉTICAS, HOJAS MAGNÉTICAS Y CINTAS MAGNÉTICAS GRABADAS CON PROGRAMAS DE COMPUTADORAS; MAQUI- NAS Y APARATOS ELECTRÓNICOS Y PIEZAS DE LOS MISMOS; TANQUES DE ALMACENAJE DE GAS LIQUIDO DE PETRÓLEO (LPG) EN MASA; VÁLVULAS DE PASO DE GAS. Clase: 09. San Salvador, siete de octubre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, 3. v. alt. No. C

135 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 17. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 33. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Yazaki Corporation, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, Consistente en: un diseño que se identifica como diseño de TRIÁNGULO, que servirá para: AMPARAR: ARANDELAS; BUJES; TAPONES DE HULE PARA CONECTORES A PRUEBA DE AGUA; TAPONES DE HULE; CINTAS AISLANTES; MATERIALES AIS- LANTES; ACCESORIOS DE AJUSTE PARA TUBERÍA DE GAS; EMPALMES PARA TUBERÍA (NO DE METAL); EMBALAJES; VÁLVULAS PARA CORTAR FLUJO DE GAS; VÁLVULAS PARA GAS DE DOS VÍAS; VÁLVULAS PARA CILINDROS DE GAS; VÁLVULAS DE GAS; MANGUERAS PARA GAS; MANGUERAS DE HULE; MANGUERAS DE PLÁSTICO; TUBERÍAS DE GAS (TU- ocho. La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, siete de octubre del año dos mil ocho. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de V&S VIN & SPRIT AKTIEBOLAG (publ), de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, Consistente en: las palabras ABSOLUT Country of Sweden MAN- GO, que se traducen al castellano como Absoluto País de Suecia Mango, que servirá para AMPARAR: BEBIDAS ALCOHÓLICAS (EXCEPTO CERVEZAS). Clase: 33. La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos mil ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil ocho. BERÍAS PARA RECOLECTAR GAS, TUBERÍA DE MÚLTIPLE DE GAS); TUBERÍA Y TUBOS DE PLÁSTICO; TUBOS Y TUBERÍAS LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, DE HULE; TANQUES DE ALMACENAJE DE GAS LÍQUIDO DE REGISTRADORA. PETRÓLEO EN MASA; VÁLVULAS DE PASO DE GAS. Clase: 17. GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ, 3 v. alt. No. C DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de AVENTIS PHARMA S. A., de nacionalidad FRANCESA, solicitando

136 136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 el registro de la MARCA DE FÁBRICA, MEDIA (PREPARACIONES ABRASIVAS), PRINCIPALMENTE PREPARACIONES PARA LIMPIAR, DESENGRASAR, Y REMOVER RECUBRIMIENTOS USANDO SISTEMAS DE AIRE COMPRIMIDO ANANDRON Consistente en: la palabra ANANDRON, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE CÁNCER. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, ocho de octubre del año dos mil ocho. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, 3 v. alt. No. C CLASE: 24. No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO CLASE: 03. ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de AUTOMOBILI LAMBORGHINI HOLDING S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Church & Dwight Co., Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, O DE APLICACIÓN DE AGUA. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, quince de octubre del año dos mil ocho. LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA, REGISTRADOR. GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ, No. de Expediente: No. de Presentación: v. alt. No. C Consistente en: la frase AUTOMOBILI LAMBORGHINI y diseño, que se traduce como automóviles lamborghini, que servirá para: AMPARAR: TEXTILES Y ARTÍCULOS TEXTILES, NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES; COBERTORES PARA CAMA Y MESA. Clase: 24. Consistente en: la palabra ARMEX y diseño, que servirá para: AMPARAR PREPARACIONES PARA LIMPIAR, DESENGRASAR, REMOVER PINTURA, RESTREGAR Y ABRASIVAS, BLAST La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil ocho.

137 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, veinte de octubre del año dos mil ocho. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 16. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Chivas Holdings (IP) Limited, de nacionalidad BRITÁNICA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, Consistente en: un diseño identificado como DISEÑO DE ESCU- DO, que servirá para: AMPARAR: ARTÍCULOS DE CARTÓN PARA USO EN EMBALAJE; ARTÍCULOS DE PLÁSTICO PARA USO EN EMBALAJE; ARTÍCULOS DE PAPEL PARA USO EN EMBALAJE; PRODUCTOS DE IMPRENTA. Clase: 16. ocho. La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, quince de octubre del año dos mil ocho. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, CALVIVE Consistente en: la palabra CALVIVE, que servirá para: AMPA- RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS, VETERINARIAS Y SANITARIAS. SUSTANCIAS DIETÉTICAS ADAPTADAS PARA USO MEDICO, COMIDA PARA BEBÉS. EMPLASTOS, MATERIAL PARA CURACIONES (APÓSITOS Y VENDAS). MATERIAL PARA TAPAR DIENTES, CERA DENTAL. DESINFECTANTES. PREPA- RACIONES PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, ocho de octubre del año dos mil ocho. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, 3 v. alt. No. C MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, LA INFRASCRITA REGISTRADORA 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

138 138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, CAREFREE DEO FRESH No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. Consistente en: la expresión: CAREFREE DEO FRESH, en donde las palabras: CARE se traduce al castellano como: CUIDADO, FREE se traduce como: LIBRE Y FRESH se traduce como FRESCO, que servirá para: AMPARAR: ENJUAGUES ÍNTIMOS, LOCIÓN PARA EL CUERPO, DESODORANTE, TOALLITAS PARA USO ÍNTIMO Y PROTECTORES DIARIOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dos mil ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, seis de octubre del año dos mil ocho. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de RUSSELL CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, CROSS CREEK Consistente en: las palabras CROSS CREEK traducidas al castellano la palabra CROSS como CRUZ Y CREEK como ARROYO, que servirá para: AMPARAR: CAMISAS DEPORTIVAS DE PUNTO PARA HOMBRES, MUJERES Y NIÑOS. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día siete de octubre del año dos mil ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, nueve de octubre del año dos mil ocho. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Mead Johnson & Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, ENFASHIELD Consistente en: la palabra ENFASHIELD, donde la palabra SHIELD se traduce al castellano como Escudo, que servirá para: AMPARAR: SUPLEMENTOS DE FIBRA PARA FORMULA DE INFANTES. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, catorce de octubre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C LA INFRASCRITA REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de DHL International GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA, CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, 3 v. alt. No. C Consistente en: la expresión GOGREEN y Diseño, donde la palabra GO se traduce al castellano como IR y GREEN como VERDE, que

139 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y BIENES HECHOS DE La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil ESTOS MATERIALES (INCLUIDOS EN ESTA CLASE); MATERIAL ocho. IMPRESO; PAPELERÍA; CERTIFICADOS, DE PAPEL Y/O CARTÓN; DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la ADHESIVOS PARA USO EN PAPELERÍA O USO DE HOGAR; MA- TERIALES PLÁSTICOS PARA EMPAQUE (INCLUIDOS EN ESTA San Salvador, diez de octubre del año dos mil ocho. CLASE); ARTÍCULOS DE OFICINA (QUE NO SEAN MUEBLES); MATERIAL DE ENSEÑANZA E INSTRUCTORÍA (EXCEPTO APARATOS). Clase: 16. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil REGISTRADORA. ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ, San Salvador, ocho de octubre del año dos mil ocho. 3 v. alt. No. C MARÍA DAFNE RUÍZ, REGISTRADOR. No. de Expediente: JOSÉ FIDEL MELARA MORÁN, No. de Presentación: CLASE: 05. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Abbott Laboratories, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, IMMUNIFY Consistente en: la palabra IMMUNIFY, que servirá para: AMPA- HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO RAR: PREPARACIONES NUTRICIONALES, PRINCIPALMENTE ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de FORMULA PARA INFANTES, FORMULA PARA NIÑOS E INGRE- TOYOTA JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (also trading as TOYOTA DIENTES PARA FÓRMULAS PARA INFANTES Y NIÑOS. Clase: MOTOR CORPORATION), de nacionalidad JAPONESA, solicitando 05. el registro de la MARCA DE FÁBRICA, La solicitud fue presentada el día ocho de octubre del año dos mil ocho. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, trece de octubre del año dos mil ocho. Consistente en: un diseño que se identifica como DISEÑO DE CARRO CON CARA, que servirá para: AMPARAR: AUTOMÓVILES, VANS, VEHÍCULOS DEPORTIVOS UTILITARIOS, CAMIONES, BUSES, COCHES Y PARTES ESTRUCTURALES DE LOS MISMOS, PRINCIPALMENTE MOTORES, CARROCERÍA, FRENOS, PUER- TAS, RUEDAS, TIMONES DE DIRECCIÓN, TRANSMISIONES; TODOS PARA VEHÍCULOS MOTORIZADOS. Clase: 12. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, 3 v. alt. No. C

140 140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, INVEGA SUSTENNA HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, INCEVO Consistente en: la palabra INCEVO, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil ocho. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, San Salvador, siete de octubre del año dos mil ocho. 3 v. alt. No. C DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. Consistente en: las palabras INVEGA SUSTENNA, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05. ocho. La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil San Salvador, catorce de octubre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 25. REGISTRADOR. LA INFRASCRITA REGISTRADORA 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS AMILCAR AMAYA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de PIEL Y CALZADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CA- PITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON Consistente en: la expresión: Anita y diseño, que servirá para: AMPARAR: VESTIDOS, CON INCLUSIÓN DE BOTAS, ZAPATOS Y ZAPATILLAS. Clase: 25.

141 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de La solicitud fue presentada el día catorce de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil ocho. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 10. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS AMILCAR AMAYA, en su calidad de APODERADO de PIEL Y CALZADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra Ana y diseño, que servirá para: AM- PARAR: VESTIDOS, CON INCLUSION DE BOTAS, ZAPATOS Y ZAPATILLAS. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día catorce de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, quince de octubre del año dos mil ocho. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado WILLIAN EDUARDO GARCIA ULLOA, en su calidad de REPRESENTAN- TE LEGAL de HEALTHCARE PRODUCTS CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HEALTHCARE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, Consistente en: la palabra Health y diseño, que se traduce al castellano como salud, que servirá para: AMPARAR: TODO TIPO DE MATERIAL DESCARTABLES, TALES COMO: GUANTES, MASCARILLAS, JERINGAS, CATETER, ALGODON, ZAPATERAS, ROLLOS COMBINADOS MIXTOS, CINTA TESTIGO, BOLSAS PARA ESTERILIZAR, SUTURAS. Clase: 10. La solicitud fue presentada el día cinco de noviembre del año dos mil ocho. San Salvador, doce de noviembre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE TOMAS CALDERON GONZALEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL, JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO de UNION KILO, SOCIEDAD

142 142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 ANONIMA, de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, DICADOS A LA DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE CALZADO EN GENERAL UBICADO EN CUARTA AVENIDA SUR, ENTRE LA 13 Y 15 CALLE PONIENTE, NÚMERO 54, CIUDAD DE SANTA ANA. La solicitud fue presentada el día catorce de octubre del año dos mil ocho. Consistente en: la palabra Kololos y diseño, que servirá para: AM- PARAR AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS, BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS, JUGOS NATURALES O CON SABOR ARTIFICIAL Y SIROPES. Clase: 32. La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, seis de octubre del año dos mil ocho. NOMBRE COMERCIAL LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA, No. de Expediente: No. de Presentación: REGISTRADOR. FERNANDO JOSÉ VELASCO, 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS AMILCAR AMAYA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de PIEL Y CALZADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CA- PITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, San Salvador, diecisiete de octubre del año dos mil ocho. LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA, REGISTRADOR. GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ, No. de Expediente: No. de Presentación: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado AIDA MARIBEL RIVAS, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CUBIAS RIVAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: las palabras BELEN La Casa del Pan y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA ELABORACION DE PRODUCTOS DE PANADERIA. La solicitud fue presentada el día ocho de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, diecisiete de noviembre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. Consistente en: la expresión Ana Catálogo y diseño, que servirá para: DISTINGUIR ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DE- FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN, 3 v. alt. No. C

143 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE TOMAS CALDERON GONZALEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL, JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO de UNION KILO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: la palabra UNIKILO y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA FABRI- CACION Y COMERCIALIZACION DE BEBIDAS NO ALCOHO- LICAS, UBICADO EN TERCERA CALLE PONIENTE, NUMERO TREINTA Y NUEVE CINCUENTA Y SIETE, ENTRE LA SETENTA Y CINCO Y SETENTA Y SIETE AVE. NORTE, SAN SALVADOR, EL SALVADOR. La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dos mil ocho. 3 v. alt. No. F San Salvador, seis de octubre del año dos mil ocho. CONVOCATORIAS LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADOR. MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, 3 v. alt. No. F MATRÍCULA DE COMERCIO ASIENTO DE EMPRESA: ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO: con número de Documento Único de Identidad del domicilio de CHAPELTIQUE, departamento de SAN MIGUEL, con Número de Identificación Tributaria: , el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y treinta y un minutos del día veintinueve de octubre de dos mil siete. Con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No inscripción 168 y el Asiento de Establecimiento No , inscripción 169, ambos del Libro 162 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se denomina TALLER CAÑAS y se dedica a REPARACION Y MANTENIMIENTO DE ARMAS DE FUEGO, con dirección en CANTON SAN PEDRO, CASERIO EL JIOTE, CHAPELTIQUE, SAN MIGUEL, cuyo activo asciende a TRES MIL OCHOCIENTOS CATORCE 28/100 DOLARES ($3,814.28) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado TALLER CAÑAS ubicado en CANTON SAN PEDRO, CASERIO EL JIOTE, CHAPELTIQUE, SAN MIGUEL, y que dedica REPARACION Y MANTENIMIENTO DE ARMAS DE FUEGO. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, uno de noviembre de dos mil siete. LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA, REGISTRADOR. CONVOCATORIA LA JUNTA DIRECTIVA DEL CENTRO MEDICO DE SANTA ANA, S.A. DE C.V., CONVOCA A SUS ACCIONISTAS PARA CELEBRAR ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, EL DIA DIECIOCHO DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, EN EL SALON DE CONFERENCIAS DEL CENTRO MEDICO DE SANTA ANA, S.A. DE C.V., SITUADO EN LA SEXTA AVENIDA SUR ENTRE VEINTITRES Y VEINTICINCO CALLE PONIENTE DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, A PARTIR DE LAS DIECIOCHO HORAS, LA AGENDA A DESARROLLAR SERA: DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado NELSON RO- SELBERTH ALBERTO CAÑAS, de nacionalidad SALVADOREÑA, l. ESTABLECIMIENTO DEL QUORUM. 2. APROBACION DE LA AGENDA. 3. LECTURA DEL ACTA ANTERIOR.

144 144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº APROBAR EL FINANCIAMIENTO PARA LA CONS- TRUCCION DE NUEVAS CLINICAS. La Junta Directiva de la Sociedad DOS DIECIOCHO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por medio de su Representante Legal, convoca a sus accionistas a celebrar Asamblea General Ordinaria y Asamblea General Extraordinaria a partir de las 8:30 horas del día 20 diciembre del 2008, en el local de "Hostal las Flores" situado en Avenida 2 de Abril No. 13, Barrio Apaneca, frente a centro escolar General Castaneda Castro, de la ciudad de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana; sesiones en las que se desarrollará la siguiente agenda: PARA CELEBRAR LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAOR- DINARIA, EN PRIMERA CONVOCATORIA, DEBERAN ESTAR PRESENTES O REPRESENTADAS LAS TRES CUARTAS PARTES DE LAS ACCIONES DE LA SOCIEDAD, LAS CUALES SUMAN TRES MIL. EN CASO DE NO REUNIRSE EL QUORUM PARA EL DIA Y HORAS CONVENIDAS, POR ESTE MEDIO SE HACE LA SEGUNDA CONVOCATORIA PARA EL DIA DIECINUEVE DE DICIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, A PARTIR DE LAS DIECIO- CHO HORAS EN EL MISMO LOCAL DEL CENTRO MEDICO DE SANTA ANA. LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA EN LA SEGUNDA CONVOCATORIA, SE CELEBRARA CON LA PRE- SENCIA O REPRESENTACION DE LA MITAD MAS UNA DEL TOTAL DE ACCIONES QUE CONFORMAN EL CAPITAL SOCIAL, LAS CUALES SUMAN DOS MIL UNA Y LAS RESOLUCIONES SERAN TOMADAS POR EL SETENTA Y CINCO POR CIENTO DEL QUORUM. quórum en la fecha y hora señalada anteriormente, por este medio se convoca a celebrar dicha Asamblea el mismo día una hora después de la primera convocatoria. Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos SANTA ANA, 18 DE NOVIEMBRE DE presentes. Para tratar los puntos de carácter Extraordinario señalado anteriormente deberá en primera convocatoria estar presentes las tres cuartas partes de las acciones, para la segunda convocatoria la mitad más LICDA. ALICIA JOSEFINA MORAN LARA, una de las acciones presentes y los acuerdos se tomarán por los votos DIRECTOR Puntos de carácter ordinario: 1. Comprobación del Quórum y apertura de la sesión. 2. Nombramiento de nueva Junta Directiva. 3. Presentación del Balance General y Estado de Resultados correspondiente al ejercicio Informe del Auditor. 5. Presentación de Memoria de Labores de la Junta Directiva. Punto de carácter extraordinario: 1. Aumento al capital social. Para celebrar esta Asamblea en carácter Ordinario deberán estar presentes la mitad más uno de los accionistas de la sociedad. De no haber favorables de las tres cuartas partes de las acciones tanto en primera como en convocatoria; esto según lo estipulado en la cláusula vigésimo primera de la Escritura de Constitución y de conformidad a lo estipulado 3 v. alt. No. C en los Artículos 240 al 243 del Código de Comercio vigente. CONVOCATORIA Chalchuapa, a los 13 días del mes de noviembre del ING. MAURICIO ERNESTO GARCÍA EGUIZÁBAL, REPRESENTANTE LEGAL. 218, S.A. DE C.V. 3 v. alt. No. F

145 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de SUBASTA PÚBLICA PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL, HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido por el FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, a través de su Apoderada General Judicial Licenciada PATRICIA MARICELA ARGUETA HERNANDEZ, contra los señores DAYSI YOLANDA RIVERA DE SORIANO y JOSE ARNOLDO SO- RIANO MANCIA, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene marcado como LOTE CIENTO TRES, POLIGONO C de la URBANIZACION RESIDENCIAS DEL BOSQUE, ubicada al final de la calle Los Chorros, Plan del Pito de la jurisdicción de Mejicanos, de este Departamento, el cual se describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de la Calle El Pital y del Pasaje Montecristo, se mide sobre el eje de este último con rumbo Sur cero tres grados, cincuenta y nueve minutos cincuenta y un segundos Este, una distancia de ochenta y tres metros, de este punto se mide con deflexión derecha de noventa grados, una distancia de tres metros. De este punto se mide con rumbo Sur cero tres grados cincuenta y nueve minutos cincuenta y un segundos Este y distancia de diez metros, llegando al vértice Nor-Este del lote que se describe: LADO ESTE, tramo recto de rumbo Sur cero tres grados cincuenta y nueve minutos cincuenta y un segundos Este y distancia de cinco metros, lindando con el lote número ciento siete del Polígono D de Residencias del Bosque, Pasaje Las Termópilas de seis metros de ancho de por medio. LADO SUR, tramo recto de rumbo Sur ochenta y seis grados cero cero minutos cero nueve segundos Oeste y distancia de once metros, lindando con el lote número ciento cuatro del Polígono C de Residencias del Bosque. LADO OESTE, tramo recto de rumbo Norte cero tres grados cincuenta y nueve minutos cincuenta y un segundos Oeste y distancia de cinco metros, lindando con lote número sesenta y ocho del Polígono C de Residencias del Bosque. LADO NORTE, tramo recto de rumbo Norte ochenta y seis grados, cero cero minutos cero nueve segundos Este y distancia de once metros, lindando con el lote número ciento dos del Polígono C de Residencias del Bosque. El lote así descrito tiene un área de CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y NUEVE VARAS CUA- DRADAS. En dicho inmueble hay construida una casa de sistema mixto de un área de CUARENTA Y UNO PUNTO VEINTISEIS METROS CUADRADOS de construcción. Inscrito a favor de los señores DAYSI YOLANDA RIVERA SORIANO y JOSE ARNOLDO SORIANO MANCIA, en proindivisión y por partes iguales, en un cincuenta por ciento cada uno, bajo la Matrícula Número SEIS CERO UNO CINCO CERO TRES SEIS NUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador. Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes. LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil, San Salvador, a las ocho horas veinte minutos del día veintisiete de octubre de dos mil ocho. LICDA. PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL SUPLENTE. LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTÍZ DURÁN, SECRETARIA. en fecha y hora que será señalada posteriormente el Inmueble que a continuación se describe: UN INMUEBLE de naturaleza urbana, que formó parte de uno de mayor extensión denominado FINCA LA TRINIDAD, situado en el Cantón Chupaderos, jurisdicción y Departamento de Santa Ana, ahora denominada URBANIZACION EL TREBOL, identificado como LOTE NUMERO DIEZ del Polígono L-SEIS de la Urbanización EL TREBOL, cuya descripción es la siguiente: Partiendo de la intersección formada por la Sesenta y Una Calle Poniente y el Pasaje Santa Rosa, midiendo sobre el eje de este último una distancia de veintisiete metros con rumbo Norte cero siete grados treinta y cuatro punto cero minutos Este se llega a un punto desde el cual haciendo una deflexión Izquierda de noventa grados y una distancia de dos punto cincuenta metros se llega al esquinero Sur-Oriente del Lote Número DIEZ donde dará Inicio la presente descripción; LADO SUR: Tramo recto con rumbo Norte ochenta y dos grados veintiséis punto cero minutos Oeste y distancia de diecisiete metros, linda por este lado con lote número ocho del mismo Polígono; LADO PONIENTE: Tramo recto, con rumbo Norte cero siete grados treinta y cuatro punto cero minutos Este y distancia de cinco metros, linda por este lado con Lote Número ONCE del mismo Polígono; LADO NORTE: Tramo recto, con rumbo Sur ochenta y dos grados veintiséis punto cero minutos Este y distancia de diecisiete metros, linda por este lado con lote número DOCE del mismo Polígono; LADO ORIENTE: Tramo recto con rumbo Sur cero siete grados treinta y cuatro punto cero minutos Oeste y distancia de cinco metros hasta llegar al esquinero Suroriente de donde dio inicio esta descripción, linda por este lado con lote número CUATRO del Polígono L-SIETE de la misma Urbanización, pasaje Santa Rosa de por medio de cinco metros de derecho de vía. El Inmueble antes descrito posee un área de OCHENTA Y CINCO ME- TROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO VEINTIUNO PUNTO SESENTA Y DOS VARAS CUADRADAS. El inmueble antes descrito así como en sus construcciones presentes y futuras por ser propiedad del señor ARMANDO CALEB VAQUERANO MENDEZ, inscrito a su favor bajo el número TREINTA Y SIETE del Libro DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE de Propiedad del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de Santa Ana.- Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público para los efectos de Ley.- LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día cuatro de septiembre de dos mil ocho. LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL. LIC. TERESA DE JESÚS VÁSQUEZ VÁSQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL, 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR. AL PÚBLICO EN GENERAL. HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por la Licenciada ANA CONCEPCION IRIAS LOZANO, Apoderada del BANCO AGRICOLA, S.A., contra el señor ARMANDO CALEB VAQUERANO MENDEZ, se venderá en pública subasta en este Tribunal, HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por la Licenciada DEBORAH JEANNET CHAVEZ CRESPIN como Apoderada General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA; contra el señor FEDERICO GUILLERMO GUERRERO MUNGUIA y la Sociedad BUFETE GUERRERO AVENDAÑO, S.A. DE C.V., se venderá en pública subasta en este tribunal en hora y fecha que será señalada posteriormente el inmueble que a continuación se describe: UN INMUEBLE urbano, ubicado en Proyecto Hacienda San Diego, Barrio El Calvario y según nomenclatura actual en Quince Calle Poniente número cuarenta y dos once-once, entre Ochenta y Tres y Ochenta y Una Avenida Norte, Colonia Escalón, de esta ciudad, de una extensión superficial de doscientos cuarenta y siete metros cuadrados equivalentes a trescientos cincuenta y tres punto cuarenta varas cuadradas,

146 146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 el cual se describe así: partiendo de la intersección formada por los ejes de las Calles Ochenta y Una Avenida Norte y Quince Calle Poniente y sobre el eje de esta última con rumbo norte ochenta y ocho grados cincuenta y dos punto cinco minutos oeste y una distancia de sesenta y nueve punto cero cero metros llegamos a un punto y con una deflexión izquierda de noventa grados y una distancia de siete punto cero cero metros llegamos al esquinero Nor-Poniente del lote que a continuación se describe: AL PONIENTE: tramo recto compuesto de un solo tiro con rumbo sur un grado cero nueve punto nueve minutos oeste y una distancia de diecinueve punto cero cero metros y linda con terreno de Pedro José Rosales, AL SUR: tramo recto compuesto de un solo tiro con rumbo sur ochenta y ocho grados cincuenta y dos punto cinco minutos oeste y una distancia de trece punto cero cero metros y linda con terreno del Arquitecto Francisco René Esquivel López. AL ORIENTE: tramo recto compuesto de un solo tiro con rumbo norte un grado cero nueve punto nueve minutos Este y una distancia de diecinueve punto cero cero metros y linda con terreno del Arquitecto Francisco René Esquivel López. AL NORTE: tramo recto compuesto de un solo tiro con rumbo sur ochenta y ocho grados cincuenta y dos punto cinco minutos Este y una distancia de trece punto cero cero metros y linda con quince calle poniente de catorce metros de derecho de vía. EI inmueble anteriormente descrito se encuentra a favor del señor FEDERICO GUILLERMO GUERRERO MUNGUIA e inscrito a la matrícula número M CERO UNO DOS SIETE UNO CUATRO CERO CERO. Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes. BALANCE DE LIQUIDACIÓN ACTIVO BONILLA CRUZ, S.A. DE C.V. LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN- TIL: San Salvador, a las diez horas veinticuatro minutos del día diez de octubre de dos mil ocho. LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL. LIC. TERESA DE JESÚS VÁSQUEZ VÁSQUEZ, SECRETARIA. REPOSICIÓN DE CERTIFICADO BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE OCTUBRE DEL 2008 (Valores en dólares de los Estados Unidos de América) PASIVO 3 v. alt. No. F AVISO BANCO DE AMÉRICA CENTRAL AVISA: Que se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a plazo fijo aperturado el 20 de Octubre a 180 días prorrogables solicitando la reposición de dicho Certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera publicación del presente AVISO, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certificado mencionado. MIRIAN ESTELA DE CAMPOS, EJECUTIVA DE BANCA PRIVADA, BANCO DE AMÉRICA CENTRAL. 3 v. alt. No. F NO CORRIENTE 4, CAPITAL, RESERVAS Y SUPERAVIT 4, Déficit por Pérdidas 4, Capital Mínimo 2, Reserva Legal Superávit Ejercicio Anterior 1, TOTAL ACTIVO 4, TOTAL PASIVO Y CAPITAL 4, ANA EVELYN O. DE FLORES JENNY E. SOSA DE GONZALEZ, LIC. ORLANDO GONZÁLEZ ORELLANA, JOSÉ RAÚL VILLEGAS ARIAS, LIQUIDADORAS. AUDITOR EXTERNO. CONTADOR. 3 v. alt. No. C

147 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de UTILIDAD Y NECESIDAD Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado Tercero de Familia de San Salvador, a las LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE FAMILIA DE ESTE DISonce horas del día siete de noviembre de dos mil ocho.- LIC. CARMEN TRITO JUDICIAL, LICENCIADA CARMEN ELENA MOLINA. Al ELENA MOLINA, JUEZ TERCERO DE FAMILIA.- LIC. ROXANA público y para los efectos de Ley correspondientes, ELIZABETH MARROQUIN MONROY, SECRETARIA DE ACTUA- HACE SABER: Que en las Diligencias de Utilidad y Necesidad, CIONES. promovidas por los señores NICOLÁS ANTONIO SALUME BABUN, de 3 v. c. No. F cincuenta y tres años de edad, Licenciado en Administración de Empresas, y LETICIA ELIZABETH VELÁSQUEZ DUARTE DE SALUME, de cuarenta y cuatro años de edad, Ejecutiva Empresarial, del domicilio de Santa Tecla y San Salvador, respectivamente; en Representación de su menor hija DANIELA JOSÉ SALUME VELÁSQUEZ, a través MARCA DE SERVICIOS de su Apoderado, Licenciado PEDRO CARBALLO ÁLVAREZ, se venderá en Pública Subasta, en este Juzgado a las DIEZ HORAS del día VEINTITRÉS de DICIEMBRE el siguiente bien: I) El Derecho No. de Expediente: Proindiviso del TREINTA Y TRES PUNTO TREINTA Y TRES POR No. de Presentación: CIENTO, que le corresponde a la menor Daniela José Salume Velásquez, sobre un Inmueble antes de naturaleza rústica, ahora urbano, situado CLASE: 36. en el Block número ciento cincuenta y cuatro de la Colonia Escalón, de esta ciudad, de un área de CIENTO TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS SETENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL equivalentes a CIENTO NOVENTA Y UNA VARAS CUADRADAS, VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de SIX CONTINENTS TREINTA Y DOS CENTÉSIMOS DE VARA CUADRADA, situado HOTELS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el según antecedente en el Volcán de San Salvador, Valle El Carmen, en el registro de la MARCA DE SERVICIOS, punto llamado Quebrada Las Lajas, de esta jurisdicción, que se localiza y describe así: A partir de los ejes del pasaje Unión y pasaje número doce, se mide distancia de siete metros treinta y ocho centímetros con rumbo sur cincuenta y nueve grados cuarenta y seis minutos oeste, llegando así al esquinero NOROESTE, del terreno cuyas medidas y linderos a partir del mencionado esquinero son: AL PONIENTE: recta de trece metros sesenta y ocho centímetros con rumbo Sur treinta y tres grados cuarenta y ocho minutos Oeste, lindando con terreno de Escalón Núñez, S.A. de C.V., antes de Bárbara Pérez.- AL SUR: Recta de ocho metros noventa y nueve centímetros con rumbo Norte cuarenta grados tres minutos Este, lindando con resto del terreno del cual se desmembró el que se describe.- AL NORTE: Recta de diez metros cuarenta y cinco centímetros con rumbo Norte cuarenta y ocho grados treinta y seis minutos Oeste, lindando con mil ocho. pasaje Unión de catorce metros de ancho de por medio, con terrenos de Edmundo Kury y pasaje número doce construido en terrenos de Escalón Núñez, S.A. de C.V.- Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor de la menor SALUME VELÁSQUEZ en un TREINTA Y TRES PUNTO TREINTA Y TRES POR CIENTO DEL DERECHO DE PROPIEDAD, bajo la MATRÍCULA SEIS CERO UNO CUATRO SIETE CINCO DOS SEIS - CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro. - Consistente en: las palabras H Holiday Inn Club Vacations y diseño, que se traduce al castellano como DIA FERIADO HOSPEDAJE CLUB VACACIONES, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PROPIEDADES VACACIONALES DE TIEMPO COMPARTIDO (TIMESHARE). Clase: 36. La solicitud fue presentada el día dieciseis de octubre del año dos San Salvador, veintiuno de octubre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. La base del remate será de SIETE MIL DÓLARES DE LOS ES- TADOS UNIDOS DE AMÉRICA, según el valor asignado por el perito valuador. Se admitirán posturas legales. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, 3 v. alt. No. C

148 148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 43. HOTELS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, HOLIDAY INN CLUB HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de SIX CONTINENTS HOTELS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: las palabras H Holiday Inn Club Vacations y diseño, que se traduce al castellano como DIA FERIADO HOSPEDAJE CLUB VACACIONES, que servirá para: AMPARAR: ACOMODACIONES TEMPORALES; RESERVACIONES. Clase: 43. La solicitud fue presentada el día dieciseis de octubre del año dos mil ocho. Consistente en: las palabras HOLIDAY INN CLUB, traducido al castellano como DIA FERIADO HOSPEDAJE CLUB, que servirá para: AMPARAR: ACOMODACIONES TEMPORALES; RESERVACIONES. Clase: 43. La solicitud fue presentada el día dieciseis de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, veintiuno de octubre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, San Salvador, veintiuno de octubre del año dos mil ocho. 3 v. alt. No. C DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. No. de Expediente: FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de SIX CONTINENTS HOTELS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 43. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de SIX CONTINENTS HOLIDAY INN CLUB VACATIONS Consistente en: las palabras HOLIDAY INN CLUB VACATIONS que traducida al castellano significa DIA FERIADO HOSPEDAJE

149 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de CLUB VACACIONES, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PROPIEDADES VACACIONALES DE TIEMPO COMPARTIDO (TIMESHARE). Clase: 36. San Salvador, nueve de octubre del año dos mil ocho. La solicitud fue presentada el día siete de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, nueve de octubre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 43. VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de SIX CONTINENTS HOTELS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, HOLIDAY INN CLUB VACATIONS Consistente en: las palabras HOLIDAY INN CLUB VACATIONS que se traduce al castellano como DIA FERIADO HOSPEDAJE CLUB VACACIONES, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ACO- MODACIONES TEMPORALES; RESERVACIONES. Clase: 43. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de cpt HOLDINGS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, ISA TKM Consistente en: las palabras ISA TKM, que servirá para: AMPA- RAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO DE LA NATURALEZA HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL DE SERIES DE TELEVISIÓN. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, quince de octubre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, La solicitud fue presentada el día siete de octubre del año dos mil ocho. 3 v. alt. No. C

150 150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 No. de Expediente: No. de Presentación: S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, CLASE: 36. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ESMERALDA ELIZABETH CASTILLO URQUILLA, en su calidad de APODERA- DO de MICRONEGOCIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la palabra CrediLote, y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA, PRESTAMOS DE DINERO, OPERACIONES DE CREDITO, Y DE FINANCIACIÓN A CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día cinco de noviembre del año dos CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, mil ocho. 3 v. alt. No. C San Salvador, diez de noviembre del año dos mil ocho. Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 36. Consistente en: la expresión: MiCrédito y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA, PRESTAMOS DE DINERO, OPERACIONES DE CRÉDITO, Y DE FINANCIACIÓN A CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día cinco de noviembre del año dos mil ocho. San Salvador, once de noviembre del año dos mil ocho. Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO AVISO AIG, S. A., SEGUROS DE PERSONAS, Compañía de Seguros, hace del conocimiento del público en general que a sus oficinas se ha presentado FABIO MARQUEZ, Empleado, del domicilio de Usulután, solicitando la Reposición de la Póliza No. VO , emitida por esta Compañía a su favor, con fecha 24 de Agosto de Si dentro de treinta días, contados a partir de la fecha de la última publicación de este aviso, no se presentare oposición, la Compañía procederá a reponer la mencionada Póliza. San Salvador, diecinueve de noviembre del dos mil ocho. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ESMERALDA ELIZABETH CASTILLO URQUILLA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de MICRONEGOCIOS, SOCIEDAD ANONI- MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MICRONEGOCIOS, GLADYS L. AGUILAR DE GRANADOS, SUSCRIPCION SEGUROS DE PERSONAS. 3 v. alt. No. F

151 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de De Tercera Publicación ACEPTACION DE HERENCIA ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, del Distrito Judicial de San Francisco Gotera; al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este tribunal, a las quince horas y treinta minutos del día veintisiete de Agosto del dos mil ocho; SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la Herencia que en forma intestada a su defunción dejó la causante MARGARITA ALVARADO, de parte de los señores PAULA ALVARADO BARAHONA, de treinta y cuatro años de edad, con Documento Único de Identidad Personal Número; cero cero novecientos cincuenta y cinco mil dos guión ocho; JULIA ALVARADO, de treinta y un años de edad, con Documento Único de Identidad Personal Número cero cero novecientos cincuenta y cuatro mil novecientos ochenta y siete guión tres; y VICITACION ALVARADO, de veintinueve años de edad, agricultor, con Documento Único de Identidad Personal Número cero dos millones cuatrocientos ochenta y un mil doscientos treinta y uno guión cuatro; todos del domicilio de San Simón, del Departamento de Morazán, en calidad de hijos de la causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue de cincuenta y cinco años de edad, de Oficios Domésticos, de nacionalidad Salvadoreña, originaria y del domicilio de San Simón, hija de Paula Alvarado, FALLECIO el día cinco de Marzo de mil novecientos noventa y seis, en el Cantón Las Quebradas de la Jurisdicción de San Simón, del Departamento de Morazán, siendo este lugar de su último domicilio; y el Causante ELIO- DORO BARAHONA, de parte del señor JOSE LORENZO BARAHONA MARTINEZ, de treinta y ocho años de edad, Jornalero, con Documento Único de Identidad Personal Número cero dos millones quinientos cuarenta y un mil novecientos ochenta guión cero, del domicilio de San Simón, Departamento de Morazán, en calidad de hijo del causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue de veintisiete años de edad, Jornalero, de nacionalidad Salvadoreña, originario y del domicilio de San Simón, hijo de Lorenzo Barahona y Paula Alvarado; FALLECIO el día ocho de Diciembre de mil novecientos setenta y tres, en el Cantón Las Quebradas, de la Jurisdicción de San Simón, del Departamento de Morazán, siendo este lugar de su último domicilio. Se les confirió a los aceptantes mencionados y en la forma establecida, LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones para los curadores de la Herencia Yacente. Publíquese en el Diario Oficial los edictos de ley de conformidad al Art. 1,163 C., con citación a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación del edicto en el expresado periódico. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las diez horas del día veintinueve de Agosto del dos mil ocho.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA. HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor FLORENTIN LARIOS REYES, conocido por FLORENTIN REYES, quien falleció el día tres de junio de dos mil siete, en la Colonia La Esperanza de esta jurisdicción, siendo esta ciudad de La Unión, su último domicilio, de parte de la señora FILOMENA GUEVARA DE LARIOS, conocida por FILOMENA GUEVARA, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Confiriéndole a dicha aceptante en el carácter indicado la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los once días del mes de septiembre de dos mil ocho.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SRIO. 3 v. alt. No. C LIC. MANUEL DE JESUS ESCOBAR ROSA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.- HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día de hoy; se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el Señor MANUEL DE JESUS FRANCO, quien falleció a las diecisiete horas quince minutos, del día dieciséis de agosto del año dos mil siete, en Hospital Regional del Instituto Salvadoreño del Seguro Social de esta ciudad, siendo la ciudad de San Miguel el lugar de su último domicilio; de parte de la Señora LILIAN ISABEL MENDOZA VIUDA DE FRANCO, de cincuenta y siete años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, portadora de su Documento Unico de Identidad Número: cero dos millones setenta y nueve mil cuatrocientos veintiocho guión nueve, en Concepto de cónyuge del causante; y como cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión le correspondían a los Señores FLOR DE MARIA FRANCO MENDOZA; LUIS ALONSO GONZALEZ FRANCO; y, JOSE ALBERTO FRANCO GONZALEZ, en concepto de hijos del causante.- Confiérese a la aceptante en el carácter indicado, la Administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.- Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de ley. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a los veintitrés días del mes de octubre de dos mil ocho.- LIC. MANUEL DE JESUS ESCOBAR ROSA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, 3 v. alt. No. C v. alt. No. F

152 152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial. HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las ocho horas y veinte minutos del día tres de Noviembre del año dos mil ocho.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta Ciudad de San Marcos, siendo también su último domicilio, el día trece de julio del año dos mil siete, dejó la causante LUCIA ADELA BARAHONA REYES conocida por LUCIA ADELA BARAHONA, y por ADELA BARAHONA, de parte de la señora CORALIA RIVERA BARAHONA como cesionaria de los derechos hereditarios que en abstracto en la presente sucesión le correspondían a los señores NICOLAS BARAHONA LOPEZ y DANILO BARAHONA DOMINGUEZ conocido por DANILO DOMINGUEZ BARAHONA y por DANILO BARAHONA, en su calidad de hijos de la referida de cujus.- Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención, para que transcurridos el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos.- Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.- Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las ocho horas y veinte minutos del día once de Noviembre del año dos mil ocho.- DR. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, 3 v. alt. No. F JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN- TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY. Henríquez, originario de Guacotecti, Departamento de Cabañas; de parte del señor CEFERINO ARIAS MAJANO en calidad de hijo del causante, representado por la Licenciada BLANCA ESTELA RIVAS DE ARIAS conocida por BLANCA ESTELA RIVAS MOLINA, como Apoderada General Judicial y Administrativa. Habiéndosele conferido al aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida sucesión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil ocho. Enmendado- MOLINA- Vale. LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. BR. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRE- TARIO INTERINO. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE JIQUILIS- CO. AL PUBLICO: Para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario en la herencia intestada dejada al fallecer por la señora MARIA GLORIA URIAS BARRERA, el día ocho de mayo del año dos mil siete, en la ciudad de Puerto El Triunfo, siendo éste su último domicilio, de parte del señor FRANCIS MISAEL URIAS, en calidad de hijo de la causante, Asimismo de parte del señor RICARDO REYES, en su calidad de conviviente sobreviviente de la causante, la cual comprueba según certificación de Unión no Matrimonial que corre agregada a fs. 14. Confiérasele a los aceptantes la Administración y Representación Interina de la Sucesión Intestada con las facultades y restricciones de 1ey. Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de ley. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día ocho de mayo de mil novecientos ochenta, en el Cantón El Bañadero, jurisdicción de Guacotecti, Departamento de Cabañas, siendo Guacotecti, Departamento de Cabañas su último domicilio; dejó el señor LEONARDO ARIAS HENRIQUEZ quien fue de cincuenta y cuatro años de edad, casado, empleado, hijo de Juan Arias y María Julia Oportunamente extiéndase la certificación respectiva. Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los veintinueve días del mes de octubre de dos mil ocho.- LIC. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

153 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de GUADALUPE MAYORAL GARCIA, JUEZA SUPLENTE DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las ocho horas y diecinueve minutos del día veintidós de octubre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria dejada a su defunción por la causante señora MARIA TERESA MENJIVAR DE ZAMORA, conocida por TERESA MENJIVAR, ocurrida el día veintiuno de abril de dos mil seis, siendo esta ciudad, el lugar de su último domicilio, de parte de las señoras MARINA ZAMORA MENJIVAR y MARIA IRMA ZAMORA MENJIVAR, en calidad de herederas testamentarias de la referida causante; y se ha conferido a las aceptantes, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce horas veintisiete minutos del día cuatro de Noviembre de dos mil ocho. LIC. GUADALUPE MAYORAL GARCIA, JUEZA SUPLENTE DE LO CIVIL. BR. KA- RINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, 3 v. alt. No. F el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las quince horas y diez minutos del día veintidós de Octubre del dos mil ocho. LIC. ROMEO EDGARD PINO MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTE- OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIME- RINO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. RA INSTANCIA. LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día quince de octubre de este año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores IVAN ALEXANDER 3 v. alt. No. F DÍAZ ZELAYA y URSULA DEL CARMEN DÍAZ ZELAYA, como hijos del causante, de la herencia intestada que a su defunción dejó AL- BERTO DÍAZ, quien fue de cincuenta y ocho años de edad, divorciado, originario de Delgado, del domicilio de Soyapango, hijo de Petrona Díaz, de nacionalidad salvadoreña, falleció el día dieciséis de abril de dos mil ocho. Confiérese a los aceptantes la representación y administración INTERINA de la herencia con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a deducir sus derechos, dentro del término de ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas treinta minutos del día quince de octubre de dos mil ocho. DR. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTO. LIC. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI- TOTO. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este Tribunal a las quince horas de este mismo día, del presente mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara el señor ABEL EDUARDO BENITEZ MELARA, quien falleció a las veintitrés horas y treinta minutos, del día quince de Abril de dos mil cinco, en el Hospital Zacamil, del departamento de San Salvador, siendo su último domicilio San José Guayabal; de parte del señor JOSE JULIAN BENITEZ MELARA, quien actúa en su carácter personal y como Cesionario de los Derechos Hereditarios que les correspondían a los señores JOSE JULIAN BENITEZ VELÁSQUEZ y MIRIAN ESTELA MELARA DE BENITEZ, hoy Mirian Estela Melara Salas; éstos en su concepto de padres sobrevivientes de dicho causante. Se le ha conferido al aceptante la administración y representación interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde SECRETARIA. LUIS HERNAN MARTINEZ, Notario de este domicilio, con Bufete profesional situado en Calle Gabriela Mistral 307 de esta ciudad, al PUBLICO. HACE SABER: Que por resolución pronunciada, a las once horas del día doce del corriente mes y año, se ha tenido por aceptada en forma interina, con beneficio de inventario y con las limitaciones de los Curadores de la Herencia Yacente por parte de la señora ISABEL MEDRANO hoy Viuda de ERROA, conocida por ISABEL MEDRANO LOPEZ hoy Viuda de ERROA, la Herencia Testamentaria dejada a su fallecimiento por su Cónyugue, señor JOSE ROGELIO ERROA ZELADA, conocido por JOSE ROGELIO ERROA, quien fue mayor de edad, Jornalero y del domicilio de Ilopango de este Departamento, quien falleció en dicho lugar el día cuatro de septiembre del corriente mes y año.

154 154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 Lo que se hace saber al público para que dentro del los quince días siguientes a la última publicación de presente edicto, concurra a mi oficina para hacer valer sus derechos que les asistieren. San Salvador, trece de noviembre de dos mil ocho. DOCTOR LUIS HERNAN MARTINEZ, NOTARIO. 3 v. alt. No. F MARIA ELENA SANCHEZ ARIAS, Notario, con oficina establecida en Senda Florencia Número Treinta y Uno, Colonia Europa, Santa Tecla, La Libertad. HACE SABER : Que por resolución de la suscrita proveída a las once horas y quince minutos del día diez de noviembre de dos mil ocho, 3 v. alt. No. F se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó al fallecer la señora Zuleima Patricia Mendoza Guzmán, conocida por Zuleima Patricia Mendoza, Zuleima Patricia Mendoza de Rivas y por Zuleima Patricia Rivas Mendoza Guzmán, quien falleció el día ocho de junio de dos mil ocho, en el Hospital General del Seguro Social de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad; de parte de los señores Ricardo Ernesto Rivas Mendoza y Zuleyma Elizabeth Rivas Mendoza, en calidad de hijos de la causante y como cesionarios del derecho hereditario de los padres de la causante señores José Ernesto Mendoza y Margarita Leticia Guardado o Leticia Guzmán. Habiéndoseles conferido a los aceptantes la Administración y Representación Interina de la sucesión con las formalidades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.- Lo que se avisa al público para los efectos legales. Librado en Santa Tecla, a las once horas y cuarenta y cinco minutos del día diez de noviembre de dos mil ocho. MARIA ELENA SANCHEZ ARIAS, NOTARIO. LICENCIADA MISANILLAS REYES CASTILLO DE ORELLANA. JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal, a las once horas y quince minutos del día diecinueve de Mayo de dos mil ocho; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el señor SILVESTRE ECHEVERRIA, quien falleció el día veintinueve de Agosto del año dos mil cuatro, en el caserío Caña Brava de San Juan Tepezonte, de este Distrito Judicial, siendo éste su último domicilio, a consecuencia de INSUFICIENCIA RENAL CRONICA; de parte de la señora ANTONIA ECHEVERRIA, en el concepto de HERMANA DEL CAUSANTE. Confiriéndose a la aceptante, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se hace saber al público, para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, a las once horas y veinte minutos del día diecinueve de Mayo de dos mil ocho. LICDA. MISANILLAS REYES CASTILLO DE ORELLANA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. LICDA. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día trece de Noviembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de las señoras MARIA SANTOS LOZANO OLIVAR y ELIZABETH LOZANO OLIVAR, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ADOLFO OLIVAR LÓPEZ conocido por ADOLFO OLIVAR, quien fue de setenta y seis años de edad, soltero, comerciante en pequeño, salvadoreño, fallecido el día veintiocho de Diciembre de dos mil uno, en la Clínica San Gerardo del Municipio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, siendo Tepetitán, de este Departamento, el lugar de su último domicilio, en concepto de hijas del causante y se han nombrado a las aceptantes administradoras y representantes interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los trece días del mes de Noviembre del año dos mil ocho. DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

155 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL; HACE SABER: Que por resolución dictada en este mismo Tribunal a las catorce horas del día Veintidós de Julio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia Intestada del señor GENARO DE JESÚS BARRERA CARDONA, quien falleció el día doce de Febrero de Dos Mil Dos, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de esta ciudad, habiendo sido el Barrio El Tránsito de la Villa de El Congo, el lugar de su Último domicilio; de parte de sus hijos, LUIS ERNESTO BARRERA MEJIA, ROSA ELIDA BARRERA MEJIA hoy ROSA ELIDA BARRERA DE MEJIA y ERIC ALEXANDER BARRERA MEJIA y de las menores: SANDRA ELIZABETH y PATRICIA EMILIA ambas de Apellidos BARRERA MEJIA, Representadas por su Madre, la señora ROSA MARGARITA MEJIA, a quienes se les ha nombrado interinamente Administradores y Representantes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.- Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.- Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las catorce horas del día veintitrés de Julio de dos mil ocho. LIC. FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LICDA. CAR- EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: MEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora 3 v. alt. No. F del domicilio de la ciudad de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán, con Carnet de Abogada Número Catorce mil ciento seis; actuando en su calidad de Apoderada General Judicial, con cláusula especial; solicitando se le extienda Título de Propiedad de un inmueble de naturaleza TÍTULO DE PROPIEDAD urbana, situado en el Cantón Aguacayo jurisdicción de Suchitoto, del Departamento de Cuscatlán a favor del señor Isidro de Jesús Hernández EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE GUAYMANGO, Artiga, de cuarenta y cuatro años de edad, del domicilio de la ciudad DEPARTAMENTO DE AHUACHAPÁN. de Suchitoto, portador de su Documento Único de Identidad Personal Número cero cero doscientos diez mil doscientos uno guión cero; y HACE SABER: Que el Señor ALFREDO CASTANEDA MARTINEZ, quien es de sesenta y un años de edad, Comerciante, del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, con residencia particular en el Barrio El centro, Guaymango, Departamento de Ahuachapán, con Documento Único de Identidad número cero uno seis ocho uno nueve siete cero-cero, y con Número de Identificación Tributaria cero uno cero seis-dos ocho cero ocho cuatro seis-cero cero uno-ocho, solicita título de propiedad de un predios rústicos, situados en el Cantón San Andrés, jurisdicción de Guaymango, el Inmueble: de forma irregular, compuesto de una extensión superficial de DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PUNTO TRECE ME- TROS CUADRADOS, que linda: AL NORTE: linda con propiedad de los señores Andrés Ramos, Cresencio Beltrán, y Paulino Álvarez; AL ORIENTE: linda con propiedad del señor Manuel de Jesús Aguilar, Calle de por medio; AL SUR: linda con propiedad de los señores Teófilo Vásquez, Fausto Vásquez, Luis Barrientos López, y Teresa Angélica Méndez de Castaneda; y AL PONIENTE, linda con propiedad de los señores Ricardo García, y Teófilo Vásquez.- Quien carece de título de propiedad inscrito, circunstancia que obliga a presentar esta solicitud.- No es predio dominante ni sirviente, no tiene carga ni derechos reales, ni se encuentra en proindivisión, lo posee por más de diez años consecutivos, sin interrupción, y lo estima en la cantidad de Dos mil dólares de los Estados Unidos de América respectivamente, y sus colindantes son de este domicilio.- Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.- Alcaldía Municipal de Guaymango, Departamento de Ahuachapán, a los veinticinco días del mes de Agosto de dos mil ocho.- RENE MAURICIO CASTRO GUARDADO, ALCALDE MUNICIPAL. JUAN ANTONIO GARCÍA ARIAS, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F Amanda Hernández Mejía, de cuarenta y siete años de edad, Abogada, Número de Identificación Tributaria cero setecientos quince- cero diez - mil ciento sesenta y tres-ciento uno-siete, de una extensión aproximada de CIENTO OCHENTA PUNTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: linda con propiedad de María Isabel Flores Landaverde, María Argelia Flores Henríquez, midiendo por este rumbo once metros setecientos cuatro milímetros, AL NORTE: linda con propiedad de Balbino Alejandro Cisneros, y Rosa Elena López, carretera a Aguilares de por medio, midiendo por este rumbo veinte punto sesenta y cuatro metros; AL PONIENTE: Linda con propiedad de Alcaldía Municipal, midiendo por este rumbo once metros setecientos cuatro milímetros; y AL SUR: Linda con propiedad de Estanislao Godofredo López, midiendo por este rumbo veinte metros setecientos cuatro milímetros. Lo valúa en la cantidad de

156 156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 DOS MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. El inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con terceras personas. Lo adquirió por compra que le hizo al señor Carlos Roberto Rodríguez Gómez, ante los oficios de la Notario Ethel Elizabeth Cabrera Tobar, otorgado en la ciudad de San Salvador, bajo el Número Veintiuno, a las ocho horas del día veinticuatro de abril del año dos mil siete. Todos los colindantes son de este domicilio y se avisa al público para efectos de ley. Alcaldía Municipal de Suchitoto, a trece días del mes de noviembre del año dos mil ocho. ANTONIO JUAN JAVIER MARTÍNEZ ESCO- BAR, ALCALDE MUNICIPAL. REYNALDO ANTONIO PINEDA POCASANGRE, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F TÍTULO SUPLETORIO Zacatecoluca, ocho de noviembre de dos mil ocho. JOSÉ ADAN SIBRIAN RIVERA, NOTARIO. 3 v. alt. No. F TITULO DE DOMINIO DOCTOR JOSÉ RIGOBERTO MEJIA MENJÍVAR, Alcalde Municipal del Municipio de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la Licenciada DINORA DEL CARMEN MANCIA ZEPEDA, de cuarenta y un años de edad, Abogado, del domicilio San Salvador, Departamento de San JOSÉ ADAN SIBRIAN RIVERA, Notario, de este domicilio, con Salvador, portadora de su Carné de Abogado número dieciséis mil oficina jurídica situada sobre la tercera avenida norte numero dos - c cuatrocientos ochenta, quien actúa con poder especial y solicita título Zacatecoluca, al publico para los efectos de ley, de dominio a favor de su representada señora MARIA CRISTINA ALEMAN CARAVANTES hoy DE HERNANDEZ, de cuarenta y cuatro años de edad, Empleada, del domicilio de Chalatenango, en su HACE SABER: Que ante mis oficios notariales ha comparecido concepto SOLICITA Título de Dominio de un terreno rústico, situado el señor MANUEL DE JESÚS VELASQUEZ PORTILLO, de este domicilio, solicitando a su favor TITULO SUPLETORIO de un terreno de y colindancias actuales siguientes: AL ORIENTE: mide diecisiete me- en Barrio El Calvario, final caja de Agua de esta ciudad, de las medidas naturaleza rústica, situado en el Cantón Amayo de esta jurisdicción, de tros, con propiedad de Sucesión Rosendo Vides, calle de por medio; AL la capacidad superficial de ONCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA NORTE: mide veintidós metros, linda con propiedad de Juan Gilberto Y DOS METROS CUADRADOS TREINTA Y DOS DECIMETROS Romero, Río Colco de por medio; AL SUR: mide veinte metros, linda Y SETENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, mide setenta y ocho metros y es de forma triangular, no tiene cargas, ni derechos reales de ajena con propiedad de Efraín Vásquez, calle de por medio. Este inmueble linda con terreno del Municipio de Zacatecoluca; AL ORIENTE, línea pertenencia ni está en proindivisión con nadie. Lo valora en la cantidad compuestas de dos rectas, de Norte a Sur, la primera de treinta metros de CUARENTA MIL COLONES EQUIVALENTES A CUATRO cuarenta centímetros y la segunda de ciento veintidós metros cincuenta MIL QUINIENOS SETENTA Y UN DOLARES DE LOS ESTADOS centímetros, linda con terrenos de Sol Hernández y Compañía, y Sergio UNIDOS DE AMERICA. Lo adquirió por compra que le hizo a la señora de Jesús González Rodríguez; AL SUR, mide noventa y dos metros María Pedrina Caravantes. sesenta y cinco centímetros, linda con terreno de Sol Hernández y Compañía; y AL PONIENTE, mide ciento setenta y ocho metros cincuenta Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley. centímetros, linda con terrenos de Santana Marina Rodríguez de Rivas, Alcaldía Municipal de Chalatenango, a los dos días del mes de septiembre de dos mil ocho. Dr. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR, Andrés Mauricio de Paz, Pedro Sánchez Carrillo, antes, hoy de Andrés de Paz, en una parte, y en la otra parte con terreno de Mariano Adalberto ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO Vaquerano Nóchez, antes, hoy de Balbina Rodríguez, camino vecinal MUNICIPAL. de por medio en ambas colidancias. Tal inmueble no tiene nombre especial ni está en proindivisión con persona alguna, y lo adquirió por 3 v. alt. No. F compra que les hizo a los señores Antonia Aguillón, Ricardo Aguillón y Catalina Molina Aguillón, los tres de este domicilio; y lo valúa en CUATROCIENTOS DOLARES.

157 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de RENOVACIÓN DE MARCAS No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 45. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado OVIDIO ERNESTO MILLA CANALES, mayor de edad, LICENCIADO(A) EN CIENCIAS JURIDICAS, del domicilio de SALCOATITAN, DEPAR- TAMENTO DE SONSONATE, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de LA RESURRECCION, VENTA Y ADMINISTRACION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión en una sola línea de la palabra "REVYASA", escrita en letras de molde mayúsculas, sin ningún diseño especial; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 45 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. 3 v. alt. No. F San Salvador, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil ocho. No. de Expediente: LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN, REGISTRADORA. RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 45. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado OVIDIO ERNESTO MILLA CANALES, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SALCOATITAN, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de LA RESURRECCION, VENTA Y ADMINISTRACION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: REVYA, S. A. DE C. V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra REVYA, escrita en letras de molde mayúsculas; sin ningún diseño especial; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 45 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil ocho. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, No. de Presentación: CLASE: 30. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado FRAN- CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de KE- LLOGG COMPANY, del domicilio de BATTLE CREEK, MICHIGAN CUARENTA Y NUEVE CERO DIECISEIS-TRES MIL QUINIEN- TOS NOVENTA Y NUEVE, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión "EL ORIGINAL Y EL ME- JOR" escrita en letras de molde, mayúsculas y corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

158 158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, veinticuatro de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil ocho. LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN, REGISTRADORA. MARIA ISABEL JACO LINARES, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F MARCA DE FÁBRICA No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL ARMANDO RUIZ HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de FULL PRODUCTS CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL ARMANDO RUIZ HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de FULL PRODUCTS CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las palabras FULLTAC SOLUCIONES INTELI- GENTES y diseño, que servirá para: AMPARAR: IMPERMIABILI- ZANTES PARA LA CONSTRUCCIÓN. Clase: 17. La solicitud fue presentada el día veinte de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, veinticuatro de octubre del año dos mil ocho. Consistente en: las palabras FULLTAC SOLUCIONES INTE- LIGENTES y diseño, que servirá para: AMPARAR: ADHESIVOS Y PEGAMENTOS PARA LA INDUSTRIA, RESINAS ARTIFICIALES EN ESTADO BRUTO, MATERIAS PLASTICAS EN ESTADO BRU- TO. Clase: 01. La solicitud fue presentada el día veinte de octubre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. C

159 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. TANTE LEGAL de INTERNATIONAL QUALITY MANAGEMENT, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARCELO EDUARDO HUEZO MOLINA, en su calidad de APODERADO ES- PECIAL de DIRECTLAB INTERNATIONAL INC., de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra iquality y diseño, que se traduce como calidad, sobre la palabra quality individualmente considerada no se GENACOL Consistente en: la palabra GENACOL, que servirá para: AM- PARAR: PRODUCTO FARMACEUTICO PARA REDUCIR LOS DOLORES ARTRITICOS Y REUMATOIDES, REGENERAR LOS CARTILAGOS Y LOS LIGAMENTOS, INCREMENTAR LA TO- NACIDAD MUSCULAR. Clase: 05. ocho. La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil San Salvador, once de noviembre del año dos mil ocho. San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil ocho. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADORA. REGISTRADOR. MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE CONSULTORÍAS Y ASESORÍAS (ASISTENCIA EN LA DI- RECCIÓN, CREACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN EN EMPRESAS) BASADOS EN NORMAS INTERNACIO- NALES. Clase: 35. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ORGANIZA- CIÓN Y DESARROLLO DE SEMINARIOS, CAPACITACIONES EN NORMATIVAS INTERNACIONALES DE GESTION EN EL CAMPO EMPRESARIAL. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos mil ocho. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 35, 41. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 33. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA LUISA CALDERON QUINTANILLA, en su calidad de REPRESEN- HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARINA ABRIL RIVERA FUNES, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

160 160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 de CORPORACION TRIOZON EL SALVADOR, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION TRIOZON EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVA- DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos mil ocho. San Salvador, tres de noviembre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. Consistente en: la palabra CRUCERO, que servirá para: AMPA- EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, RAR: VINOS. Clase: 33. La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos mil ocho. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: San Salvador, tres de noviembre del año dos mil ocho. No. de Presentación: CLASE: 04. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR, EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, ABRIL RIVERA FUNES, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de CORPORACION TRIOZON EL SALVADOR, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION TRIOZON EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVA- DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de STELLE, SOCIEDAD ANOMINA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE 3 v. alt. No. F COMERCIO, FLAMOL No. de Expediente: Consistente en: la palabra FLAMOL, que servirá para: AMPARAR: No. de Presentación: ACEITES Y GRASAS INDUSTRIALES; LUBRICANTES; PRODUC- CLASE: 33. TOS PARA ABSORVER, REGAR Y CONCENTRAR EL POLVO; COMBUSTIBLES (INCLUYENDO GASOLINAS PARA MOTORES) Y MATERIALES DE ALUMBRADO; BUJÍAS Y MECHAS PARA EL ALUMBRADO. Clase: 04. La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARINA dos mil ocho. San Salvador, tres de noviembre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, Consistente en: las palabras VINO CRUCERO, sobre la palabra vino no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: VINOS. Clase: v. alt. No. F

161 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de NOMBRE COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RENE WI- LLIAM ARIAS MEJIA, en su calidad de APODERADO de NUEVA ORLEANS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: NUEVA ORLEANS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL- VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: las palabras PLAZA CUZCATLAN, diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA COMERCIAL QUE SE DEDICA A LA COMPRA, VENTA Y ALQUILER DE BIENES INMUEBLES URBANOS Y/O RUSTICOS, LA CUAL ESTA UBICA- DA EN CALLE CUSCATLAN ORIENTE, NUMERO DIEZ, ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. La solicitud fue presentada el día diez de septiembre del año dos mil ocho. San Salvador, trece de noviembre del año dos mil ocho. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. CARLOS ARTURO SOTO GARCIA, 3 v. alt. No. C No. de Expedieme: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado NERI MAURICIO ROSALES ROSA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de N.R. SEGUROS, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: N.R. SEGUROS, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, San Salvador, doce de agosto del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN ER- NESTO GUILLEN ESCALON, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: las palabras Clínica Pediátrica de ALERGIA y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO CUYO GIRO COMERCIAL ES EL DE BRINDAR SERVICIOS MÉ- DICOS. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de marzo del año dos mil ocho. San Salvador, diez de junio del año dos mil ocho. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, REGISTRADOR. FERNANDO JOSE VELASCO, 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado IRENE TE- RESA ARRIETA BUSTAMANTE, en su calidad de APODERADO de CHM CONSULTING EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CHM CONSULTING EL SALVADOR, S.A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consisteme en: la expresión NR SEGUROS CORREDORES Y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, PARA LA VENTA DE SEGUROS, EL CUAL SE ENCUENTRA UBICADO EN COLONIA SAN ERNESTO, SOBRE BULEVAR DE LOS HÉROES, PASAJE SAN CARLOS, NUMERO CINCUENTA Y CUATRO, SAN SALVADOR. La solicitud fue presentada el día siete de marzo del año dos mil ocho. Consistente en: las palabras CHM CONSULTING y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DE SERVICIO DEDI-

162 162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 CADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE CONSULTORIA, ASESORIA, CONTADURIA, PUBLICIDAD, GESTION Y ADMI- NISTRACION PARA TODO TIPO DE NEGOCIOS. La solicitud fue presentada el día diecisiete de octubre del año dos mil ocho. San Salvador, veintidós de octubre del año dos mil ocho. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, REGISTRADOR. MATRICULA DE COMERCIO FERNANDO JOSE VELASCO, ASIENTO DE EMPRESA v. alt. No. F ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN ANTO- NIO DOMINGO ALAS PINEDA, de nacionalidad SALVADOREÑA, número de Documento Unico de Identidad del domicilio de SOYAPANGO, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y cincuenta y dos minutos del día quince de marzo de dos mil uno, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 181 y el asiento de Establecimiento No inscripción 182, ambos del libro 173 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a TRANSPORTE DE CARGA, con dirección en URBANIZA- CION EL MATAZANO, CALLE No. 1 Pasaje No. 1-2, No. 188 del domicilio de SOYAPANGO, SAN SALVADOR cuyo activo asciende a CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS CUATRO 31/100 COLONES ( 427,904.31) y que tiene establecimiento siguiente: 001-) denominado TRANSPORTES ALAS ubicado en URBANIZA- CION EL MATAZANO, CALLE No. 1, PASAJE No. 1-2, No. 188, SOYAPANGO, SAN SALVADOR y que se dedica a TRANSPORTE DE CARGA. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veintidós de febrero de dos mil ocho. Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE, REGISTRADORA. ASIENTO DE EMPRESA v. alt. No. C ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ANTONIO GUTIERREZ MARROQUIN, en su calidad de Reprersentante Legal de la sociedad GUTIERREZ CASTILLO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse GUTICAS, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SOYAPANGO, SAN SALVADOR cuya escritura social está inscrita bajo el número 49 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y treinta y tres minutos del día quince de julio de dos mil cuatro, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 71 y el asiento de Establecimiento No , inscripción 72, ambos del Libro 164 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina GUTIERREZ CASTILLO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a TRANSPORTE DE CARGA, con dirección en COLONIA LAS FLORES PASAJE EL MIRTO, No. 5 del domicilio de SOYAPANGO, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA 00/100 DOLARES ($11,430.00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado GUTIERREZ CASTILLO, S.A. DE C.V., ubicado en COLONIA LAS FLORES PASAJE EL MIRTO, No. 5 del domicilio de SOYAPANGO, SAN SALVADOR y que se dedica a TRANSPORTE DE CARGA. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, quince de noviembre de dos mil siete. Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA, REGISTRADOR. 3 v. alt. No. C ASIENTO DE EMPRESA ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN ANTO- NIO FERNANDEZ DE LEON, en su calidad de Representante Legal de la sociedad COMPAÑIA INTERNACIONAL DE SERVICIOS, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CISER, S.A. DE C. V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SOYAPANGO, SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 22 del libro 1488 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: ; el cual ha presentado solicitud a las doce horas y cincuenta y ocho minutos del día diecisiete de mayo de dos mil dos, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No inscripción 213 y el asiento de Establecimiento No inscripción, ambos del libro 155 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada COMPAÑIA INTERNACIONAL DE SERVICIOS, S. A. DE C. V., la cual se dedica a SERVICIOS CONTABLES Y FINANCIEROS, con dirección en REPARTO GUADALUPE CALLE XOCHIMILCO, CASA No. 39-A del domicilio de SOYAPANGO, SAN SALVADOR cuyo activo asciende a DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS 35/100 DOLARES ($19,876.35) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado COMPAÑIA INTERNACIONAL DE SER- VICIOS, S. A. DE C. V., ubicado en REPARTO GUADALUPE CALLE XOCHIMILCO, CASA No. 39-A, SOYAPANGO, SAN SALVADOR y que se dedica a SERVICIOS CONTABLES Y FINANCIEROS. Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veintinueve de agosto de dos mil siete. Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. C

163 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de SUBASTA PUBLICA BACILIA DEL CARMEN PORTILLO; JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR- TAMENTO DE MORAZAN. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por el Licenciado FERNANDO ARISTIDES GARAY ANDRADE, como Apoderado General Judicial de la Caja de Crédito de Jocoro, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en el Juicio Civil Ejecutivo; contra los señores CONCEPCION OSORTO CORNEJO, PORFIRIO LAZO, conocido por PORFIRIO LAZO y JOSE HABRAHAN LAZO MAJANO, conocido por JOSE HABRAHAN LAZO MAJANO; por deuda de dólares, se venderá en este Juzgado en PUBLICA SUBASTA, el siguiente inmueble: Un solar de naturaleza urbana, situado en Barrio Concepción, de la Población de Bolívar, departamento de La Unión, siendo sus medidas y colindancias las siguientes: Trescientos noventa y seis metros cuadrados: Al oriente: Mide veintidós metros, colinda con Elena Martínez de Urquiza, cercos de piña y piedra del solicitante. AL NORTE: Mide veinticuatro metros, colinda con Carlos Arturo Calderón, cercos de alambre del solicitante; AL PONIENTE: Mide catorce metros, calle pública de por medio; y AL SUR: Mide veinte metros, callejón de por medio. Dicho inmueble se encuentra Inscrito en el Registrto de la Propiedad Raíz e Hipotecas, de la Primera Sección de Oriente, bajo el número treinta del Libro doscientos dieciséis, de Propiedad del Departamento de La Unión. Librado en el Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco Gotera, a las quince y cuarenta minutos del día veintiuno de agosto del dos mil ocho. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL. HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido inicialmente por el Licenciado CARLOS ARTURO JOVEL MURCIA, continuado por el Licenciado ROBERTO IVAN TEJADA VAQUE- RANO y actualmente por el Licenciado JOSE MARIO AQUINO SERRANO como apoderados Generales Judiciales del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO; contra el señor JOSE AQUILES ENRIQUE RAIS LOPEZ conocido por JOSE ENRIQUE RAIS, se venderá en pública subasta en este tribunal en hora y fecha que será señalada posteriormente el inmueble que a continuación se describe: UN INMUEBLE de naturaleza rústica, sin construcción, situado en San José de Las Flores, kilómetro diecisiete y medio de la carretera Troncal del Norte, conocido como Lote número Tres de la Escopeta, desmembrado de otro mayor. La descripción mencionada retoma como punto de referencia, el punto número diecinueve del polígono general de la ciudad de San José de Las Flores, sobre el camino vecinal a Guazapa, con rumbo norte ochenta y seis grados cincuenta y cinco minutos cuatro segundos oeste, se mide una distancia de trescientos noventa y ocho punto cuarenta y tres metros, se llega al mojón M-1-A del terreno a describir con las siguientes medidas y linderos. AL ORIENTE: Partiendo del mojón M-1-A con dos tramos: 1) Rumbo sur cero seis grados cincuenta y cuatro minutos siete segundos Este distancia de Ochenta y seis punto treinta y cuatro metros. 2) Rumbo sur cero seis grados cero cero minutos cero segundos Este distancia de ochenta y ocho punto setenta y cuatro metros, se llega al mojón M-7, lindando con terreno del mismo inmueble y Atlacatl Sociedad Anónima. AL SUR: Partiendo del mojón M-7 con rumbo sur ochenta y cinco grados dieciocho minutos cuarenta segundos Oeste, distancia de cuatrocientos sesenta y cuatro punto veinticinco metros, se llega al Esquinero sur oeste, lindando este tramo con propiedad de Durman Esquivel, a hora, antes del señor Ernesto Milla. AL PONIENTE: Partiendo del esquinero sur oeste en tres tramos: 1) rumbo norte cero tres grados cero cuatro minutos seis segundos este distancia de cuarenta y cinco punto veintitrés metros; 2) Rumbo norte ochenta y cinco grados dieciocho minutos siete segundos este distancia de doscientos ochenta y uno punto cuarenta y dos metros; 3) Rumbo norte cero tres grados veinticinco minutos ocho segundos Este distancia de ciento cincuenta y seis punto setenta y cinco metros, se llega al esquinero M-1-Nor Oeste, lindando en este Tramo con Propiedad de Miguel Angel Molina. AL NORTE: Partiendo del mojón M-1 Nor Oeste con rumbo sur ochenta y seis grados cincuenta y cinco minutos cuatro segundos Este distancia de ciento cincuenta y uno punto treinta y dos metros M-1-A donde se comenzó a describir, iniciando en este tramo con propiedad de Viposal antes de Architecter Bureau Becher ir Harry Nefkena B.V. El área descrita tiene una capacidad superficial de CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS, equivalentes a sesenta mil novecientos veintiuno punto setenta y ocho varas cuadradas. El inmueble anteriormente descrito está inscrito bajo la matrícula número M CERO CINCO CERO CUATRO NUEVE OCHO NUEVE SIETE, de este departamento a favor del señor JOSE AQUILES ENRIQUE RAIS LOPEZ conocido por JOSE ENRIQUE RAIS.

164 164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para los efectos de ley. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO. Al Público para los efectos de ley, LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las once horas cincuenta y ocho minutos del día nueve de septiembre del dos mil ocho. LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUN- DO DE LO MERCANTIL.- LICDA. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito Judicial, al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por la Lic. Isabel de Guadalupe Urrutia Almendares, Apoderada General Judicial de la Caja de Crédito de Santiago Nonualco, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, contra María Paula Romero o María Paula Romero de Olmedo y Luis Antonio Olmedo Rivas, reclamándoles capital, intereses y costas; se venderá en pública subasta el siguiente inmueble:un lote de naturaleza rústico, situado antes en jurisdicción de Santiago Noualco, hoy El Rosario, Departamento de La Paz, llamado El Pedregal o San Francisco El Pedregal, marcado en el plano respectivo con el número NUEVE del Block Nueve, el cual se describe así: AL NORTE, treinta metros de longitud; AL ORIEN- TE, diez metros de longitud; AL SUR, treinta metros de longitud y AL PONIENTE, diez metros de longitud. El Terreno así descrito tiene un área de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS, equivalentes a CUATROCIENTAS VEINTINUEVE PUNTO VEINTICUATRO VARAS CUADRADAS.Inscrito a favor de la deudora MARIA PAULA ROMERO o MARIA PAULA ROMERO DE OLMEDO, bajo la Matrícula número M CERO UNO CERO CINCO NUEVE NUEVE SEIS TRES, en el Asiento CERO CERO UNO del Registro Social de Inmuebles, antes hoy bajo la Matrícula número CINCO CINCO CERO TRES UNO UNO OCHO- NUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad de este Departamento. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las quince horas y treinta minutos del día quince de octubre del año dos mil ocho. Enmendado: apoderada: Vale. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Tribunal inicialmente por el Licenciado CARLOS ARLINDO DURAN PONCE, continuado en sustitución de éste por el Licenciado JORGE ALBERTO GARCIA FLORES, ambos mayores de edad, Abogados, del domicilio de San Salvador, como Apoderados de la Sociedad SCOTIABANK EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse SCOTIA- BANK EL SALVADOR, S.A., del domicilio de San Salvador, contra el señor DAVID WILFREDO CARDONA MARTELL de treinta y un años de edad, Contador, de este domicilio, reclamándole cantidad de dinero, intereses y costas, se venderá en Pública Subasta por este Tribunal al mejor postor, un inmueble de naturaleza antes rústica hoy urbana, situado en el Cantón Loma Alta, de la jurisdicción de Santa Ana, marcado con el Número Diez, del Polígono A, de la Urbanización JARDINES DEL ROCIO, el cual mide y linda: Partiendo de la intersección de los ejes de la quince Avenida Sur y senda cinco, se mide una distancia de cuarenta y cuatro punto veintiséis metros, sobre el eje de la senda cinco con un rumbo norte setenta y cuatro grados cero cuatro minutos cincuenta y seis segundos oeste y en este punto con deflexión negativa de noventa grados y una distancia de cuatro punto cincuenta metros, se llega al esquinero Nor oriente de donde se origina la presente descripción AL ORIENTE: se mide una distancia en línea recta de once punto veinticuatro metros con rumbo sur quince grados cincuenta y un minutos quince segundos oeste, llegando de esta manera al esquinero Sur-oriente, colindando con el lote número once del mismo polígono; AL SUR: se mide una distancia en línea recta de seis punto veinte metros con rumbo norte setenta y cuatro grados cero cuatro minutos cincuenta y seis segundos oeste, llegando de esta manera al esquinero Sur-poniente colindando con el lote número veintiséis del mismo polígono; AL PONIENTE: se mide una distancia en línea recta de once punto veinticuatro metros, con rumbo norte quince grados cincuenta y un minutos quince segundos este, llegando de esta manera al esquinero Nor- poniente, colindando con el lote número nueve del mismo polígono; y AL NORTE: Se mide una distancia en línea recta de seis punto veinte metros con rumbo sur setenta y cuatro grados cero cuatro minutos cincuenta y seis segundos este, llegando de esta manera al esquinero Nor oriente de donde se originó la presente descripción, colindando con la urbanización Bella Santa Ana, senda número cinco de por medio, con un ancho total de nueve metros; lote descrito que tiene un área de SESENTA Y NUEVE PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, equivalentes a NOVENTA Y NUEVE PUNTO SETENTA Y UNA VARAS CUADRADAS. Inmueble inscrito a favor del ejecutado señor DAVID WILFREDO CARDONA MARTELL, bajo la Matrícula DOS CERO CERO UNO NUEVE DOS SEIS OCHO, Asiento DOS que lleva el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente de este Departamento.

165 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas quince minutos del día nueve de octubre del año dos mil ocho. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA- RIA. 3 v. alt. No. F LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el PRIMER BANCO DE LOS TRABAJADORES SOCIEDAD COOPERATIVA DE RES- PONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra los demandados señores JOSE ROBERTO RODOLFO BATISTA VAQUERO Y DORA ALICIA SOLORZANO DE BATISTA conocida por DORA ALICIA SOLORZANO DE BATISTA VAQUERO; reclamándole cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal en fecha que oportunamente se determinará, el bien inmueble embargado siguiente:un Apartamento número D- cinco de ventilación de por medio; y en los tramos primero y quinto con pared planta baja edificio D del Condominio San Martín, situado en la Sexta Calle Poniente de la Ciudad de Nueva San Salvador del departamento construida de treinta y cinco metros cuadrados setenta y un decímetros cuadrados y tiene un volumen de ochenta y cinco metros cúbicos, setenta centésimos de metros cúbicos; que es de la descripción siguiente: partiendo de la intersección de los ejes de la Sexta Avenida Sur y la Sexta Calle Poniente de la ciudad de Nueva San Salvador, se mide sobre el eje de esta última con rumbo sur ochenta y ocho grados, cincuenta y un minutos, ocho décimas de minutos oeste, una distancia de doce metros trescientos cuarenta milímetros, en este punto se hace una deflexión derecha de noventa grados y se mide distancia de treinta y cinco metros doscientos cincuenta milímetros, en este punto hacemos una deflexión izquierda de noventa grados y medimos una distancia de diecisiete metros setecientos treinta y cinco milímetros, llegando al esquinero sureste del apartamento que se describe, este esquinero se encuentra en la cota novecientos diecisiete metros ochenta y ocho centímetros sobre el nivel del mar y el apartamento mide y linda; AL SUR, línea recta con rumbo sur ochenta y ocho grados, cincuenta y un minutos, ocho décimas de minutos oeste mide cinco metros cien milímetros con zona verde del condominio, pasillo de por medio; AL PONIENTE, línea recta con rumbo norte un grado ocho minutos, dos décimas de minuto oeste, mide ocho metros, linda con el apartamento D- siete planta baja edificio D del mismo condominio, pared soporte propiedad del condominio de por medio, AL NORTE, línea recta con rumbo norte ochenta y ocho grados cincuenta y un minutos, ocho décimas de minuto este, mide cinco metros, cien milímetros, linda con el apartamento D- seis planta baja edificio D del mismo condominio, tapial y pared propiedad del condominio de por medio, AL ORIENTE, línea quebrada de cinco tramos rectos, el Primero con rumbo sur un grado, ocho minutos dos décimas de minuto este mide cuatro metros doscientos milímetros; el segundo con rumbo norte ochenta y ocho grados, cincuenta y un minutos ocho décimas de minuto este mide ciento setenta y cinco milímetros, el tercero con rumbo sur un grado, ocho minutos, dos décimas de minuto este mide ochocientos milímetros, el cuarto con rumbo sur ochenta y ocho grados, cincuenta y un minutos, ocho décimas de minuto oeste mide ciento setenta y cinco milímetros, y el quinto con rumbo sur grado, ocho minutos, dos décimas de minuto este mide tres metros linda por todo este rumbo con el apartamento número D- tres planta baja edificio D del mismo condominio en los tramos segundo, tercero y cuarto, conducto soportante propiedad del condominio, de por medio por la baja linda con el apartamento número D, cinco planta alta edificio D del mismo de La Libertad, el referido inmueble se describe así: una extensión condominio obra gruesa o losa de por medio, tiene una altura de dos superficial de CUARENTA METROS CUADRADOS SESENTA Y metros cuarenta centímetros. Dicho inmueble se encuentra debidamente SEIS DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a cincuenta y ocho inscrito en el Registro de la Propiedad de La Libertad, número TRES varas cuadradas dieciocho centésimos de vara cuadrada y tiene un área DEL LIBRO UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO de propiedad. Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento similar. Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las catorce horas y quince minutos del día dos de julio de dos mil siete. LIC. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, 3 v. alt. No. F

166 166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este tribunal por el Licenciado IMMAR ORLANDO CHAVEZ MEJÍA, en su carácter de apoderado general judicial de SCOTIABANK EL SALVA- DOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A., contra la señora EGLA BERNARDINE LAZO CONTRERAS, reclamándole cantidad de dinero y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública subasta en este tribunal de un Terreno en proceso de Urbanización, situado en el lugar llamado Los Aguacates, de la jurisdicción de Mejicanos, Departamento de San Salvador, marcado como Lote número ocho, Polígono A del Proyecto Denominado San José Montebello, Primera Etapa, de un área de SETENTA Y CINCO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, en el cual se encuentra construida una casa de sistema mixto de las medidas perimetrales siguientes: AL NORTE: en un tramo con una distancia de quince punto cero cero metros; AL SUR, en un tramo con distancia de quince punto cero cero metros, AL ORIENTE: en un tramo con distancia de cinco punto cero cero metros, y AL PONIENTE: en un tramo con distancia de cinco punto cero cero metros, propiedad de la señora EGLA BERNARDINE LAZO CONTRERAS, el cual no ha sido trasladado a la Matrícula, pero con preantecedente a la Matrícula número M UNO CERO NUEVE TRES SEIS UNO NUEVE, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador. Se admitirán posturas siendo legales. Lo que se hace saber al público para su conocimiento y demás efectos legales. Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las nueve horas y veinticinco minutos del día veintisiete de agosto de dos mil ocho. LIC. JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNÁNDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL. HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en este Tribunal promueve el Licenciado IMMAR ORLANDO CHAVEZ PICHE como Apoderado de SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A., entidad absorbente del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S. A., contra los señores NESTOR OBED CRUZ DÍAZ y RHINA ÁNGE- LICA NAVARRO DE CRUZ, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, el bien inmueble que a continuación se localiza y describe, ASÍ: el Cantón Las Angosturas, Jurisdicción de Colón, Departamento de La Libertad, Un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en esta Jurisdicción y Departamento, Urbanización Los Chorros II Etapa, Polígono E- Uno, Lote Doce, Cantón Las Angosturas, Colón, La Libertad, de la capacidad de NOVENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, que mide y linda; AL NORTE: En un tramo seis metros lineales; AL SUR: En un tramo seis metros lineales; AL ORIENTE: En un tramo quince metros lineales; y AL PONIENTE: En un tramo quince metros lineales. El inmueble antes descrito es propiedad del señor NESTOR OBED CRUZ DÍAZ, por estar Inscrito a su favor al número TRES CERO CERO OCHO CERO SIETE SEIS UNO, Asiento UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de La Libertad. Se admitirán posturas siendo legales. LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las doce horas y diez minutos del día diez de octubre del año dos mil ocho. LIC. ANA MARÍA CORDÓN ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL. LIC. ANA CECILIA FIGUEROA ALMENDARES, 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial, al público en general. HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por la Licenciada ELSY ELIZABETH GALVEZ SÁNCHEZ, mayor de edad, Abogada y del domicilio de Ciudad Delgado, como Apoderada General Judicial del BANCO HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, o BANCO HSBC, SOCIEDAD ANÓNIMA, o BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, de este domicilio, contra el señor ERICK GIOVANNI CASTELLANOS CÁCERES, mayor de edad, Estudiante, y de este domicilio, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se especificará, TRES INMUEBLES, que se identifican y describen así: A) LOTE NU- MERO CUARENTA Y OCHO, de naturaleza rústica, de la superficie de DOSCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CUARENTA DECÍMETROS CUADRADOS, equivalentes a TRESCIENTAS DOCE PUNTO CINCUENTA Y TRES VARAS CUADRADAS, situado en Jurisdicción de Ilopango, Departamento de San Salvador, que mide y linda: AL NORTE, veintiséis metros noventa centímetros, con lote número cuarenta y nueve: AL ORIENTE, ocho metros con línea férrea de Ferrocarriles Internacionales de Centro América, hoy FENADESAL: AL SUR, veintisiete metros setenta centímetros, con lote número cuarenta y siete: y AL PONIENTE, ocho metros con lote número veinticuatro, Calle Lempa de siete metros de ancho de por medio, todas sus líneas son rectas. Los lotes colindantes son o han sido parte del terreno general de donde segrega el lote descrito y junto con la calle mencionada forman parte de la Parcelación Suchitlán, efectuada en el inmueble general. B) lote de terreno rústico formado por los lotes números DIECISIETE, DIECIOCHO, DIECINUEVE, VEINTE, VEINTE A, DIECINUEVE A, VEINTITRÉS Y VEINTICUATRO, de la superficie de NOVECIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS VEINTE DECÍMETROS CUADRADOS, equivalentes a mil trescientas noventa y dos punto sesenta y siete varas cuadradas veinte decímetros cuadrados, equivalentes a mil trescientas noventa y dos punto sesenta y siete varas cuadradas, situado en Jurisdicción de Ilopango, Departamento de San Salvador, que mide y linda: AL NORTE, veintiocho metros, con lotes números veintiuno y veintiuno A, este último prometido en venta a René Guzmán Guadrón: AL ORIENTE, treinta y dos metros con zona verde y lotes números cuarenta y nueve y cuarenta y ocho, Calle Lempa de siete metros de ancho de por medio: AL SUR, veintinueve metros noventa centímetros con lotes números veinticinco prometido en venta a María Dolores Portillo y dieciséis: y AL PONIENTE, treinta y dos metros con el pasaje número uno abierto en el terreno general al principio descrito. Los lotes colindantes son o han sido parte del inmueble general de donde se segrega

167 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de el lote descrito y junto con el pasaje y calle mencionada forman parte de la parcelación Suchitlán efectuada en dicho inmueble general. C) LOTE NUMERO TREINTA Y TRES, de naturaleza rústica de la superficie de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS VEINTE DECIMOS CUADRADOS equivalentes a TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, situado en la Jurisdicción de Ilopango, Departamento de San Salvador, que mide y linda: AL NORTE, treinta y un metros cuarenta centímetros con lote treinta y cuatro: AL ORIENTE, ocho metros con línea férrea de Ferrocarriles Internacionales de Centro América hoy FENADESAL: AL SUR, treinta y un metros cuarenta centímetros con lote número treinta y dos: y AL PONIENTE, ocho metros con lote número cuatro A, Calle Lempa de siete metros de ancho de por medio. Los lotes colindantes excepto por el rumbo Oriente, son o han sido parte del terreno general de donde se segrega el lote descrito y junto con la Calle mencionada forman parte de la Parcelación Suchitlán, efectuada en el inmueble general al principio descrito. Todas sus líneas son rectas. Todos los inmuebles se encuentran inscritos a favor del SEÑOR ERICK GIOVANNI CASTELLANOS CÁCERES, a las Matrículas Números M CERO CINCO UNO OCHO UNO UNO NUEVE UNO, Asiento CERO CERO UNO, M CERO CINCO UNO OCHO UNO UNO NUEVE DOS, Asiento CERO CERO UNO, M CERO CINCO UNO OCHO UNO UNO NUEVE TRES, Asiento CERO CERO UNO, respectivamente, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador. Se admitirán posturas siendo legales. LIBRADO: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las diez horas del día veintiuno de agosto de dos mil ocho. LIC. JOSÉ MARÍA ESTRADA ÁLVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL. LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, 3 v. alt. No. F LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL. HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido en este Tribunal por el Licenciado JOSÉ LUIS ARIAS LÓPEZ, como Apoderado del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO entidad cesionaria del Banco Central de Reserva de El Salvador y esta última cesionaria del Banco de Crédito Inmobiliario Sociedad Anónima, en Liquidación, contra la señora MARÍA MAGDALENA GONZÁLEZ, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, el bien inmueble que a continuación se localiza y describe ASÍ: La Jurisdicción de la Ciudad, Puerto y Departamento de La Libertad, Un inmueble de naturaleza urbana y construcción de sistema mixto que contiene, situado en Colonia Los Ángeles, en los suburbios del Barrio El Calvario de esta Jurisdicción y Departamento que se describe, ASÍ: Tiene la capacidad de SETECIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS Y CINCUENTA Y NUEVE CENTÍMETROS CUADRADOS de extensión superficial de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: Cuarenta y cinco metros noventa y cinco centímetros, linda con solar de Antonio Alfaro Ayala, cerco de alambre propiedad del solar que se describe de por medio.- AL NORTE: Treinta y ocho metros cincuenta centímetros, linda con solares de Alejandro Huezo, José Bustillo e Isabel González, calle vecinal de por medio.- AL PONIENTE: Cuarenta y dos metros sesenta centímetros, linda con solar de la sucesión de Vicente Peña, representada por Jesús Escobar, cerco de alambre de por medio, propiedad del solar que se describe, y AL SUR: Cuarenta y cinco metros ochenta y cinco centímetros, linda con solar de Marcos Díaz, Evaristo Rafael Tobar y Pedro Vidal Cortés, cerco de alambre propiedad del solar que se describe de por medio. En el solar descrito están construidas dos casas, techos de tejas y paredes de ladrillo que miden la primera once metros cuarenta y cinco centímetros de largo, por siete metros cuarenta centímetros de ancho con todo y corredor y la segunda mide siete metros veintidós centímetros de largo, por cinco metros diez centímetros de ancho, con un corredor que mide dos metros ochenta centímetros de ancho por el rumbo Sur; las casas relacionadas están ubicadas en el rumbo Norte del solar descrito. Inscrito a favor de la deudora Hipotecaria señora MARÍA MAGDALENA GONZÁLEZ bajo el número TREINTA Y CINCO, del Libro DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS de Propiedad, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de Santa Tecla, Departamento de La Libertad. Se admitirán posturas siendo legales. LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL, San Salvador, a las nueve horas del día veinticuatro de octubre del año dos mil ocho. LIC. ANA MARÍA CORDÓN ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL. LIC. ANA CECILIA FIGUEROA ALMENDARES, 3 v. alt. No. F JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.- HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este Tribunal por el Licenciado DONALDO SOSA PREZA, como Apoderado del INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS, que se abrevia EL INSTITUTO o INPEP, Institución Oficial Autónoma de Derecho Público, de este domicilio, contra el señor SANTIAGO POLANCO GUTIERREZ, quien es mayor de edad, Empleado, de este domicilio, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, el bien inmueble embargado siguiente: Un lote de terreno de naturaleza Urbana situado en el lugar llamado Barranca Honda, jurisdicción de Cuscatancingo, de este Departamento, que forma parte del proyecto habitacional denominado URBANIZACION LIRIOS DEL NORTE I, marcado con el Número QUINCE, del Block L de la UR- BANIZACION LIRIOS DEL NORTE I, el cual se describe así: Partiendo de la intersección de la Calle Principal y el Pasaje número doce de la Urbanización Lirios del Norte y sobre el eje de este último con rumbo

168 168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 sur diecisiete grados cuatro minutos nueve décimos de minuto Este y una distancia de cuarenta y seis metros, se llega un punto en que con rumbo Sur setenta y dos grados cuarenta y cinco minutos un décimo de minuto Oeste y una distancia de un metro cincuenta centímetros, se llega al mojón Nor Oriente del terreno el cual se describe y localiza así: AL ORIENTE: línea recta con rumbo Sur diecisiete grados cuatro minutos nueve décimos de minuto Este y una distancia de cinco metros. Linda a este lado con el Área Verde de la misma Urbanización, Pasaje número doce de tres metros de derecho de vía de por medio. AL SUR: línea recta con rumbo Sur setenta y dos grados cuarenta y cinco minutos un décimo de minuto Oeste y una distancia de doce metros. Linda a este lado con el lote número diecisiete del Block L de la misma urbanización, propiedad del Arquitecto José Alberto Caledonio. AL PONIENTE: Línea recta con rumbo Norte diecisiete grados cuatro minutos, nueve décimos de minuto Oeste y una distancia de cinco metros. Linda a este lado con el lote número dieciséis del Block L, de la misma urbanización, propiedad del Arquitecto José Alberto Caledonio. AL NORTE: Línea recta con rumbo Norte setenta y dos grados cuarenta y cinco minutos un décimos de minuto Este y una distancia de doce metros. Linda a este lado con el nueve décimos de minuto Oeste y una distancia de dos metros cincuenta lote número trece del Block L de la misma Urbanización, propiedad centímetros, se llega al mojón Nor Poniente del terreno, el cual se describe del Arquitecto José Alberto Caledonio, llegándose al mojón Nor Oriente y localiza así: AL ORIENTE: línea recta con rumbo sur cuarenta y dos grados cuatro minutos un décimo de minuto Este y una distancia de cinco del terreno donde comenzó la presente descripción. El lote antes descrito metros. Linda a este lado con el lote número veintiuno del Block C, de tiene una extensión superficial de SESENTA METROS CUADRAla misma urbanización, propiedad de inversiones HERRERA S.A. DE DOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS, C.V., pasaje número dos de cinco metros de derecho de vía de por medio; OCHENTA Y CINCO CENTESIMAS DE VARA CUADRADA, y en AL SUR: línea recta con rumbo sur cuarenta y siete grados, cincuenta y él se encuentra construida una casa de sistema mixto completamente cinco minutos, nueve décimos de minuto oeste y una distancia de doce nueva y con todos sus servicios, de un área de VEINTINUEVE PUNTO metros. Linda a este lado con el lote número veintidós del block B de VEINTE METROS CUADRADOS". la misma urbanización, propiedad de inversiones HERRERA S.A. DE El inmueble antes descrito está inscrito a favor del señor SAN- C.V., AL PONIENTE: línea recta con rumbo norte cuarenta y dos grados TIAGO POLANCO GUTIERREZ, a la Matrícula Número SEIS CERO DOS TRES NUEVE TRES SEIS TRES - CERO CERO CERO CERO DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR. HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado OSCAR ALEXANDER QUINTANILLA DERAS, Apoderado del INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS, en contra de la señora LEONOR ISABEL VENTURA REYES, se venderá en pública subasta los inmuebles siguientes: inmueble de naturaleza rústica hoy urbanizado marcado en el plano respectivo como lote número VEINTE, DEL BLOCK B DE LA URBANIZACION LIRIOS DEL NORTE I, situado en el lugar llamado Barranca Honda, jurisdicción de Cuscatancingo, de este Departamento el cual se describe así: partiendo de la intersección de la calle a la Troncal del Norte y pasaje número dos de la Urbanización Lirios del Norte y sobre el eje de este último, con rumbo sur cuarenta y dos grados cuatro minutos un décimo de minuto Este y una distancia de cincuenta y cinco metros cincuenta centímetros. Se llega a un punto en que con rumbo Sur cuarenta y siete grados cincuenta y cinco minutos, cuatro minutos un décimo de minuto Oeste y una distancia de cinco metros. Linda a este lado con el lote número diecinueve del block B de CERO, bajo el Asiento de Inscripción número UNO, del Registro de la la misma urbanización, propiedad de FUNDACIÓN S.A. DE C.V., AL Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento. NORTE: línea recta con rumbo norte cuarenta y siete grados cincuenta y cinco minutos, nueve décimos de minuto este y una distancia de doce Se admitirán posturas que se hagan siendo legales. metros. Linda a este lado con el lote número dieciocho del block B de Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once la misma urbanización, propiedad de inversiones HERRERA S.A. DE horas y veinte minutos del día nueve de octubre de dos mil ocho.- Enmendado: CENTESIMAS DE-Vale.- DR. JOSE MANUEL MOLINA presente descripción. El lote antes descrito tiene una extensión superficial C.V., llegando al mojón Norponiente del terreno en donde se comenzó la LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. BR. ALEX ALBERTO de SESENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y SORTO MELARA, CINCO VARAS CUADRADAS OCHENTA Y CINCO CENTÉSIMAS DE VARA CUADRADA. Y en él se encuentra construida una casa de sistema mixto completamente nueva y todos sus servicios de un área de 3 v. c. No. F veintinueve punto cuarenta y cuatro metros cuadrados. Inscrito a favor de la demandada señora LEONOR ISABEL VENTURA REYES, bajo

169 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de la Matrícula número CERO UNO CERO UNO SEIS SIETE CUATRO SIETE, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las nueve horas cincuenta minutos del día dieciséis de octubre de dos mil ocho. DR. DARÍO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, 3 v. c. No. F INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTE- RINA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR. HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado JULIO CESAR CUEVA TRE- JO, como apoderado del INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS, contra la señora ANA MARIA AVISO SAGASTUME DE MARTINEZ, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta el inmueble siguiente: Porción de terreno de EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S. A. naturaleza rústica y cultivos desmembrado de otro de mayor extensión situado en el lugar llamado Planes de Renderos, contiguo al mirador ISTU de una extensión superficial de noventa punto noventa y ocho COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario metros cuadrados, equivalentes a ciento treinta varas cuadradas dieciocho del Certificado de Depósito a Plazo Fijo # en suc. San centésimos de vara cuadrada y descrito como LOTE NUMERO UNO Miguel emitido el día 14/02/2008 a un plazo de 30 días el cual devenga cuya localización es la siguiente: Partiendo del esquinero Sur Oeste del el 2.00% de interés anual, solicitando la reposición de dicho certificado, inmueble general de la cual formó parte esta porción, se mide en línea por habérsele extraviado. recta cuarenta y nueve punto cincuenta y dos metros cuadrados, con rumbo En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del Público Sur cincuenta y seis grados cuarenta y nueve punto cinco minutos Este para los efectos legales del caso. y se llega al mojón número uno del Lote número uno, que se describe así: AL PONIENTE, partiendo del mojón número uno con rumbo Sur Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de treinta y tres grados diez punto cinco minutos Oeste y distancia de trece punto metros cuarenta y un centímetros se llega al mojón número dos y lindando con lote número dos propiedad de M. M. Ingenieros ; NORTE, del mojón número dos con rumbo Sur cincuenta y seis grados cuarenta y nueve punto cinco minutos Este y distancia de cuatro metros veinte centímetros se llega al mojón número tres y lindando con propiedad de M. M. Ingenieros ; ORIENTE, partiendo del mojón número tres con rumbo Sur dieciséis grados cincuenta y cinco punto siete minutos Oeste y distancia de catorce metros veinte centímetros se llega al mojón número cuatro y lindando con el señor Herbert Escobar y al SUR, partiendo del mojón número cuatro y con rumbo Norte cincuenta y seis grados cuarenta y nueve punto cinco minutos Oeste y distancia de nueve metros treinta y siete centímetros se llega al mojón número uno en donde se inició la presente descripción '.- Inscrito dicho inmueble a favor de la demandada señora ANA MARIA SAGASTUME DE MARTINEZ, bajo el Número de Matrícula SEIS CERO UNO NUEVE CUATRO CERO OCHO TRES - CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador a las once horas cuarenta y cuatro minutos del día veinte de agosto de dos mil ocho. DRA. INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTERINA. LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, 3 v. c. No. F REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el Certificado en referencia. San Salvador, 17 de noviembre del dos mil ocho. JULIO A. GARCIA INGLES, JEFE DE DEPÓSITOS. 3 v. alt. No. F

170 170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 AVISO DE COBRO Ministerio de Hacienda, Departamento Jurídico. San Salvador, a los once días del mes de noviembre de dos mil ocho. La infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Hacienda, a quien interese para los efectos de ley, HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la señora ANA GLORIA MELARA VIUDA DE TOBAR, mayor de edad, Ama de Casa, del domicilio de Soyapango de este Departamento, portadora de su Documento Único de Identidad Número , quien actúa en su carácter personal, solicitando en calidad de cónyuge sobreviviente se le permita cobrar la suma de TRESCIENTOS VEINTIDOS DOLA- RES CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($322.89), correspondiente al Período Fiscal 2007, dejado pendiente de cobro en concepto de devolución del excedente del Impuesto sobre la Renta, por su extinto cónyuge JOSE ARMANDO TOBAR MEJIA conocido por JOSE ARMANDO AZAHAR, quien fue de 65 años de edad, y falleció a las 5 horas con 25 minutos del día 1 de enero del año 2008, en el Hospital Amatepec del Seguro Social de Soyapango. Lo anterior se hace del conocimiento del público, para que la persona que se crea con igual o mejor derecho se presente a este Ministerio a hacer uso de éste, a más tardar dentro de los 15 días siguientes a la tercera publicación del presente aviso. Ministerio de Hacienda. San Salvador a los once días del mes de noviembre de dos mil ocho. NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ, SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO, MINISTERIO DE HACIENDA. 3 v. 1 v. c/3d. No. F La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Hacienda, a quien interese para los efectos de ley, HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la señora GLENDI MARISOL PRESIDENTE ALFARO, en representación de la menor Katherine Abigail Liborio Presidente, hija sobreviviente del señor José Adalberto Liborio Solís, solicitando se le autorice firmar los documentos correspondientes para que le sea entregada la devolución de CIENTO OCHENTA Y NUEVE 97/100 DOLARES ($189.97) del ejercicio fiscal 2007, en concepto de excedente de Impuesto sobre la Renta, que dejó pendiente de cobro, su extinto padre, por haber fallecido el día 11 de agosto de NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ, SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO. MINISTERIO DE HACIENDA. ADMINISTRADOR DE CONDOMINIO 3 v. 1v. c/3. d. No. F El suscrito Secretario de la Junta Directiva del Condominio Parque Residencial Riverside de la ciudad de San Miguel. CERTIFICA: Que en el libro de actas de asambleas generales que este condominio lleva, se encuentra el punto nueve del acta número DIECINUEVE DE ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETARIOS celebrada el día veintiocho de Junio de dos mil ocho en las instalaciones de la casa club del condominio que literalmente dice: Elección de la Junta Directiva: La nueva Junta Directiva quedó integrada de la siguiente manera: Don José Elías Hernández Alemán, Presidente y Administrador Propietario del Condominio; Don José Alberto Zelaya Brizuela, Vicepresidente; Lic. Alfonso Argueta Bonilla, Secretario; Lic. Raúl Alfredo Castro Osorio, Tesorero; Lic. Rosario del Carmen Sánchez de Cordero, Síndico; Dr. José Rogelio Molina Ayala; también el Dr. José Efraín Velásquez, Lic. Dilma Eunice Rivera Bonilla, Dr. Gilberto Castillo, Ing. Oscar Orlando Parada Jaime y Lic. Blas Eliseo Salmerón, como Directores Suplentes. Y para ser presentada a la Imprenta Nacional para sus debidas publicaciones, extiendo, firmo y sello la presente certificación en el Condominio Parque Residencial Riverside de la ciudad de San Miguel, a los veinte días del mes de Noviembre de dos mil ocho. Lo anterior, se hace de conocimiento del Público con la finalidad de que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este Departamento, a más tardar dentro de los quince días subsiguientes, contados a partir del día siguiente de la tercera y última publicación del presente aviso, para ejercer su derecho. Lic. ALFONSO ARGUETA BONILLA, 3 v. c. No. F

171 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Noviembre de MARCA DE SERVICIOS No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 41, 35. B & B, PRODUCTOS Y SERVICIOS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI- CIOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ANTO- NIO BOLAÑOS MARTINEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de BOLAÑOS & BOLAÑOS PRODUCTOS Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: B & B, PRODUCTOS Y SERVICIOS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI- CIOS: Consistente en: la palabra GEASOFT y diseño, la palabra SOFT se traduce al castellano como SUAVE, que servirá para: AMPARAR; SERVICIOS DE CONSULTORIAS Y ASESORIAS (ASISTENCIA EN LA DIRECCION, CREACION E IMPLEMENTACION DE SIS- TEMAS DE GESTION DE EMPRESAS) BASADOS EN NORMAS INTERNACIONALES. Clase: 35. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ORGANIZACION Y DESARROLLO DE SEMINARIOS, CAPACI- TACIONES EN NORMATIVAS INTERNACIONALES DE GESTION EN EL CAMPO EMPRESARIAL. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día once de septiembre del año dos mil ocho. San Salvador, diecisiete de septiembre del año dos mil ocho. Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 35, v. alt. No. C Consistente en: la expresión GEA CONSULTORES AMBIEN- TALES y diseño, que servirá para: AMPARAR; SERVICIOS DE CONSULTORIAS Y ASESORIAS (ASISTENCIA EN LA DIRECCION, CREACION E IMPLEMENTACION DE SISTEMAS DE GESTION DE EMPRESAS) BASADOS EN NORMAS INTERNACIONALES. Clase: 35. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ORGANIZACION Y DESARROLLO DE SEMINARIOS, CAPACITACIONES EN NOR- MATIVAS INTERNACIONALES DE GESTION EN EL CAMPO EMPRESARIAL. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día once de septiembre del año dos mil ocho. San Salvador, diecisiete de septiembre del año dos mil ocho. Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 35, v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE AN- TONIO BOLAÑOS MARTINEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de BOLAÑOS & BOLAÑOS PRODUCTOS Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: B & B, PRODUCTOS Y SERVICIOS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI- CIOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ANTO- NIO BOLAÑOS MARTINEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de BOLAÑOS & BOLAÑOS PRODUCTOS Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: Consistente en: las letras B&B, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE CONSULTORÍAS Y ASESORÍAS (ASISTENCIA

172 172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381 EN LA DIRECCIÓN, CREACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE SIS- TEMAS DE GESTIÓN EN EMPRESAS) BASADOS EN NORMAS INTERNACIONALES. Clase: 35. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE SEMINARIOS, CAPACI- TACIONES EN NORMATIVAS INTERNACIONALES DE GESTIÓN EN EL CAMPO EMPRESARIAL. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día once de septiembre del año dos mil ocho. San Salvador, veinticuatro de septiembre del año dos mil ocho. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil ocho. Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, No. de Expediente: REGISTRADORA. GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, No. de Presentación: CLASE: 35, v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA LUISA CALDERON QUINTANILLA, en su calidad de REPRESEN- TANTE LEGAL de INTERNATIONAL QUALITY MANAGEMENT, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI- CIOS: Consistente en: las palabras IQ Management S.A. de C.V., en donde la palabra management se traduce al castellano como gestión, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE CONSULTORÍAS Y ASESORÍAS (ASISTENCIA EN LA DIRECCIÓN, CREACIÓN E IMPLEMENTA- CIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN EN EMPRESAS) BASADOS EN NORMAS INTERNACIONALES. Clase: 35. Para: AMPARAR: SER- VICIOS DE ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE SEMINARIOS, CAPACITACIONES EN NORMATIVAS INTERNACIONALES DE GESTIÓN EN EL CAMPO EMPRESARIAL. Clase: 41. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ELIZABETH DEL CARMEN AGUIRRE CONTRERAS DE CALDERON SOL, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de COMITE DE PROYEC- CION SOCIAL EL SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS: Consistente en: las palabras COMITE DE PROYECCION SOCIAL EL SALVADOR y diseño, que servirá para: DISTINGUIR: SERVICIOS DE VENTA DE PRODUCTOS PROMOCIONALES TALES COMO COJINES, ALMOHADAS, CAMISETAS Y LLAVEROS. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos mil ocho. San Salvador, once de noviembre del año dos mil ocho. GEORGINA VIANA CANIZALEZ, REGISTRADOR. RAFAEL ANTONIO CASTILLO MEDINA, La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos mil ocho. 3 v. alt. No. F

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